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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (25/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Sábado 25 de setiembre de 2021 El Peruano / Artículo 9. Mecanismos de articulación para la Transformación Digital 9.1 La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, establece los mecanismos de articulación del Sistema Nacional de Transformación Digital, para impulsar la transformación digital del país y la gobernanza del Sistema, comprenden, de manera no limitativa, mesas de diálogo, codiseño o cocreación, comités de expertos, mecanismos de innovación abierta, laboratorios de innovación, equipos público – privados especializados y multidisciplinarios en transformación digital. 9.2 Los mecanismos de articulación son creados en función de las materias que comprende el Sistema Nacional de Transformación Digital y tendencias tecnológicas, y son priorizados conforme a la necesidad pública, objetivos estratégicos nacionales u objetivos que determine el ente rector. 9.3 La conformación de los referidos mecanismos prioriza la participación de las entidades públicas, organizaciones de la sociedad civil, sector privado, gremios empresariales o similares, sector académico, y especialistas nacionales e internacionales en materia digital, relevantes y representativos en general para el impulso de la transformación digital del país, y en especí fi co de la materia abordada. La designación de sus integrantes está a cargo de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros. 9.4 Los instrumentos, informes, herramientas o productos que elaboren los referidos mecanismos de articulación son presentados a la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros para su evaluación, gestión o implementación según corresponda y son de carácter público, salvo lo previsto en la regulación vigente. Asimismo, la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital puede informar sobre los resultados de su implementación al Comité de Alto Nivel por un Perú Digital, Innovador y Competitivo siempre que los mismos se encuentren relacionados con los objetivos e iniciativas establecidos por dicho órgano estratégico, de acuerdo con lo establecido en el numeral 8.2 del artículo 8 del presente Reglamento. Artículo 10. Articulación normativa del Sistema Nacional de Transformación Digital 10.1 Las políticas, lineamientos, directrices, planes y normas de las materias que comprende el Sistema Nacional de Transformación Digital y el presente Reglamento, se articulan con las políticas, estrategias, planes y normas en materia de Transformación Digital que establezca la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, así como con las políticas nacionales a cargo de las entidades públicas en el marco de sus respectivas competencias. 10.2 El diseño de las políticas y regulación de las materias del Sistema Nacional de Transformación Digital se desarrollan de acuerdo con los principios establecidos en la Ley, así como también considerando los principios de gobernanza de internet, innovación e internet libre, abierta, con fi able, neutra, segura y globalmente conectada para toda la ciudadanía. 10.3 Las normas que regulan las materias del Sistema Nacional de Transformación Digital, preferentemente, se diseñan bajo el enfoque de múltiples partes interesadas. La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, promueve la implementación de mecanismos de innovación abierta para dicho fi n. 10.4 Las organizaciones de la sociedad civil, sector privado, academia y entidades públicas pueden informar a la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, en caso alguna entidad comprendida en el alcance regule o pretenda regular alguna de las materias del Sistema Nacional de Transformación Digital sin estar a cargo de ella o contraviniendo el marco legal vigente. Dicho reporte se realiza mediante los canales digitales que establezca la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital.Artículo 11. Participación de organizaciones de la sociedad civil, ciudadanos, academia y empresas del sector privado Las organizaciones de la sociedad civil, la ciudadanía, la academia y el sector privado articulan con el Sistema Nacional de Transformación Digital, de manera no limitativa, conforme a lo siguiente: a) Participando en los mecanismos de articulación para la Transformación Digital. b) Participando en la formulación de los instrumentos estratégicos del Sistema Nacional de Transformación Digital, así como en las actividades del Laboratorio de Gobierno y Transformación Digital del Estado Peruano y en la Red Nacional de Innovadores Digitales. c) Participando y colaborando en el desarrollo de iniciativas que promuevan la transformación digital del país y la construcción de una sociedad digital. d) Participando y colaborando en la identi fi cación de regulación emitida por las entidades públicas que vayan en contra de los objetivos y principios de transformación digital, en los canales digitales que se establezcan para dicho fi n. e) Remitiendo consultas, observaciones y recomendaciones a la regulación prepublicada o compartida por los canales o fi ciales. f) Habilitando datos abiertos en condiciones de privacidad, disociación o anonimización según corresponda, dentro de los límites razonables sin afectar el secreto empresarial, y teniendo en cuenta las normas vigentes que regula. g) Otras que establezca el ente rector del Sistema Nacional de Transformación Digital de manera articulada. CAPÍTULO III GOBERNANZA Y GESTIÓN DIGITAL EN LAS ENTIDADES PÚBLICAS Artículo 12. Principios de la gestión digital Los principios para la gestión digital en las entidades públicas son: a) Gobierno como plataforma. Las entidades públicas actúan como una plataforma que permite satisfacer las necesidades de la ciudadanía y personas en general, proporcionando a los servidores civiles los instrumentos, herramientas, datos, información y conocimiento necesarios para la prestación de servicios digitales, procesos y procedimientos centrados en el ciudadano, transparentes, integrados, proactivos e intersectoriales, promoviendo la participación de la ciudadanía y la colaboración entre entidades. b) Gobierno proactivo. Una gestión proactiva representa la capacidad de las entidades públicas para anticipar las necesidades de las personas y responder a ellas rápidamente. Artículo 13. Comité de Gobierno y Transformación Digital 13.1 El Comité de Gobierno y Transformación Digital es el mecanismo de gobernanza a nivel institucional para el gobierno y transformación digital en las entidades de la Administración Pública, responsable de liderar y dirigir el proceso de transformación digital en la entidad. 13.2 El Comité de Gobierno y Transformación Digital evalúa, prioriza e implementa los procesos para la transformación digital establecidos en el artículo 16 del presente Reglamento, en consonancia con la Política Nacional de Transformación Digital. 13.3 Las entidades y empresas públicas comprendidas en el ámbito de aplicación de la presente norma comunican la conformación y actualización de su Comité de Gobierno y Transformación Digital mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 14. Roles para la gestión digital 14.1 Los roles para la gestión de datos e información para la transformación digital en las entidades de la Administración Pública son: