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68 NORMAS LEGALES Sábado 30 de abril de 2022 El Peruano / mes de enero 2022 sea inferior al 50% de la respectiva meta de producción, debiendo comunicar a la Consejera Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, sobre el resultado de su verifi cación y las acciones adoptadas. Artículo Tercero.- Exhortar a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, que deberán supervisar y garantizar mes a mes el registro adecuado de la información estadística de los órganos jurisdiccionales a su cargo tanto en el Sistema Integrado Judicial (SIJ) como en el Formulario Estadístico Electrónico (FEE), y cumplir así con los plazos de entrega de información dispuestos en la Directiva Nº 005-2012-GG-PJ, aprobada por Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial N° 308-2012-P/PJ. Artículo Cuarto.- Exhortar a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional que en los requerimientos sobre redistribuciones de expedientes penales en etapa de trámite, desde dependencias permanentes hacia dependencias transitorias, solo se deben considerar a aquellas que presenten buen nivel resolutivo, y no presenten inconsistencias de información de su carga procesal. La Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal analizará la continuidad o reubicación del órgano jurisdiccional transitorio que presente un bajo nivel de producción injusti fi cado. Artículo Quinto.- Disponer que los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional supervisen que los órganos jurisdiccionales que se encuentran bajo su jurisdicción, den estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 137-2020-CE-PJ, la cual establece la obligatoriedad de registrar todas las resoluciones judiciales en las casillas electrónicas; así como el uso del Sistema de Noti fi caciones Electrónicas - SINOE, la Agenda Judicial Electrónica y el inmediato descargo de los actos procesales correspondientes a todas las actuaciones judiciales en el Sistema Integrado Judicial - SIJ. Artículo Sexto.- Facultar a los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima Este, Lima Norte, Pasco, Piura y Puente Piedra-Ventanilla, en cuanto sea de su competencia, tomen las medidas administrativas necesarias para la ejecución de lo indicado. Artículo Sétimo.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta del Consejo Ejecutivo 2063008-1 Autorizan la realización del Congreso Internacional de Flagrancia “La Criminalidad como Flagelo, las Unidades de Flagrancia como Respuesta Efectiva”, en la ciudad de Trujillo PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000044-2022-P-CE-PJ Lima, 26 de abril del 2022VISTO:El O fi cio Nº 000262-2022-GA-UETI-CPP-PJ, cursado por el Gestor Administrativo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. CONSIDERANDO:Primero. Que, el Gestor Administrativo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal solicita la aprobación y o fi cialización de la actividad académica de capacitación denominada: Congreso Internacional de Flagrancia, “La Criminalidad como Flagelo, las Unidades de Flagrancia como Respuesta Efectiva”, que se realizará el 30 de junio, 1 y 2 de julio del año en curso. Segundo. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000118-2022-CE- PJ se dispone la implementación de Plan Piloto de la Unidad de Flagrancia - Poder Judicial en el Distrito Judicial de La Libertad, con sede en el Centro Integrado del Sistema de Administración de Justicia de El Porvenir - CISAJ El Porvenir, a partir del 1 de julio de 2022. Tercero. Que, la implementación de las unidades de fl agrancia se ha dado en diversos países de la región, entre ellos, Ecuador, Costa Rica y El Salvador, como una respuesta inmediata y oportuna por parte del Estado; dicha medida ha permitido no solo reducir de manera signi fi cativa los índices de criminalidad en los delitos de bagatela o delitos menores, sino que además se ha advertido el resarcimiento oportuno por el daño sufrido por la víctima. Cuarto. Que, en tal sentido, la actividad académica prevista, pretende promover un análisis cientí fi co, conjunto e integrado en cuanto a la aplicación del modelo procesal penal respecto al tratamiento del proceso inmediato y la fl agrancia, en un espacio académico internacional denominado: Congreso Internacional de Flagrancia, “La Criminalidad como Flagelo, las Unidades de Flagrancia como Respuesta Efectiva”, en el que no sólo se discutirá el desarrollo, los avances, problemas y aportes, sino también se planteará un espacio de diálogo y propuestas de mejoras, teniendo como objetivos impartir una capacitación profunda y actualizada, a efectos de garantizar idoneidad en la aplicación del modelo penal acusatorio, con especial énfasis en los delitos de fl agrancia y el proceso inmediato, reforzando la con fi anza de la ciudadanía y optimizar el desarrollo del talento humano, mejorando sus capacidades, habilidades y destrezas, para lograr la e fi ciencia en la aplicación de las unidades de fl agrancia en el Perú, en bene fi cio de los usuarios del sistema de administración de justicia. Quinto. Que, asimismo, estando a la implementación dispuesta del Plan Piloto de la Unidad de Flagrancia - Poder Judicial en el Distrito Judicial de la Libertad, con sede en el Centro Integrado del Sistema de Administración de Justicia de El Porvenir - CISAJ El Porvenir a partir del 1 de julio del presente año, es pertinente y oportuno realizar el evento académico en la ciudad de Trujillo, Departamento de la Libertad, con la fi nalidad de sensibilizar a todos los operadores de justicia y al público en general. Sexto. Que, la actividad académica contará con la participación de expositores nacionales e internacionales; así como panelistas de reconocida trayectoria, los cuales serán profesionales expertos en el proceso inmediato y fl agrancia, así como derecho procesal penal. Sétimo. Que, por la importancia del mencionado evento es pertinente adoptar las medidas respectivas, para su oportuna realización. En consecuencia, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en mérito a las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa número cero cero tres guión dos mil nueve guión CE guión PJ, RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la realización del Congreso Internacional de Flagrancia “La Criminalidad como Flagelo, las Unidades de Flagrancia como Respuesta Efectiva”, que se llevará a cabo el 30 de junio, 1 y 2 de julio del año en curso, en la ciudad de Trujillo, departamento de La Libertad. Artículo Segundo.- Disponer que los señores Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia autoricen la participación de 3 jueces/zas de investigación preparatoria, 3 jueces/zas unipersonales y 3 jueces/zas superiores; así como a servidores/as jurisdiccionales y administrativos, 5 como máximo, precisándose que dicha participación no deberá afectar el despacho judicial, y no irrogará gastos a la institución,