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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (15/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Viernes 15 de abril de 2022 El Peruano / de Publicidad Exterior” a ser utilizado en los cuatro (04) Procedimientos Administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA aprobado con Ordenanza N° 394-MVES, en virtud a la Ordenanza N° 2348-MML; la actualización de la base legal de los cuatro (04) Procedimientos Administrativos de anuncio de publicidad exterior contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador consignando la referencia de la citada Ordenanza, así como la nueva denominación del Formato a presentarse; ello, conforme a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N° 2348-MML, denominado “Ordenanza que regula las disposiciones técnicas y procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de elementos de Publicidad Exterior en los distritos de la provincia de Lima”, y los informes técnicos de la Gerencia de Desarrollo Económico y Licencias y de la Unidad de Planeamiento Estratégico, Modernización y Programación de Inversiones; Que, con Memorando N° 313-2022-GM/MVES la Gerencia Municipal, de conformidad con lo establecido en el numeral 14.4) del artículo 14° de la Ordenanza N° 441-MVES, que modi fi ca la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES, que establece como función administrativa y ejecutora de la Gerencia Municipal, entre otras la de: “Proponer proyectos de normas municipales , (…)”; remite a la O fi cina de Secretaria General, los actuados administrativos, a fi n de emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por el numeral 6) del artículo 20° y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y lo establecido en el numeral 13.2) del artículo 13° de la Ordenanza N° 441-MVES, que modi fi ca la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el “Formato de Solicitud de Declaración Jurada para la Autorización de Ubicación de Elementos de Publicidad Exterior” a ser utilizado en los cuatro (04) Procedimientos Administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA aprobado por Ordenanza N° 394-MVES, en virtud a lo dispuesto con Ordenanza N° 2348-MML, conforme al Anexo N° 01 del presente Decreto. Artículo Segundo.- INCORPORAR en la base legal de los cuatro (04) Procedimientos Administrativos de anuncio de publicidad exterior contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado por la Ordenanza N° 394-MVES, la mención de la Ordenanza N° 2348-MML, denominado “Ordenanza que regula las disposiciones técnicas y procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de elementos de Publicidad Exterior en los distritos de la provincia de Lima” en reemplazo de la Ordenanza N° 1094-MML; así como la denominación del Formato a presentarse, conforme a los Anexos N° 02 y N° 03 que se aprueban con el presente Decreto. Artículo Tercero.- RATIFICAR en los demás extremos no modi fi cados con la presente, lo dispuesto en la Ordenanza N° 394-MVES, que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador y rati fi cado mediante Acuerdo de Concejo N° 472 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaria General cumpla con la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “EL PERUANO” y sus anexos en el Portal Web de dicho Diario y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico, su publicación en el Portal Institucional (www.munives.gob.pe), así como su publicación a través de la Plataforma Digital Única para la orientación al ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.C. KEVIN YÑIGO PERALTA Alcalde 2058214-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Aprueban Cronograma del proceso electoral para la elección de los Representantes de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de La Punta, para el periodo 2022 - 2023 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2022-MDLP/AL La Punta, 8 de abril de 2022.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA PUNTAVISTO: La Ordenanza N° 012-2021-MDLP/AL; el Memorando N° 049-2022-MDLP/GDH emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano; el Informe Nº 070-2022-MDLP/OAJ emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 230-2022-MDLP/GM emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 197º de la Constitución Política del Perú, menciona que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; Que, el artículo 106º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, de fi ne a la junta de delegados vecinales comunales como el órgano de coordinación integrado por los representantes de las agrupaciones urbanas y rurales que integran el distrito dentro de la provincia, y que están organizadas, principalmente como juntas vecinales; Que, el artículo 111º de la norma precitada señala que: “Los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia”; Que, el numeral 6 del artículo 113º, de la citada ley precisa que el vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito y su provincia, mediante el mecanismo de participación, a través de las Juntas Vecinales, comités de vecinos, asociaciones vecinales, organizaciones comunales u otras similares de naturaleza vecinal; Que, en esa línea, el artículo 116º de la citada norma, establece que: “Los concejos municipales, a propuesta del alcalde, de los regidores, o a petición de los vecinos, constituyen juntas vecinales, mediante convocatoria pública a elecciones”; Que, la Ordenanza Nº 012-2021-MDLP/AL, publicada el 12 de noviembre de 2021, aprueba el Nuevo Reglamento de Elecciones de Juntas Vecinales Comunales del Distrito de La Punta, señala en su artículo 8º que: “El Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones de Representantes de las Juntas Vecinales (...)”;