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19 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de abril de 2022 El Peruano / y seguridad internacional, de acuerdo a lo estipulado en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y demás normas internacionales que resulten aplicables; Que, el literal a) del artículo 6 del Reglamento, dispone que el Agregado Militar, Naval o Aéreo es el cargo desempeñado por un O fi cial del grado de General de Brigada, Contralmirante, Mayor General, Coronel o Capitán de Navío, según corresponda, acreditado a una Embajada. El O fi cial más antiguo de ellos se acredita también como “Agregado de Defensa”. En el caso que solo exista un O fi cial, este se acreditará como “Agregado de Defensa”. Asimismo, el literal b) del referido artículo dispone que el Agregado Militar, Naval o Aéreo Adjunto es el cargo desempeñado por un O fi cial del grado de Coronel, Capitán de Navío, Teniente Coronel, Comandante o Capitán de Fragata, según corresponda. Coadyuva al ejercicio de las funciones del Agregado de Defensa y es acreditado a una Embajada. Es el segundo en la jerarquía de la Agregaduría de cada Institución Armada y, cuando sea estipulado en el cargo de nombramiento, cumplirá funciones como O fi cial de Enlace en las dependencias militares del país receptor. Asimismo, el literal c) del citado artículo 6, dispone que el cargo de Auxiliar de la Agregaduría es desempeñado desde el grado de Técnico de Primera hasta Técnico Superior. Además, es acreditado a una Embajada; Que, el artículo 14 del Reglamento, establece, entre otros, que las vacantes en las Agregadurías en el exterior se aprueban por resolución suprema, debiendo cada institución armada remitir, previamente, las vacantes correspondientes; asimismo, dispone, entre otros, la conformación de la Comisión de Selección, precisando que es presidida por el Viceministro de Políticas para la Defensa, así como los miembros que la integran, teniendo entre otras funciones evaluar y entrevistar a los candidatos propuestos por las instituciones armadas y elegir al personal idóneo para cada destino; Que, el artículo 15 del Reglamento, establece que vía resolución ministerial se nombra al personal militar de las Fuerzas Armadas para las Agregadurías en el exterior, por un periodo máximo de dos años; Que, mediante Resolución Suprema N° 003-2022-DE se aprobaron las vacantes y cargos a ser desempeñados por el Personal de O fi ciales Almirantes y O fi ciales Superiores de la Marina de Guerra del Perú en las Agregadurías del Exterior, a partir del 1 de febrero y 1 de julio de 2023, por un período máximo de dos (2) años; Que, mediante Resolución Suprema N° 004-2022-DE se aprobaron las vacantes y cargos a ser desempeñados por Personal Técnico de la Marina de Guerra del Perú en las Agregadurías del Exterior, a partir del 1 de marzo y 1 de agosto de 2023, por un período máximo de dos (2) años; Que, mediante O fi cio N° 1593/42, la Marina de Guerra del Perú informa que, en el caso de los O fi ciales Almirantes y O fi ciales Superiores, cuyos nombramientos en Misión Diplomática están previstos a partir del 1 de febrero de 2023, sus funciones deben concluir el 31 de diciembre de 2024, a fi n de realizar en los próximos nombramientos una progresión sobre el inicio y fi n de dichas misiones, con miras a que en 2025 los Agregados asuman funciones el 1 de enero de ese año y culminen el 31 de diciembre de 2026 y sucesivamente, conforme al “Cuadro de Proyección de Nombramiento del Personal Superior en Misión Diplomática al 2027”, elaborado por dicha Institución Armada; Que, la Comisión Encargada de proponer la designación de agregados, agregados adjuntos de defensa a embajadas del Perú en el exterior, a través del acta de cierre de fecha 11 de febrero de 2022, presenta la propuesta de recomendación de o fi ciales y técnicos para cubrir las vacantes establecidas en las Resoluciones Supremas Nº 003-2022-DE y 004-2022-DE; Que, con O fi cio Nº 000710-2022-MINDEF/VPD- DIGRIN e Informe Técnico Nº 122-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales, integrante de la citada comisión como Secretario Técnico, señala que la Comisión de Selección ha cumplido con presentar la relación del personal militar de la Marina de Guerra del Perú que desempeñará los cargos en las Agregadurías del Exterior, determinados en la Resolución Suprema Nº 003-2022-DE y en la Resolución Suprema Nº 004-2022-DE, precisando que se ha observado los requisitos que establece el Reglamento, se ha tomado en consideración la evaluación efectuada por la Marina de Guerra del Perú. Así también, el órgano técnico ha justi fi cado la modi fi cación que se requiere realizar, a partir del 1 febrero de 2023, en aquel país donde se ha nombrado a más de un Agregado, a efectos que el O fi cial más antiguo de ellos se acredite también como “Agregado de Defensa”, razón por la cual considera necesario adecuar el cargo del O fi cial Superior que es nombrado en Misión Diplomática en la República Francesa y concurrente en el Reino de los Países Bajos y en el Reino de Bélgica, en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior; Que, mediante Informe Legal N° 00408-2022-MINDEF/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que es legalmente viable aprobar, por medio de resolución ministerial, el nombramiento en Misión Diplomática del personal militar de la Marina de Guerra del Perú en los términos propuestos por la Dirección General de Relaciones Internacionales, por encontrarse acorde con la normativa vigente sobre la materia; Con el visado de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 37) del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior, aprobado por Resolución Ministerial N° 0977-2019-DE/SG. SE RESUELVE:Artículo 1.- Nombrar en Misión Diplomática a los Ofi ciales Almirantes y O fi ciales Superiores de la Marina de Guerra del Perú en las Agregadurías del Exterior, a partir del 1 de febrero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024, de acuerdo con el siguiente detalle: CARGOGRADO APELLIDOS Y NOMBRES Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de AméricaCONTRALMIRANTE ALCANDRE ANGELES ROBERTO Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la Mancomunidad de Australia y concurrente en Nueva Zelanda, Indonesia y la República de SingapurCAPITÁN DE NAVÍO DIAZ LEON EDUARDO RAUL Agregado Naval a la Embajada del Perú en la República de ChileCAPITÁN DE NAVÍO VALLES IGLESIAS HUGO HAROLD Agregado Naval a la Embajada del Perú en la República Popular ChinaCAPITÁN DE NAVIO MANYARI TELLO JULIO CESAR Agregado Naval a la Embajada del Perú en la República de Colombia, concurrente en la República DominicanaCAPITÁN DE NAVÍO CENTENO DE RUTTE RICARDO Agregado Naval a la Embajada del Perú en la República de Corea del SurCAPITÁN DE NAVÍO HINOJOSA ZUBILLAGA ROBERTO ENRIQUE Agregado Naval a la Embajada del Perú en la República del EcuadorCAPITÁN DE NAVÍO RONCAGLIOLO GÓMEZ JUAN JOSE Agregado Naval a la Embajada del Perú en el Reino de EspañaCAPITÁN DE NAVÍO VARGAS SALAS ROBERTO JAVIER Agregado Naval a la Embajada del Perú en la República Francesa y concurrente en el Reino de los Países Bajos y en el Reino de BélgicaCAPITÁN DE NAVÍO VALENZUELA PINO MARIO ARMANDO Agregado Naval a la Embajada del Perú en la República ItalianaCAPITÁN DE NAVÍO DENEGRI BOLTAN JORGE