NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (10/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 3
3 NORMAS LEGALES Viernes 10 de setiembre de 2021 El Peruano / SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 02454-2021.- Autorizan la organización de una empresa bancaria bajo la denominación social de “Banco Bci Perú” 45 Res. N° 02655-2021.- Aprueban el “Procedimiento para la realización de la Asamblea General de Intervención en el marco del Régimen de Intervención de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Au torizadas a Captar Recursos del Público de los Niveles 1 y 2” y modifican el Reglamento General de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público 46 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Ordenanza N° 003.- Ordenanza Regional que declara como Prioridad Pública Regional el no retorno a clases presenciales y/o semipre senciales en las instituciones educativas públicas y privadas de la Región Callao, en tanto no se hayan cumplido con las disposiciones normativas correspondientes 48 Ordenanza N° 004.- Aprueban el Reglamento para la Inscripción, Registro y Elección de los Delegados representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional 50GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Fe de Erratas Acuerdo Nº 298 51 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA D.A. N° 008-2021-MDC/A.- Aprueban participación de la Biblioteca Pública “Cesar Vallejo” de la Municipalidad de Cieneguilla, para integrarse a la Red de Bibliotecas Públicas Municipales en Lima Este 52 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Ordenanza N° 484-MDS.- Aprueban normas que regulan la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía publica del distrito de Surquillo 52 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHALLHUAHUACHO Ordenanza N° 005-2021-MDCH/C-A.- Aprueban modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad 53 Ordenanza N° 009-2021-MDCH/C-A.- Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2021 de la Municipalidad 54 PODER EJECUTIVO AMBIENTE Crean el Grupo de Trabajo denominado “Mesa Verde”, de naturaleza sectorial y de carácter temporal, como espacio de diálogo en materia ambiental con las fuentes cooperantes, dependiente del Ministerio del Ambiente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 168-2021-MINAM Lima, 8 de setiembre de 2021VISTOS; el Informe Nº 00001-2021-MINAM/SG/ OGCAI de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales; el Informe Nº 00002-2021-MINAM/SG/OGPP/OM de la O fi cina de Modernización de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 01052-2021-MINAM/SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 00492 -2021-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, este Ministerio tiene como función formular, plani fi car, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional del ambiente aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; asimismo, señala que para otras funciones que no sean las antes indicadas el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo; Que, el numeral 28.1 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo 054-2018-PCM, establece que los Grupos de Trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos. Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros; Que, asimismo, el numeral 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, señala que los Grupos de Trabajo pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual dependen. En el caso de los grupos de trabajo con una vigencia mayor a dos (2) años su creación requiere de la opinión técnica previa de la Secretaría de Gestión Pública; Que, adicionalmente, el segundo párrafo del numeral 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos antes indicados establece que pueden participar en calidad de integrantes del Grupo de Trabajo representantes de otros poderes del Estado, niveles de gobierno y organismos constitucionalmente autónomos, previa conformidad de su máxima autoridad; así como representantes acreditados de la sociedad civil, academia, gremios empresariales, entre otros, siempre que su participación se vincule y contribuya al objeto del Grupo de Trabajo. La resolución ministerial que aprueba la creación de un Grupo de Trabajo, cuya conformación incluya representantes de más de un sector o que no forman parte del Poder Ejecutivo, contiene un considerando en el que se precisa que se cuenta con el consentimiento de las entidades públicas o privadas representadas en el Grupo de Trabajo; Que, mediante Informe Nº 00001-2021-MINAM/SG/ OGCAI la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales propone la creación del Grupo de