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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (21/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Jueves 21 de abril de 2022 El Peruano / sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. La participación de los/las integrantes del Grupo de Trabajo es ad honórem, no irrogando gastos al Estado. Artículo 10.- Instalación El Grupo de Trabajo se instala en el plazo máximo de cinco (05) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 11.- Periodo de vigencia El Grupo de Trabajo tiene vigencia por un periodo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su instalación, prorrogable por un periodo similar. Artículo 12.- Informe Final Vencido el período de vigencia del Grupo de Trabajo, éste dispone de quince (15) días hábiles adicionales, para presentar un informe fi nal ante la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 13.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), y en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2059494-2 AMBIENTE Autorizan transferencia financiera a favor del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 096-2022-MINAM Lima, 19 de abril de 2022VISTOS; el Memorando N° 00378-2022-MINAM/ SG/OGA/OF de la O fi cina General de Administración; el Memorando N° 00327-2022-MINAM/SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00108-2022-MINAM/SG/OGPP/OPPMI de la Ofi cina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones; el Informe N° 00165-2022-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 239-2021-MINAM de fecha 23 de diciembre de 2021, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, por un monto de S/ 253 069 054,00 (Doscientos Cincuenta y Tres Millones Sesenta y Nueve Mil Cincuenta y Cuatro y 00/100 Soles) por toda fuente fi nanciamiento, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, el artículo 21 de la Ley N° 28245, Ley del Sistema Nacional de Gestión Ambiental establece que lo recaudado por concepto de multas deberá ser destinado a las actividades de gestión ambiental de la población y/o áreas afectadas; Que, la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, establece en su Segunda Disposición Complementaria Final que las entidades que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 28245, hayan impuesto multas y hecho efectivo el cobro de las mismas por infracciones a normas ambientales, deberán transferirlas al Ministerio del Ambiente, quien depositará dichos recursos en un Fideicomiso, que será constituido mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio del Ambiente, y establecerá el procedimiento de administración de los mismos; Que, en este marco, mediante Decreto Supremo N° 011-2011-MINAM, se autorizó la constitución de un fi deicomiso por parte del Ministerio del Ambiente (MINAM) en calidad de fi deicomitente y la entidad fi duciaria seleccionada para la administración de los fondos del fi deicomiso, los cuales están constituidos por los recursos provenientes del pago de multas, por concepto de infracción a fi scalización ambiental. Asimismo, se constituyó el Comité de Administración del Fideicomiso, quien actúa en representación del Fideicomitente y está encargado de de fi nir las actividades de gestión ambiental a que se re fi ere el artículo 21 de la Ley N° 28245; Que, el numeral 76.2 del artículo 76 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias fi nancieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público; Que, de acuerdo al acápite v) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público, para el Año Fiscal 2022, se establece que el Ministerio del Ambiente se encuentra autorizado, de manera excepcional, a realizar transferencias fi nancieras permitidas entre entidades públicas durante el año fi scal 2022, para el fi nanciamiento de las acciones para el Fortalecimiento del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en el marco de lo dispuesto en la disposición complementaria fi nal segunda de la Ley 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; Que, asimismo, el numeral 16.2 del artículo 16 de la precitada Ley, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego y se publican en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Acta N° 001-2022-CAF, el Comité de Administración del Fideicomiso del MINAM aprobó la actualización de la programación física, fi nanciera, y cronograma de transferencia al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estrado (SERNANP) para el periodo 2022, correspondiente a los proyectos i) “Apoyo a las Actividades de Saneamiento de la Actividad minera en la Zona de Amortiguamiento de la RN Tambopata, PN Bahuaja Sonene y RC Amarakaeri” por S/ 290 922.98 soles; y, ii) “Apoyo a la gestión, protección y monitoreo ambiental en el ámbito de su competencia en la RN Pacaya Samiria – Sector Marañon – Samiria Zona de Infl uencia del Lote 8” por S/ 802 789.30 soles; Que, con Memorando N° 00121-2022-MINAM/ SG/OGA/OF, la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración remite el Certi fi cado de Crédito Presupuestario N° 00139-2022, que acredita la disponibilidad de recursos para cubrir la Transferencia Financiera a favor del SERNANP de acuerdo a lo señalado en el Acta N° 001-2022-CAF, del Comité de Administración del Fideicomiso del MINAM; Que, a través del Memorando N° 00378-2022-MINAM/ SG/OGA, la O fi cina General Administración solicita continuar con el trámite respectivo para la emisión del acto resolutivo correspondiente para efectuar una Transferencia Financiera a favor del SERNANP por el importe de S/ 1 093 712.28, en el marco de lo dispuesto en el acápite v) del numeral 16.1 del artículo 16, de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público, para el Año Fiscal 2022; Que, con Memorando N° 00337-2022-MINAM/SG/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe N° 00108-2022-MINAM/SG/OGPP/OPPMI de la O fi cina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, emite opinión favorable y