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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (15/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Viernes 15 de abril de 2022 El Peruano / 2.8. Adoptar las acciones administrativas pertinentes para hacer efectivo el pago de sumas de dinero en cumplimiento de sentencias judiciales que se encuentren en etapa de ejecución, respetando las normas legales y presupuestarias aplicables a los Gobiernos Locales, previa comunicación de la Procuraduría Pública Municipal. 2.9. Dirigir, proponer normas, supervisar y evaluar el proceso técnico de la fase de ejecución del Presupuesto de la Municipalidad en las etapas de Compromiso, Devengado, Girado y Pago. III. EN MATERIA DE CONTRATACIONES, ADQUISICIONES Y OBRAS PÚBLICAS 3.1. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC), así como sus modi fi catorias de conformidad con los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6° del Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 344- 2018-EF y sus modi fi catorias. 3.2. Aprobar las Bases Administrativas propuestas para los procesos de selección de Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Simpli fi cada y Subasta Inversa Electrónica. 3.3. Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección que se encargarán de conducir los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios en general, consultorías y obras, así como su reconformación. 3.4. Autorizar la asignación de mayores recursos, para que el Comité de Selección y/o el órgano encargado de las contrataciones puedan otorgar la buena pro para ejecución de obras que superen el valor referencial hasta el límite establecido en la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado. 3.5. Suscribir y resolver contratos derivados de los procesos de selección. 3.6. Disponer la ejecución de prestaciones adicionales, resoluciones y ampliación del plazo contractual de bienes y servicios, de acuerdo con las disposiciones establecidas en la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF. 3. 7. Autorizar el pago de mayores metrados hasta por el 15% del monto del contrato, conforme con lo dispuesto en los numerales 205.11 y 205.12 del artículo 205º del Reglamento de la Ley Nº 30225. IV. EN MATERIA DE SANEAMIENTO FÍSICO-LEGAL DE LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO 4.1. Suscribir documentos y formularios dirigidos a instituciones públicas, privadas, personas jurídicas y naturales. 4.2. Efectuar los trámites administrativos de inscripción de las unidades vehiculares adquiridas por esta Corporación ante la Superintendencias Nacional de los Registros Públicos, en representación del señor Alcalde, pudiendo suscribir los formularios y demás documentación que permitan formalizar registralmente la propiedad de los bienes muebles adquiridos en propiedad a favor de la Municipalidad de Santiago de Surco. 4.3. Suscribir todo documento público y/o privado tales como Actas de Transferencia Vehicular y/o escrituras públicas que resulten necesarias formalizar la transferencia de propiedad de vehículos a favor de las Municipalidad de Santiago de Surco. 4.4. Gestionar y formalizar los contratos para la adquisición de nuevos suministros de energía eléctrica o agua ante las empresas prestadoras (Luz del Sur, ENEL y SEDAPAL) así como la baja y modi fi cación del servicio. 4.5. Suscribir la documentación pertinente en los casos de indemnización por robo total, pérdida total, reposición de bienes por robo, por daños y perjuicios a terceros, así como otros similares, en los que se incluyen trámites como suscripción de actas de transferencias, convenios de ajuste, transacciones extrajudiciales u otros documentos.4.6. Suscribir y resolver contratos que no estén derivados de procedimientos de selección y que, de acuerdo con su naturaleza, correspondan a la Gerencia de Administración y Finanzas. V. EN MATERIA DE PERSONAL .5.1. Celebrar la contratación, nombramiento y cese de los servidores municipales sujetos a cualquier régimen laboral de la administración pública, incluyendo el Régimen Especial de la Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento, con excepción de los funcionarios que ocupan cargos de con fi anza. 5.2. Aprobar la rotación de personal, previa coordinación con las áreas involucradas. 5.3. Autorizar descuentos en la planilla única de pagos, así como la organización de la misma. 5.4. Conceder licencias con goce de remuneraciones al personal de la Municipalidad, por enfermedad, por gravidez y fallecimiento, de conformidad con la normativa vigente. 5.5. Aprobar el reconocimiento del tiempo de servicios con estricta sujeción a las normas legales vigentes. 5.6. Aprobar la suspensión y/o reincorporación en la planilla de pensionistas con estricta sujeción a las normas legales vigentes. 5.7. Declarar la caducidad de pensiones.5.8. Aprobar la liquidación por compensación por tiempo de servicios de empleados y obreros, además de los bene fi cios que determine la Ley. 5.9. Aprobar la liquidación por compensación vacacional y vacaciones truncas. 5.10 Aprobar la procedencia de la asignación por veinticinco (25) y treinta (30) años de servicios. 5.11. Aprobar y reconocer los quinquenios a los pensionistas, funcionarios y empleados. 5.12. Aprobar la procedencia de los subsidios por fallecimiento y gastos de sepelio. 5.13. Aprobar la procedencia del otorgamiento y nivelación de la pensión de cesantía, invalidez, viudez y orfandad, así como el incremento de éstas cuando corresponda. 5.14. Aprobar el Rol de Vacaciones y sus modi fi caciones. 5.15. Realizar las acciones competentes en la Fase de Ejecución del Presupuesto de la Municipalidad en la etapa del Compromiso en materia de personal. Artículo Tercero.- DISPONER que las delegaciones previstas en la presente resolución son indelegables y comprenden la facultad de decidir y resolver dentro de las limitaciones establecidas en la Ley, mas no eximen de la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones legales vigentes establecidas para cada caso. Artículo Cuarto: ENCARGAR a la Gerencia Municipal la noti fi cación de la presente Resolución a los funcionarios y a todas las unidades orgánicas de la Municipalidad de Santiago de Surco, para conocimiento y fi nes. Artículo Quinto: ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco. Artículo Sexto: Dejar sin efecto la Resolución Nº 093- 2019-RASS y demás actos que se opongan a la presente Resolución. Artículo Séptimo: La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su emisión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO Alcalde 2057820-1