NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (10/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 18
18 NORMAS LEGALES Viernes 10 de setiembre de 2021 El Peruano / De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, que aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal; y, la Resolución Ministerial Nº 0368-2018-MINAGRI, que aprueba los “Lineamientos para la ejecución del procedimiento de redimensionamiento de bosques de producción permanente”, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 0442-2019-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el redimensionamiento del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto, respecto la Zona 5A , de un área de 1 961 617.0301 ha, en tres (3) zonas: Zona 5A con un área de 1 955 641.2715 ha, Zona 5A-3 con un área de 302.9159 ha y Zona 5A-4 con un área de 18.0484 ha, de acuerdo con el Mapa y Cuadros Descriptivos que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución; quedando el Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto con una super fi cie total de 7 115 294.5966 ha, según el detalle siguiente: BPP Loreto Área (ha) Total RDE Nº D000101-2021- MIDAGRI-SERFOR-DEZona 5A del BPP Loreto Área (ha) de la CC.NN. en el BPP (2)Área (ha) excluida por edición cartográ fica del BPP Loreto (3)Área (ha) Final Resultante de la Zona 5A del BPP Loreto (1)-(2)-(3)BPP Loreto Área (ha) Total FinalÁrea (ha) o ficial RDE N.º D000101-2021- MIDAGRI-SERFOR-DEÁrea (ha) SIG (1) 7120949.3909 1961617.0301 1961617.0301 5602.5290 52.2653Zona 5A: 1955641.2715 ha 7115294.5966Zona 5A-3 302.9159 ha Zona 5A-4 18.0484 ha Artículo 2.- Para el aprovechamiento y uso de los recursos forestales y de fauna silvestre existentes en las áreas excluidas, corresponde que los titulares de dichas áreas cumplan con lo dispuesto en la legislación forestal y de fauna silvestre vigente. Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, proceda a inscribir ante la Zona Registral competente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP la información referente al redimensionamiento dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer que la O fi cina de Servicios al Usuario y Trámite Documentario realice la noti fi cación de la presente Resolución a la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre y a la Dirección Regional Agraria del Gobierno Regional de Loreto, para los fi nes pertinentes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así también, se publica la presente Resolución y sus Anexos en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR (https://www.gob.pe/serfor). Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE AUGUSTO AMAYA CASTILLO Director Ejecutivo (e)Servicio Nacional Forestal y de Fauna SilvestreSERFOR 1990104-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 174-2021-MIDIS Lima, 8 de setiembre de 2021VISTOS:El Memorando Nº D000466-2021-MIDIS-VMPS del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Memorando Nº D001212-2021-MIDIS-OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos; y, el Informe Nº D000435-2021-MIDIS-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS se aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose en el literal e) del artículo 8 que el Despacho Ministerial designa a los titulares de los cargos de con fi anza del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, por Resolución Ministerial Nº 048-2020-MIDIS se aprueba el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial Nº 105-2019-MIDIS, el cual contempla el cargo estructural de Asesor/a del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, considerado como cargo de confi anza; Que, al encontrarse vacante el cargo de Asesor/a del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, resulta necesario designar a la persona que asumirá dicho cargo; Con los visados del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la O fi cina General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Edgar Américo Ochoa Pezo como Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1990082-1