NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (10/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 17
17 NORMAS LEGALES Viernes 10 de setiembre de 2021 El Peruano / Zona s Área (ha) O ficial Documento Legal ZONA 6ZONA 6 36282.1375RDE Nº D000078-2020- MINAGRI-SERFOR-DE ZONA 6A 28071.5551RDE Nº D000078-2020- MINAGRI-SERFOR-DE ZONA 6B 10070.6963RDE Nº D000078-2020- MINAGRI-SERFOR-DE ZONA 6C 6797.8820RDE Nº D000078-2020- MINAGRI-SERFOR-DE ZONA 6D 2054.2623RDE Nº D000078-2020- MINAGRI-SERFOR-DE ZONA 6E 1855.2191RDE Nº D000078-2020- MINAGRI-SERFOR-DE ZONA 6F 546.6374RDE Nº D000078-2020- MINAGRI-SERFOR-DE ZONA 6G 273.6031RDE Nº D000078-2020- MINAGRI-SERFOR-DE ZONA 6H 63.8956RDE Nº D000078-2020- MINAGRI-SERFOR-DE ZONA 6I 18.8556RDE Nº D000078-2020- MINAGRI-SERFOR-DEZona s Área (ha) O ficial Documento Legal ZONA 7 ZONA 7 799683.1400 RM Nº 0521-2009-AG ZONA 8ZONA 8 1997984.5686RDE Nº D000078-2020- MINAGRI-SERFOR-DE Total 7120949.3909RDE Nº D000101-2021- MIDAGRI-SERFOR-DE Datum WGS 84 y Zona UTM 18 Sur Fuente: Informe Técnico Nº D000272-2021-MIDAGRI-SERFOR- DGIOFFS-DCZO Que, asimismo, la mencionada Dirección de Catastro, Zoni fi cación y Ordenamiento, re fi ere en el Informe Técnico Nº D000272-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO, que en virtud a la exclusión de áreas de las Comunidades Nativas Nueva Floresta – Rio Napo, Cerro de Pasco (Sectores A y B) y Nuevo Antioquia, se propone el redimensionamiento de la Zona 5A del BPP Loreto, la cual quedaría dividida en tres (03) zonas: Zona 5A, Zona 5A-3 y 5A-4, conforme se detalla en el Cuadro Nº 10: Propuesta de redimensionamiento de la Zona 5A del BPP Loreto, tal como se muestra a continuación: Propuesta de redimensionamiento de la Zona 5A del BPP Loreto Zona del BPP Loreto Área (ha) de la CC.NN. en el BPP (2)Área (ha) excluida por edición cartográ fica (3)Área (ha) Resultante del redimensionamiento de la Zona 5A del BPP Loreto (1)-(2)-(3)Zona ResoluciónÁrea (ha) O ficial Área (ha) SIG (1) ZONA 5ARDE Nº D000101- 2021-MIDAGRI- SERFOR-DE1961617.0301 1961617.0301 5602.5290 52.2653Zona 5A: 1955641.2715 Zona 5A-3: 302.9159 Zona 5A-4: 18.0484 Fuente: Informe Técnico Nº D000272-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO Que, a su vez, la citada Dirección indica que, como consecuencia del redimensionamiento propuesto, la super fi cie total actual del BPP Loreto (7 120 949.3909 ha) se modi fi cará a una super fi cie de 7 115 294.5966 ha, lo que incluye todas las zonas, conforme se aprecia en el Cuadro siguiente: Resumen de la propuesta de redimensionamiento del BPP Loreto BPP Loreto Área (ha) Total RDE N.º D000101-2021- MIDAGRI-SERFOR-D EZona 5A del BPP Loreto Área (ha) de la CC.NN. en el BPP (2)Área (ha) excluida por edición cartográ fica del BPP Loreto (3)Área (ha) Final Resultante de la Zona 5A del BPP Loreto (1)-(2)-(3)BPP Loreto Área (ha) Total FinalÁrea (ha) o ficial RDE N.º D000101-2021- MIDAGRI-SERFOR-DEÁrea (ha) SIG (1) 7120949.3909 1961617.0301 1961617.0301 5602.5290 52.2653Zona 5A: 1955641.2715 ha 7115294.5966Zona 5A-3 302.9159 ha Zona 5A-4 18.0484 ha Fuente: Informe Técnico Nº D000272-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO Que, en el marco de lo dispuesto en los Lineamientos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del documento del Vistos, efectúa la revisión del expediente administrativo que sustenta el redimensionamiento de la Zona 5A del BPP Loreto y veri fi ca que este se enmarca en la causal denominada “Derechos otorgados por la autoridad competente para el caso de las Comunidades Nativas, en aplicación de lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 0547-2014-MINAGRI” prevista en el literal a) del numeral 4.1 del artículo 4 de los Lineamientos; por lo que, en virtud a la delegación otorgada al SERFOR mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 0368-2018-MINAGRI, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 0442-2019-MINAGRI, concluye que resulta legalmente viable expedir la Resolución de Dirección Ejecutiva que apruebe el redimensionamiento de la Zona 5A del BPP Loreto;Que, asimismo, precisa que, los derechos otorgados o que se otorguen sobre las áreas excluidas, no otorgan titularidad sobre los recursos forestales y de fauna silvestre existentes, ya que éstos constituyen Patrimonio Forestal Nacional; debiendo solicitar a la autoridad competente, las autorizaciones y permisos correspondientes para el aprovechamiento de dichos recursos, conforme a lo dispuesto en la legislación forestal y de fauna silvestre vigente; Que, en consecuencia, corresponde aprobar mediante Resolución Dirección Ejecutiva el redimensionamiento de la Zona 5A del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;