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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (01/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Viernes 1 de abril de 2022 El Peruano / la Semana Santa en Saño es un espacio de difusión de estos conocimientos tradicionales, ya que se organizan concursos de tejedoras silleteras. Cabe mencionar que, desde el año 2003, existe la danza del silletero, la cual nació en el anexo de San Roque, en el distrito de Saño. Esta danza, inspirada en el Huaylarsh antiguo, representa el proceso de producción de la silla, desde el corte del tronco hasta el tejido de la silla. Los danzantes muestran la materia prima, la madera tallada y la totora, además de las herramientas, como la azuela y la comba. Finalmente, muestran el torno y una silla fabricada; Que, lo expuesto pone en evidencia la antigüedad de los procedimientos característicos de la producción silletera en el actual distrito de Saño, los que se mantienen y conviven con la introducción de nuevos materiales y tecnologías contemporáneas que agilizan la producción, así como nuevas rutas de comercialización a nivel regional, nacional e, incluso, internacional. También se evidencia que se preservan diseños y técnicas de tejido tradicionales, todo lo cual constituye conocimientos y saberes que se transmiten a nivel intrafamiliar. Así, la producción de sillas artesanales en Saño involucra no solo una actividad económica, sino que forma parte de la identidad cultural de los pobladores de este distrito, pues es una labor que les destaca entre otros distritos; Que, todas estas cualidades otorgan gran valor y particularidades a la elaboración de las sillas artesanales de Saño, tanto a nivel material por la calidad y perdurabilidad de los objetos producidos, como por la importancia de la transmisión del conocimiento tradicional por generaciones, mediante el ejemplo. Además, la producción silletera fomenta la cohesión de la familia, siendo el trabajo colectivo la forma de mantener el referido conocimiento, si bien los varones se dedican a las labores de carpintería, mientras que las mujeres se especializan en el tejido con fi bras vegetales. Es relevante señalar que, actualmente, existen quince familias dedicadas a la elaboración de estas sillas en Saño, la mayoría ubicadas en el anexo San Roque de Malayo, mientras que una menor proporción en el anexo de Ilish-Pichacoto. Esta acotada cantidad de portadores de estos conocimientos, es también una razón para alentar la salvaguardia de sus prácticas artesanales, que podrían eventualmente entrar en riesgo de desaparecer; Que, conjuntamente con las referencias citadas en el Informe N° 000188-2022-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y el signi fi cado de los Conocimientos, saberes y prácticas asociados a la elaboración de la silla artesanal del distrito de Saño , provincia de Huancayo, departamento de Junín; motivo por el cual, dicho informe constituye parte integrante de la presente resolución viceministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 338-2015- MC, se aprobó la Directiva N° 003-2015-MC, “Directiva para la Declaratoria de las Manifestaciones de Patrimonio Cultural Inmaterial y de la Obra de Grandes Maestros, Sabios y Creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural” , en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; así como su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; Con las visaciones de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección de Patrimonio Inmaterial y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 005- 2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, saberes y prácticas asociados a la elaboración de la silla artesanal del distrito de Saño, por los singulares valores simbólicos, tecnológicos y estéticos que alberga la tradicional labor silletera, expresión cultural que fortalece la memoria colectiva, la cohesión social y la identidad cultural de los habitantes del distrito de Saño y del departamento de Junín. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución viceministerial en el diario o fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), conjuntamente con el Informe N° 000188-2022-DPI/MC. Artículo 4.- Notifi car la presente resolución viceministerial y el Informe N° 000188-2022-DPI/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín y a la Municipalidad Distrital de Saño, para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIELA SONALY TUESTA ALTAMIRANO Viceministra de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 2053837-1 DEFENSA Declaran de interés nacional la realización de la 77° Asamblea General y Congreso del Consejo Internacional del Deporte Militar, así como el 52° Campeonato Mundial Militar de Maratón del Consejo Internacional del Deporte Militar RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 022-2022-DE Lima, 31 de marzo de 2022CONSIDERANDO:Que, los numerales 20) y 25) del artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establecen que son funciones especí fi cas del Ministerio de Defensa, promover el intercambio en el ámbito internacional para la educación del personal militar de las Instituciones Armadas, y contribuir a la consolidación y mantenimiento de la paz internacional; Que, el artículo 23 de la citado Decreto Legislativo señala que el Ministerio de Defensa coordina directamente con organismos nacionales e internacionales que ejecuten programas de cooperación orientados al desarrollo, inclusión social, protección del medio ambiente, acciones cívicas, desarrollo de ciencia y tecnología, y aspectos