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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (26/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Domingo 26 de setiembre de 2021 El Peruano / Reglamento de Organización y Funciones y Modi fi cación del Organigrama Estructural, en el Portal Institucional de la Entidad (www.munibrena.gob.pe); asimismo, en el Portal web del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE DALTON LI BRAVO Alcalde 1995131-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Modifican la Ordenanza Nº 321-MM, que aprueba el Reglamento para el Otorgamiento de Condecoraciones y Distinciones de la Municipalidad de Miraflores ORDENANZA Nº 576-MM EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES; POR CUANTO: EL CONCEJO DE MIRAFLORES; VISTO, el Memorando Nº 310-2021-GCT/MM de fecha 16 de setiembre de 2021, emitido por la Gerencia de Cultura y Turismo; el Informe Nº 209-2021-GAJ/MM de fecha 22 de setiembre de 2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 600-2021-GM/MM de fecha 22 de setiembre de 2021, emitido por la Gerencia Municipal; el Proveído Nº 91-2021-SG/MM de fecha 22 de setiembre de 2021, emitido por Secretaría General, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, conforme al artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 8 del artículo 9º de la citada Ley Nº 27972, corresponde al concejo municipal, aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el artículo 40º de la norma precitada, dispone que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa; Que, el artículo 73º de la referida Ley, establece que en materia de desarrollo y economía local, un aspecto de competencia de los gobiernos locales, es fomentar el planeamiento y dotación de infraestructura para el desarrollo local, así como fomentar el turismo local sostenible; asimismo, el artículo 82º de la aludida norma, señala que las municipalidades, en materia de educación, cultura, deportes y recreación, tienen como competencia y funciones especí fi cas compartidas con el gobierno nacional y el regional, entre otras, la de promover la protección y difusión del patrimonio cultural de la nación así como promover la actividades culturales diversas; Que, mediante Ordenanza N° 321-MM de fecha 08 de enero de 2010, se aprobó el Reglamento para el Otorgamiento de Condecoraciones y Distinciones de la Municipalidad de Mira fl ores, modi fi cada mediante la Ordenanza Nº 341/MM de fecha 31 de enero de 2011; Que, el referido reglamento establece en su artículo primero, las clases de condecoraciones y distinciones de la Municipalidad de Mira fl ores, las cuales son: a) La Medalla Cívica Municipal de Mira fl ores, b) La Llave de la Ciudad, c) La Medalla al Valor por Acción Distinguida, d) La Insignia Municipal por Labor Destacada; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 048-2021/ MM de fecha 27 de agosto de 2021, se aprobó la institucionalización del denominado “Mes del Turismo en Mira fl ores” en el mes de setiembre de cada año, con la fi nalidad de promover y difundir el turismo sostenible, así como promover actividades culturales diversas; Que, mediante el Memorando Nº 310-2021-GCT/MM de fecha 16 de setiembre de 2021, emitido por la Gerencia de Cultura y Turismo, propone incorporar al Reglamento para el Otorgamiento de Condecoraciones y Distinciones de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores, aprobado por la Ordenanza Nº 321/MM la Medalla Mérito al Turismo, con el fi n de reconocer el trabajo realizado por personalidades destacadas del sector turismo en el país y en el distrito de Mira fl ores en función del desarrollo del turismo sostenible y responsable; asimismo, teniendo en cuenta que en setiembre se celebra el Mes del Turismo; Que, en dicho capitulo se propone la de fi nición de la Medalla Mérito al Turismo, así como las condiciones para su otorgamiento y, por último las características que debe tener la mencionada medalla; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 209-2021-GAJ/MM de fecha 22 de setiembre de 2021, emite opinión favorable respecto a modi fi car el Reglamento para el Otorgamiento de Condecoraciones y Distinciones de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores, aprobado por la Ordenanza Nº 321-MM incorporando la Medalla Mérito al Turismo, su de fi nición, otorgamiento y características, por encontrarse legalmente sustentada y a través de la cual se busca el reconocimiento de personalidades destacadas por sus actividades o acciones en bene fi cio del desarrollo del turismo en el país; Que, por otro lado, el referido Reglamento Interno del Concejo regula, en el artículo 24°, que el Concejo podrá dispensar de la evaluación previa y trámite correspondiente en las Comisiones de Regidores, cuando la urgencia o la naturaleza del caso lo requiera; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 321-MM QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE CONDECORACIONES Y DISTINCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el artículo 1º de la Ordenanza Nº 321-MM y modi fi catoria, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º.- Clases de Condecoraciones y Distinciones La Municipalidad de Mira fl ores otorga las siguientes condecoraciones y distinciones: (…)e) La Medalla Mérito al Turismo”.Artículo Segundo.- INCORPÓRESE el capítulo V del Título I de la Ordenanza Nº 321-MM y modi fi catoria, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “CAPÍTULO V LA MEDALLA “MÉRITO AL TURISMO” Artículo 15°.- De fi nición La Medalla “Mérito al Turismo” es una distinción que se otorga a una persona natural o jurídica, nacional o