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53 NORMAS LEGALES Sábado 30 de abril de 2022 El Peruano / Que, en atención a las consideraciones precedentes y a lo dispuesto en el artículo 92 del Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, procede autorizar la distribución de los montos que por Derecho de Vigencia y Penalidad correspondan al mes de marzo de 2022 a las Municipalidades Distritales, los Gobiernos Regionales, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET y el Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, y a las funciones y responsabilidades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, y; Con los visados de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Dirección de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE:Artículo 1.- Asignar los montos que por Derecho de Vigencia y Penalidad correspondan al mes de marzo de 2022, de conformidad a los Anexos Nº 1 y Nº 2, que forman parte integrante de la presente resolución, según el siguiente detalle: ENTIDADESMONTO A DISTRIBUIR US$ S/ MUNICIPALIDADES DISTRITALES1,341,818.63 1,913,743.27 INGEMMET 105,264.41 503,030.61 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS26,316.87 125,757.65 GOBIERNOS REGIONALES 22,276.22 9,126.16 TOTAL 1,495,676.13 2,551,657.69 (*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2 Artículo 2.- Precisar que los pagos por Derecho de Vigencia y Penalidad materia de la presente distribución tienen una fi nalidad pública y la condición de bienes de Dominio Público no sujetos a embargo o ejecución coactiva, conforme a Ley. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina de Administración del INGEMMET ejecute las acciones pertinentes a fi n de proceder con las transferencias dispuestas conforme al artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 4.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” así como en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET (www.ingemmet.gob.pe). Regístrese y publíquese. LUIS FELIX MERCADO PÉREZ Presidente Ejecutivo ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el artículo 92 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y el inciso a) del artículo 57 del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modi fi cado por Ley Nº 29169, la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de marzo de 2022 a las Municipalidades Distritales es el siguiente: DPTO. / PROV. / DISTRITO S/ U.S. $ AMAZONAS/BONGARA YAMBRASBAMBA 0.00 2,250.00 AMAZONAS/CHACHAPOYASDPTO. / PROV. / DISTRITO S/ U.S. $ MOLINOPAMPA 0.00 225.00 AMAZONAS/LUYA CAMPORREDONDO 0.00 337.50 COLCAMAR 0.00 450.00 AMAZONAS/RODRIGUEZ DE MENDOZA CHIRIMOTO 0.00 18.75 OMIA 0.00 112.50 SAN NICOLAS 69.15 112.50 SANTA ROSA 645.00 0.00 TOTORA 0.00 18.75 AMAZONAS/UTCUBAMBA CAJARURO 0.00 2,250.00 ANCASH/AIJA AIJA 0.00 112.50 CORIS 0.00 7,679.39 LA MERCED 0.00 250.00 ANCASH/CARHUAZ ATAQUERO 0.00 450.00 TINCO 526.63 0.00 ANCASH/CARLOS FERMIN FITZCARRALD SAN LUIS 0.00 18.75 YAUYA 0.00 18.75 ANCASH/CASMA BUENA VISTA ALTA 0.00 825.00 CASMA 0.00 2,025.00 COMANDANTE NOEL 0.00 2,250.00 YAUTAN 0.00 2,646.26 ANCASH/CORONGO BAMBAS 0.00 150.00 CUSCA 0.00 900.00 YUPAN 0.00 150.00 ANCASH/HUARAZ COLCABAMBA 0.00 1,012.50 HUANCHAY 0.00 7,397.07 HUARAZ 0.00 1,600.00 LA LIBERTAD 0.00 1,150.00 PAMPAS GRANDE 0.00 112.50 PIRA 0.00 4,050.00 ANCASH/HUARI CHAVIN DE HUANTAR 0.00 150.00 HUACCHIS 0.00 50.00RAPAYAN 0.00 4,500.00 ANCASH/HUARMEY COCHAPETI 57,784.90 5,278.25 CULEBRAS 0.00 112.50 HUARMEY 0.00 14,307.32 HUAYAN 0.00 375.00 MALVAS 99,975.03 5,325.00 ANCASH/HUAYLAS CARAZ 0.00 150.00 HUALLANCA 3,094.25 1,034.80