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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (15/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Viernes 15 de abril de 2022 El Peruano / Ordenanza Regional que aprueba el proyecto de Reglamento del Presupuesto Participativo basado en resultados del Gobierno Regional de Arequipa para el Año 2023 ORDENANZA REGIONAL Nº 475-AREQUIPA El Consejo Regional de ArequipaHa aprobado la Ordenanza Regional siguiente:Que, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias y demás normas Complementarias, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL PROYECTO DE REGLAMENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA PARA EL AÑO 2023 Artículo 1°.- APRUÉBESE el proyecto de reglamento del Presupuesto Participativo basado en resultados para el año 2023 del Gobierno Regional de Arequipa, que consta de 30 artículos, 02 títulos, 08 capítulos y 04 disposiciones transitorias y que corre como como anexo de la presente Ordenanza Regional. Artículo 2°.– APRUÉBESE el cronograma de actividades, que contiene actividades como la instalación del equipo técnico, preparación de la información para los talleres, inscripción de agentes participantes, talleres, inclusión de proyectos priorizados en el PIA, entre otros (Adjunto como anexo). Artículo 3°.– DERÓGUESE cualquier otra normativa que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo 4°.– DISPÓNGASE la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el diario o fi cial “El Peruano” como en el diario de los avisos judiciales de la Región, así como en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9° del Decreto Supremo N° 01-2009-JUS. Comuníquese a la señora Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los cinco días del mes de abril del 2022. JOSÉ LUIS HANCCO MAMANI Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los doce días del mes de abril del dos mil veintidós. KIMMERLEE KEILY GUTIERREZ CANAHUIRE Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa 2058038-1 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Conforman el Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital del Gobierno Regional del Callao RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 072 Callao, 17 de marzo de 2022EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTOS:La Resolución Ministerial Nº360-2009-PCM de fecha 19 de agosto de 2009; el Decreto de Urgencia Nº007-2020, de fecha 08 de enero de 2020; el Decreto supremo Nº 029-2021-PCM, de fecha 18 de febrero de 2021; el O fi cio Nº D001236-2021-PCM-SGD, de fecha 24 de marzo de 2021; el Informe Nº 166-2022-GRC/GGR/OTIC, de fecha 07 de marzo de 2022, de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, sobre la conformación del Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad digital del Gobierno Regional del Callao; Informe Nº 284-2022-GRC/GAJ, de fecha 14 de marzo de 2022; y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, concordante con los artículos 2º y 4º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el que se establece que, “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia (...)”, asimismo, el numeral 1) del artículo 192º de la mencionada norma, dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, en concordancia con el precepto constitucional indicado, el artículo 8º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, el mismo que instituye: “La Autonomía es el Derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (...)”; en tal sentido, el artículo 9º del mismo cuerpo normativo señala que: “9.1. La Autonomía política: es la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes. 9.2. La autonomía Administrativa: es la facultad de organizarse internamente (...)”; Que, mediante la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se aprueba la estrategia de modernización de la Gestión Pública y los lineamientos de modernización del Estado para las entidades públicas; incorporándose esta política en el Plan Estratégico Institucional del Gobierno Regional del Callao, con el objetivo de brindar bienes y servicios de calidad como resultado de una gestión e fi ciente y e fi caz orientada al ciudadano, que, sumada a la articulación interinstitucional e intersectorial, permitan lograr los objetivos planteados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, siendo el principal instrumento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establecerá la visión, los .principios y lineamientos para una actuación coherente y e fi caz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país; Que, al respecto, el numeral 1.2.1 del artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que los actos de administración interna de las entidades destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones de su Título Preliminar y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan; Que, en el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 007-2020, Decreto de Urgencia que aprueba el Marco de Con fi anza Digital y dispone medidas para su fortalecimiento, se ha dispuesto que las normas y procedimientos que rigen la materia de Con fi anza Digital son aplicables a las entidades establecidas en el artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004- 2019-JUS;