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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (08/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de setiembre de 2021 El Peruano / Que, a través del Memorando N° D000547-2021-MML- GP del 2 de julio de 2021, la Gerencia de Plani fi cación remite el Informe N° D000093-2021-MML-GP-SCTI del 1 de julio de 2021, elaborado por la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional. Dicho Informe concluye que: (i) La Subgerencia de Personal mediante Informe N° D000159-2021-GA-SP del 28 de junio de 2021, da conformidad y acepta la donación de 50,000 (cincuenta mil) unidades de mascarillas quirúrgicas por el valor, en moneda nacional, de S/ 55,456.83 (Cincuenta y Cinco Mil Cuatrocientos Cincuenta y Seis con 83/100 Soles), donadas por el Gobierno Popular de la Provincia de Guangdong de la República Popular China a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima; (ii) La donación de 50,000 (cincuenta mil) mascarillas por un valor total de S/ 55,456.83 (Cincuenta y Cinco Mil Cuatrocientos Cincuenta y Seis con 83/100 Soles), efectuada por el Gobierno Popular de la Provincia de Guangdong de la República Popular China a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima cumple con los lineamientos de la Directiva Nº 002-2020-MML/GP; (iii) De conformidad con el literal f. del numeral 6.1.3 de la Directiva, corresponde elevar el expediente administrativo a la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización a través de la Secretaría General del Concejo, a fi n de continuar con el trámite respectivo; (iv) Sin perjuicio de lo antes mencionado, se recomienda remitir previamente los actuados a la Gerencia de Asuntos Jurídicos, para los fi nes correspondientes; Que, con Memorando N° D001630-2021-MML-GA-SP del 14 de julio de 2021, la Subgerencia de Personal realiza precisiones al numeral 1.6 del Informe N° D000159-2021-GA-SP del 25 de junio de 2021, respecto del Lote N° 02, en los términos siguientes: Dice: 32,000 (treinta y dos mil) Mascarillas quirúrgicas (3 pliegues), Debe Decir: 32,000 (treinta y dos mil) Mascarillas Descartables (3 pliegues). Por ello, las 50,000 (cincuenta mil) unidades de mascarillas donadas se describen de la siguiente manera: N° Descripción Donante CantidadValorización (US$) *Valorización (S/) * 1Mascarillas descartables (3 pliegues)Gobierno Popular de la Provincia de Guangdong - China32,000 (16 bultos)9,786.00 35,493.822 218,000 (9 bultos)5,504.00 19,963.008 Total 50,000 15,290.00 55,456.830 Que, a través del Informe N° D000109-2021-MML- GP-SCTI del 16 de julio de 2021, la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional remite a la Gerencia de Asuntos Jurídicos el Memorando N° D001630-2021-MML de la Subgerencia de Personal e indica que considera necesario recti fi car el Informe N° D000093-2021-MML- GP-SCTI del 1 de julio de 2021, en cuanto al bien materia de donación, entendiéndose que la donación versa sobre 50,000 (cincuenta mil) mascarillas descartables (3 pliegues), valorizada por la suma de S/ 55,456,830 (Cincuenta y Cinco Mil Cuatrocientos Cincuenta y Seis con 83/100 Soles); Que, el numeral 6.4.1 de la Directiva N° 002-2020- MML/GP, con relación a las donaciones de bienes provenientes del exterior, establece que el donante podrá enviar el documento que exprese su voluntad de donar por cualquier medio de comunicación tecnológico, adjuntando el documento que acredite su designación en la entidad pública y lo faculta para realizar la donación y el documento que acredite la titularidad del bien y su valor; documentos que forman parte del expediente de donación. Asimismo, el numeral 6.1.3 señala que se denominan bienes especiales a aquellos que por su naturaleza y/o destino, deben ser recibidos por el órgano bene fi ciario en forma inmediata. Posterior a su recepción se inicia el trámite de aceptación de donaciones. Entre los bienes especiales se encuentran aquellos que deben ser utilizados de inmediato por casos de desastres naturales o en estado de emergencia, que es el caso de la pandemia por el COVID-19, por lo que aplican a la presente donación las disposiciones para la donación de bienes especiales. Igualmente, el numeral 5.5.3 prescribe que, en caso de las donaciones iguales o mayores a cinco (5) UIT, la Secretaría General del Concejo dispondrá la publicación del Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial “El Peruano”, con cargo a los Centros de Costo de los Órganos bene fi ciarios para que asuman el costo de dicha publicación; Que, a través del Informe N° D000633-2021-MML-GAJ del 27 de julio de 2021, la Gerencia de Asuntos Jurídicos concluye que: i) Es atribución del Concejo Metropolitano aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Asimismo, las donaciones de bienes a favor de una municipalidad están exoneradas de todo impuesto, conforme a la ley de la materia, así como del pago de los derechos regístrales y derechos arancelarios cuando los bienes provienen del extranjero; ii) Según lo establecido en el Reglamento Interior del Concejo, corresponde a la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, pronunciarse sobre los asuntos Metropolitanos que deben ser resueltos por el Concejo relacionados con la aceptación de legados y la aceptación u otorgamiento de donaciones; iii) Tratándose de una donación mayor a una (1) UIT, corresponde que la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización emita el dictamen correspondiente, para luego elevar el expediente a la Secretaría General del Concejo, para su aprobación mediante Acuerdo de Concejo; iv) Resulta conforme a la normativa vigente, que el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo acepte la donación de 50,000 (cincuenta mil) mascarillas, valorizada en S/ 55,456.83 (Cincuenta y Cinco Mil Cuatrocientos Cincuenta y Seis con 83/100 Soles), efectuada como un acto de liberalidad por parte del Gobierno Popular de la Provincia de Guangdong de la República Popular China a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los Artículos 9 y 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización y de Asuntos Legales en sus Dictámenes N° 068-2021-MML/CMAEO y N° 097-2021-MML-CMAL del 13 y 19 de agosto de 2021, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ:Artículo 1.- Aceptar la donación consistente en 50,000 (cincuenta mil) mascarillas, valorizada por la suma de S/ 55,456.83 (Cincuenta y Cinco Mil Cuatrocientos Cincuenta y Seis con 83/100 Soles), efectuada como un acto de liberalidad por el Gobierno Popular de la Provincia de Guangdong de la República Popular China a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme al siguiente cuadro: N° Descripción Donante CantidadValorización (US$) *Valorización (S/) * 1Mascarillas descartables (3 pliegues)Gobierno Popular de la Provincia de Guangdong - China32,000 (16 bultos)9,786.00 35,493.822 218,000 (9 bultos)5,504.00 19,963.008 Total 50,000 15,290.00 55,456.830 Artículo 2.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1988923-2