NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (08/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 20
TEXTO PAGINA: 16
16 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de setiembre de 2021 El Peruano / designación del representante; d) Documento que acredite la titularidad del bien y el valor del mismo; y, e) Declaración Jurada de la procedencia lícita del bien; Que,el literal b), del numeral 6.1.2. de la Directiva Nº 002-2020-MML/GP, con relación al procedimiento de aceptación de dichos bienes, señala que luego de revisar la documentación y veri fi cación del bien mueble, el órgano bene fi ciario coordina con el donante la recepción del bien y suscribe la correspondiente Acta de Entrega de Donación a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, según Anexo Nº 3; Que, mediante Acta de Entrega del 23 de abril del 2021 y Recepción de Bienes de Panadería, donados a los Albergues “Casa de la Mujer”, la Gerencia de la Mujer e Igualdad de la Municipalidad Metropolitana de Lima, recibió los siguientes bienes: i) Dos (2) hornos rotativos de 18 bandejas (65x45cm); ii) Dos (2) amasadoras; iii) Dos (2) divisoras; iv) Dos (2) refrigeradoras; v) Dos (2) licuadoras; vi) Dos (2) vitrinas paneras; vii) Dos (2) vitrinas refrigeradas; viii) Cuatro (4) mesas de doble nivel para pastelería; ix) Ocho (8) raspadores de mesa; x) Diez (10) rodillos de madera; xi) Veinte (20) cucharas para batir; xii) Ocho (8) bowls de cocina; xiii) Veinte (20) jarras medidoras; xiv) Diez (10) cucharas medidoras; xv) Ocho (8) coladores de acero inoxidable; xvi) Cuatro (4) repisas de acero inoxidable; y, xvii) Dos (2) cocinas de acero inoxidable; entregados de manera conforme por Mehmed Sülkü, Director de la Agencia Turca de Cooperación y Coordinación – TIKA para Colombia y otros países de Sud America; Que, en el literal b) del numeral 6.4.2 de la Directiva Nº 002-2020-MML-GP se encuentra la opinión de la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional descrita en el Informe Nº D000091-2021-MML-GP-SCTI del 25 de junio de 2021, en el cual concluye que: i) Mediante Memorando Nº D000171-2021-MML-GMI del 1 de junio de 2021, la Gerencia de la Mujer e Igualdad hace suyo y suscribe en señal de conformidad el Informe Nº D000011-2021-MML-GMI-SEIG a través del cual la Subgerencia de Equidad e Igualdad de Género concluye que resulta procedente dar conformidad a los bienes recibidos, señalando que se debe aceptar la donación de los bienes muebles en cuestión a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima; y, ii) La donación para el proyecto “Implementación de una panadería en los Albergues Casa de la Mujer” de bienes y Artículos, para desarrollar el ofi cio de pani fi cación, así como para implementar una panadería que bene fi cie a las mujeres alojadas en los albergues “Casa de la Mujer”, se encuentra valorizada en USD $ 40,075.76 (Cuarenta Mil Setenta y Cinco y 76/100 dólares americanos), donados por la Agencia Turca de Cooperación y Coordinación – TIKA, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima y que además cumple con los requisitos señalados en la Directiva; Que, de conformidad con el literal c) del numeral 6.4.2 de la Directiva Nº 002-2020-MML-GP, tratándose de donaciones iguales o mayores a 1 UIT, la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización, luego de emitir su Dictamen, eleva el expediente a la Secretaría General del Concejo para su aprobación mediante Acuerdo de Concejo; Que, el numeral 5.5.3 de la Directiva Nº 002-2020-MML- GP señala que, en el caso de las donaciones iguales o mayores a 5 UIT, la Secretaría General del Concejo dispondrá la publicación del Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial “El Peruano”, con cargo a los Centros de Costo de los Órganos bene fi ciarios para que asuman el costo de dicha publicación; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, a través del Informe Nº D000566-2021-MML-GAJ del 8 de julio de 2021, concluye que: i) De acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal aceptar donaciones; ii) Tratándose de una donación mayor a 1 UIT, corresponde que la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización emitir el dictamen correspondiente; iii) Resulta conforme a la normativa vigente que el Concejo Municipal, mediante Acuerdo de Concejo, acepte la donación de bienes de pani fi cación para la implementación de panaderías en los Albergues “Casa de la Mujer” de la Gerencia de la Mujer e Igualdad de la Municipalidad Metropolitana de Lima, por parte de la Agencia Turca de Cooperación y Coordinación – TIKA; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los Artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y de Asuntos Legales, mediante sus Dictámenes Nº 091-2021-MML-CMAL y Nº 054-2021-MML/CMAEO, del 5 de agosto y 16 de julio de 2021, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo 1.- Aceptar la donación por parte de la Agencia Turca de Cooperación y Coordinación – TIKA, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, consistente en bienes de pani fi cación para la implementación de panaderías en los Albergues “Casa de la Mujer” de la Gerencia de la Mujer e Igualdad de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cuyo detalle se encuentra en el Anexo Nº 03, que forma parte del presente Acuerdo de Concejo. Artículo 2.- Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano, así como la noti fi cación, en el término de treinta (30) días calendarios desde la aprobación de la donación, del reporte de la donación de bienes provenientes del exterior a la Contraloría General de la República. Artículo 3.- Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1988923-1 Aceptan donación consistente en 50,000 (cincuenta mil) mascarillas, efectuada por el Gobierno Popular de la Provincia de Guangdong de la República Popular China a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima ACUERDO DE CONCEJO N° 320 Lima, 3 de setiembre de 2021 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: Los Memorandos N° 498-2020-MML-GP-SCTI y N° D000004-2021-MML-GP-SCTI, los Informes N° D000093-2021-MML-GP-SCTI y N° D000109-2021-MML-GP-SCTI de la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional perteneciente a la Gerencia de Plani fi cación, los Memorandos N° 1812-2020-MML-GA y N° D000065-2021-MML-GA de la Gerencia de Administración, el Informe N° D000159-2021-GA-SP y el Memorando N° D001630-2021-MML-GA-SP de la Subgerencia de Personal perteneciente a la Gerencia de Administración, el Memorando N° D000547-2021-MML-GP de la Gerencia de Plani fi cación y el Informe N° D000633- 2021-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar