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14 NORMAS LEGALES Jueves 21 de abril de 2022 El Peruano / ser empleado para las tareas de control fl uvial durante la Acción Cívica Binacional. Asimismo, permitirá incrementar las experiencias del personal Superior participante, aumentando la seguridad cooperativa y la con fi anza mutua con Instituciones Armadas de otros países. Adicionalmente, se precisa que el planeamiento permitirá optimizar los resultados sobre las poblaciones rurales bene fi ciadas, contribuyendo al cumplimiento de la responsabilidad constitucional de participar en el desarrollo social; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 047-2022, suscrita por el Jefe de la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina y por el Director de Administración de dicha Institución Armada, se detallan los gastos por concepto de pasajes fl uviales y viáticos, que se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 047-2022, el Jefe de la O fi cina de Planes Programas y Presupuestos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; Que, con las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000068 y Nº 0000000389, emitidas por el Director de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio Nº 1910/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Fragata Jorge Luis MONTOYA RUIBAL y del Capitán de Fragata David Alonso LAZO VILDOSO, para que participen en la Reunión Operacional – ASSHOP Binacional – I 2022, a realizarse en la ciudad de Tabatinga, República Federativa de Brasil, del 22 al 24 de abril de 2022; así como, autorizar su salida del país el 21 de abril y su retorno el 25 de abril de 2022; Que, a través del O fi cio N° 00828-2022-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 147-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 00502-2022-MINDEF/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Fragata Jorge Luis MONTOYA RUIBAL y del Capitán de Fragata David Alonso LAZO VILDOSO, para que participen en la Reunión Operacional – ASSHOP Binacional – I 2022, a realizarse en la ciudad de Tabatinga, República Federativa de Brasil, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Fragata Jorge Luis MONTOYA RUIBAL, identi fi cado con CIP Nº 00911458 y DNI Nº 43302021, y del Capitán de Fragata David Alonso LAZO VILDOSO, identi fi cado con CIP Nº 00927909 y DNI Nº 40679245, para que participen en la Reunión Operacional – ASSHOP Binacional – I 2022, a realizarse en la ciudad de Tabatinga, República Federativa de Brasil, del 22 al 24 de abril de 2022, así como, autorizar su salida del país el 21 de abril y su retorno el 25 de abril de 2022. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasaje fl uvial: Iquitos – Santa Rosa – Tabatinga (República Federativa de Brasil) - Santa Rosa - Iquitos clase económicaUS$ 174.00 x 2 personas US$ 348.00 Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 3 días US$ 2,220.00 ------------------ Total a pagar: US$ 2,568.00 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El Ofi cial Superior más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, el personal designado efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa 2059718-1 Disponen la publicación del proyecto denominado “Reglamento de Seguridad de Equipo y Prevención de la Contaminación para Naves y Artefactos Navales en el ámbito marítimo, fluvial y lacustre“ RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 326-2022 MGP/DICAPI 12 de abril de 2022CONSIDERANDO:Que, el numeral (3) del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1147 de fecha 10 de diciembre del 2012, que regula el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional – Dirección General de Capitanías y Guardacostas, establece como uno de los ámbitos de aplicación a las naves y embarcaciones que se encuentren en aguas jurisdiccionales peruanas y las de bandera nacional que se encuentren en alta mar o en aguas jurisdiccionales de otros países, de acuerdo con los tratados de los que el Perú es parte y otras normas de derecho internacional sobre la materia aplicables al Estado peruano; Que, los numerales (1), (5) y (16) del artículo 5 del citado Decreto Legislativo, prescribe que es función de la Autoridad Marítima Nacional, entre otras; velar por la seguridad y protección de la vida humana en el medio acuático; planear, normar, coordinar, dirigir y controlar,