NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (08/09/2021)
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7 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de setiembre de 2021 El Peruano / De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora ELEMING LIZ VALLE REY SANCHEZ, en el cargo de Ejecutiva Adjunta I (CAP – P Nº 009), Nivel F-4, del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNANDO ISMAEL CEVALLOS FLORES Ministro de Salud 1989386-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Aprueban Transferencias Financieras a favor de las Municipalidades Distritales de Chugay, San Pedro de Coris, Capachica, Challhuahuacho, Livitaca y la Municipalidad Provincial de Paruro RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 273-2021-VIVIENDA Lima, 7 de setiembre de 2021VISTOS:El Memorándum N° 1030-2021-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 620-2021-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) tiene por fi nalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, establece que tiene competencia en las materias de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con la Resolución Ministerial N° 330-2020-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 2 945 189 528,00 (DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 063-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias complementarias, durante el Año Fiscal 2021, para promover la dinamización de las inversiones en el marco de la reactivación económica y la ejecución del gasto público; así como asegurar la continuidad de los procesos de contratación en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento y dicta otras disposiciones, autoriza al MVCS a realizar transferencias fi nancieras hasta por la suma de S/ 22 042 075,00 (VEINTIDÓS MILLONES CUARENTA Y DOS MIL SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) con cargo a los recursos incorporados en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, provenientes de los saldos de balance del extinto Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE), previa suscripción de los convenios y/o adendas respectivas, a favor de diversos Gobiernos Locales, para el fi nanciamiento de la ejecución y supervisión de seis (06) proyectos de inversión de saneamiento rural; detallados en el Anexo “Transferencia Financiera a favor de Gobiernos Locales”, que forma parte integrante de la citada norma; las mismas que, según el numeral 3.2 de dicho artículo, se aprueban mediante resolución del Titular del MVCS, previa opinión favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, la cual se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante el Memorándum N° 1177-2021/ VIVIENDA/VMCS/PNSR/DE, el Programa Nacional de Saneamiento Rural; sustentado en el Informe Legal N° 664-2021/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UAL e Informe Legal N° 086-2021/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UAL/MMG de su Unidad de Asesoría Legal, el Informe N° 447-2021/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UPP e Informe N° 027-2021/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UPP/AP de su Unidad de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 722-2021/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UTGT e Informe N° 059-2021/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UTGT-RRH de su Unidad Técnica de Gestión Territorial; solicita gestionar las transferencias fi nancieras a favor de seis (06) Gobiernos Locales, hasta por la suma de S/ 22 042 075,00 (VEINTIDÓS MILLONES CUARENTA Y DOS MIL SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, destinadas al fi nanciamiento de la ejecución y supervisión de seis (06) proyectos de inversión de agua y saneamiento rural, con códigos únicos 2327493, 2328968, 2310274, 2352199, 2235875 y 2349642; asimismo, señala que se cuenta con los convenios y adenda suscritos con los respectivos Gobiernos Locales; Que, con el Memorándum N° 1030-2021-VIVIENDA/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del MVCS remite el Informe N° 368-2021-VIVIENDA/OGPP-OP de su O fi cina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba las transferencias fi nancieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, hasta por la suma de S/ 22 042 075,00 (VEINTIDÓS MILLONES CUARENTA Y DOS MIL SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, a favor de seis (06) Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de la ejecución y supervisión de seis (06) proyectos de inversión de agua y saneamiento rural; Que, mediante el Informe N° 620-2021-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto por el artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 063-2021, resulta legalmente viable se expida la Resolución Ministerial que apruebe las transferencias fi nancieras a favor de seis (06) Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de la ejecución y supervisión de seis (06) proyectos de inversión de agua y saneamiento rural; Que, en consecuencia, es necesario aprobar las transferencias fi nancieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, hasta por la suma de S/ 22 042 075,00 (VEINTIDÓS MILLONES CUARENTA Y DOS MIL SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, a favor de seis (06) Gobiernos Locales, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia N° 063-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias complementarias, durante el