NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (25/09/2021)
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TEXTO PAGINA: 8
8 NORMAS LEGALES Sábado 25 de setiembre de 2021 El Peruano / 27.1 La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, coordina con los actores nacionales e internacionales la identi fi cación de las actuales y futuras competencias digitales necesarias para el adecuado desarrollo de la ciudadanía en el entorno digital. Asimismo, coordina la realización de iniciativas para fomentar el desarrollo de las competencias digitales y alfabetización digital de la ciudadanía, así como la formación de talento digital en el marco de la Estrategia Nacional de Talento Digital que incluye promover el aprendizaje de materias y tópicos vinculados de manera no limitativa con la innovación digital, ciencia de datos, interoperabilidad, seguridad digital y transformación digital para la mejora de la empleabilidad y competitividad en el país, el entrenamiento a la ciudadanía para el uso y aprovechamiento de las tecnologías digitales, así como el fomento del desarrollo de la competencia digital docente, además del personal de las instituciones educativas en la apropiación de tecnologías digitales para el potenciamiento de las prácticas educativas. 27.2 La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, en coordinación con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través del Programa Nacional de Telecomunicaciones (PRONATEL), y el Ministerio de Educación articulan acciones para promover la implementación de los Centros de Acceso Público, tales como, Centros de Ciudadanía Digital, Centros de Acceso Digital, Espacios Públicos de Acceso Digital o similares, así como para impulsar el desarrollo de la alfabetización digital, el talento digital y la inclusión digital en el país. Los referidos centros conforman la Red Nacional de Centros de Acceso y Ciudadanía Digital para la promoción e intercambio de contenidos digitales. 27.3 Asimismo, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, mediante los mecanismos de articulación para la transformación digital, coordina con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) y el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la priorización y promoción de acciones e iniciativas para impulsar el desarrollo de competencias digitales, inclusión digital, talento digital y mayor participación en el entorno digital de la mujer, poblaciones vulnerables y personas en situación de discapacidad. Artículo 28. Plataforma Nacional de Talento Digital Créase la Plataforma Nacional de Talento Digital como la plataforma digital para impulsar el desarrollo de contenidos en materia de seguridad digital, identidad digital, con fi anza digital, gobernanza en Internet, transformación digital, desarrollo de plataformas, servicios y soluciones digitales o similares, que contribuyan al desarrollo de las competencias digitales para el adecuado ejercicio de la ciudadanía digital. La referida plataforma es administrada por la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital. Artículo 29. Accesibilidad en el entorno digital 29.1 La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, mediante los mecanismos de articulación para la transformación digital, coordina con el CONADIS y el Ministerio de Cultura el desarrollo de iniciativas para impulsar la accesibilidad en el entorno digital. 29.2 Las entidades públicas aseguran que los contenidos y servicios digitales, que generen y desarrollen en el ejercicio de sus funciones, se encuentren disponibles y accesibles para las personas con discapacidad y poblaciones vulnerables, así como en los diferentes idiomas o fi ciales, atendiendo el marco legal vigente. 29.3 Las organizaciones del sector privado propenden a la publicación de contenidos digitales accesibles para las personas con discapacidad, así como en los diferentes idiomas o fi ciales. Artículo 30. Impulso a la economía digital30.1 La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, es el órgano de línea, con autoridad técnico - normativa a nivel nacional, responsable de formular y proponer políticas nacionales y sectoriales, normas y lineamientos en materia de economía digital. Asimismo, coordina con las entidades públicas que estén relacionadas directa o indirectamente con la materia objeto de regulación, en función a sus competencias. 30.2 Asimismo, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, impulsa, difunde y promueve los emprendimientos con base en tecnologías digitales y emergentes para el desarrollo de la economía digital y el comercio electrónico en el país. Asimismo, en coordinación con los actores correspondientes despliega las acciones e iniciativas que permitan crear condiciones habilitantes para la innovación digital en los sectores público y privado. 30.3 La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, norma, dirige, supervisa y evalúa la intermediación digital en el país, para lo cual coordina con los actores públicos y privados correspondientes que contribuyan al impulso y desarrollo de la economía digital, conforme al marco legal vigente. Artículo 31. Desarrollo tecnológico e innovación basada en datos La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, dirige, evalúa, supervisa, articula e impulsa el desarrollo tecnológico e innovación basada en datos para la transformación digital del Estado peruano, así como la aplicación e introducción de nuevas herramientas digitales o metodológicas que mejoren los servicios digitales. Se sustenta en la articulación con actores del sector público, sector privado y otros interesados quienes apoyan en la implementación de iniciativas y acciones para dicho fi n. Artículo 32. Contrataciones inteligentes La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, en coordinación con la Central de Compras Públicas (PERÚ COMPRAS), impulsa la implementación de Acuerdos Marco de servicios en la nube y otros de naturaleza similar, con el objeto de acelerar la transformación digital del país y coadyuvar a una mayor e fi ciencia, transparencia y optimización de los recursos del Estado. Artículo 33. Identi fi cadores de Objetos para la transformación digital La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, establece la estructura, criterios, canales, infraestructura y normas para la gestión y asignación de identi fi cadores de objetos para el ámbito nacional bajo la rama {joint-iso-itu-t(2) country(16) pe(604)}, que permita la interoperabilidad de los sistemas de información, procesos y plataformas digitales, facilitar la trazabilidad de objetos, así como impulsar la transformación digital en el país. Su implementación se desarrolla de manera progresiva y complementaria a los identi fi cadores que se vienen usando en los sistemas y plataformas digitales de la Administración Pública. Artículo 34. Indicadores sobre Gobierno y Transformación Digital La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, publica los indicadores en materia de gobierno, con fi anza y transformación digital en base a la información reportada por las entidades públicas y organizaciones del sector privado. Dicha información es publicada en el Observatorio Nacional de Ciudadanía Digital. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera. Normas complementarias La Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, mediante Resolución Secretarial, puede dictar las normas complementarias para la implementación del presente Reglamento.