NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (29/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 6
6 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de setiembre de 2021 El Peruano / PRODUCTO 3999999 : Sin Producto ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales GASTO CORRIENTE 2.5 Otros Gastos 253 358 549,00 ----------------------Subtotal UE 009 O fi cina Previsional de las Fuerzas Armadas 253 358 549,00 -----------------------TOTAL PLIEGO 026 253 358 549,00 ============= Artículo 2.- Notas para modi fi cación presupuestaria La Dirección de Planeamiento y Presupuesto instruye a la Unidad Ejecutora 009: O fi cina Previsional de las Fuerzas Armadas del Pliego 026: Ministerio de Defensa, para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria”, que se requieren como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Autorización de transferencia fi nanciera de recursos Autorizar a la Unidad Ejecutora 009: O fi cina Previsional de las Fuerzas Armadas del Pliego 026: Ministerio de Defensa, a realizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, por el importe de S/ 253 358 549,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), para ser destinados exclusivamente al fi nanciamiento del pago de obligaciones previsionales. Artículo 4.- Presentación de la Resolución Notifi car copia de la presente Resolución Ministerial, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4, artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; al Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa; a la Unidad Ejecutora 009: Ofi cina Previsional de las Fuerzas Armadas; a la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; y, al Órgano de Control Institucional del Ministerio de Defensa. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER EDISON AYALA GONZALES Ministro de Defensa 1996119-1 EDUCACION Designan Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 378 -2021-MINEDU Lima, 28 de setiembre de 2021VISTOS, el Expediente N° DM2021-INT-0142126, el Informe N° 00174-2021-MINEDU/SG-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe(a) de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente;De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor CARLOS NINO SILVA FLORES en el cargo de Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN RAÚL CADILLO LEÓN Ministro de Educación 1996139-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan concesión temporal para desarrollar Estudios de Factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Eólica “Parque Eólico Tres Quebradas” a favor de Fenix Power Perú S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 320-2021-MINEM/DM Lima, 15 de setiembre de 2021VISTOS: El Expediente Nº 27397821 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Eólica “Parque Eólico Tres Quebradas”, presentada por Fenix Power Perú S.A. (en adelante, FENIX); el Informe Nº 509-2021-MINEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 0819-2021-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con registro Nº 3172681 de fecha 14 de julio de 2021, FENIX presenta la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar los Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Eólica “Parque Eólico Tres Quebradas” con una capacidad instalada estimada de 250 MW, al amparo de lo dispuesto por el artículo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 30 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los Estudios de Factibilidad mencionados en el considerando que antecede, se desarrollarán en el distrito de Bella Unión, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (WGS84) que fi guran en el Expediente; Que, de acuerdo con los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, han veri fi cado que FENIX cumple con los requisitos establecidos en el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, por lo que recomiendan otorgar la concesión temporal para realizar Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Eólica “Parque Eólico Tres Quebradas”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM que aprueba el Reglamento de Organización y