NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (29/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 14
14 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de setiembre de 2021 El Peruano / de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial y demás disposiciones legales aplicables. 2.2 Los armadores que se dediquen a la actividad extractiva de recurso bonito (Sarda chiliensis chiliensis) deben brindar acomodación y las facilidades que se requieran durante las operaciones de pesca para el embarque del personal Técnico Cientí fi co de Investigación del IMARPE o de fi scalizadores acreditados por la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, cuando estas entidades así lo requieran. 2.3 El IMARPE informa al Ministerio de la Producción el seguimiento de los indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso bonito (Sarda chiliensis chiliensis), debiendo recomendar las medidas de manejo pesquero que resulten necesarias. Artículo 3. Disposiciones aplicables a la actividad extractiva en el marco de la presente Resolución Para efectos del desarrollo de las actividades extractivas en el marco de la presente Resolución Ministerial resultan aplicables las disposiciones contempladas en los artículos 2, 4, 5 y 7 de la Resolución Ministerial N° 463-2020-PRODUCE. Artículo 4. Difusión y cumplimiento La Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, la Dirección General de Pesca Artesanal y la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, el Programa Nacional A Comer Pescado; así como las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizan las acciones de difusión que correspondan y velan por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 5. Publicación de la presente Resolución Ministerial Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.YVÁN QUISPE APAZA Ministro de la Producción 1996292-1 Renuevan designación de miembros integrantes del Comité Permanente de Acreditación del Instituto Nacional de Calidad – INACAL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 036-2021-INACAL/PE Lima, 28 de setiembre de 2021VISTO: La Nota N° 015-2021-INACAL/SCD del Secretario del Consejo Directivo, el Memorando N° 112-2021-INACAL/GG de la Gerencia General, el Informe N° 151-2021-INACAL/OAJ y la Nota N° 045-2021-INACAL/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, establece que el Instituto Nacional de Calidad – INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además, es el ente rector y máxima autoridad técnico - normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, los numerales 25.1 y 25.5 del artículo 25 de la citada Ley, establecen que el órgano de línea responsable de la materia de acreditación del INACAL es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la acreditación, goza de autonomía técnica y funcional y ejerce funciones a nivel nacional y cuenta con un Comité Permanente de Acreditación, cuya conformación y principales atribuciones se desarrollan en el artículo 31 de la antes referida Ley; Que, el numeral 31.1 del artículo 31 de la Ley N° 30224, establece que el Comité Permanente de Acreditación es un cuerpo colegiado de cuatro miembros, encargado de resolver los procesos de acreditación; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 087-2019-INACAL/PE, se designó a los miembros integrantes del Comité Permanente de Acreditación del Instituto Nacional de Calidad; Que, a través del Informe N° 151-2021-INACAL/OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto de la renovación de la designación de los miembros del Comité Permanente de Acreditación; Que, mediante Acuerdo N° 2, adoptado en la Sesión N° 019-2021, el Consejo Directivo del INACAL aprobó por unanimidad renovar a partir del 29 de setiembre de 2021, la designación de los miembros integrantes del Comité Permanente de Acreditación del Instituto Nacional de Calidad, efectuada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 087-2019-INACAL/PE; Que, en consecuencia, resulta necesario emitir el acto que formalice el citado Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del INACAL; Con las visaciones de la Gerencia General, de la Dirección de Acreditación y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; y el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad – INACAL; SE RESUELVE: Artículo 1.- Renovar, a partir del 29 de setiembre de 2021, la designación de los miembros integrantes del Comité Permanente de Acreditación del Instituto Nacional de Calidad – INACAL, efectuada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 087-2019-INACAL/PE, el cual está conformado por los siguientes profesionales: - Jorge Carlos Sanabria Villanueva Presidente - Víctor Sergio Girón Medina Integrante- María Magdalena Altamirano Echevarría Integrante- Nancy Oliveth Encarnación Bermúdez Integrante Artículo 2.- Noti fi car la presente resolución a las personas señaladas en el artículo 1 de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. M. CLARA GÁLVEZ CASTILLO Presidenta EjecutivaInstituto Nacional de Calidad 1996282-1 Renuevan designación de miembros integrantes del Comité Permanente de Normalización del Instituto Nacional de Calidad - INACAL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 037-2021-INACAL/PE Lima, 28 de setiembre de 2021VISTO: La Nota N° 015-2021-INACAL/SCD del Secretario del Consejo Directivo, el Memorando N° 112-2021-INACAL/