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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (02/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Martes 2 de agosto de 2022 El Peruano / Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turi smo 2091176-1 Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 203-2022-MINCETUR Lima, 1 de agosto de 2022VISTO, el O fi cio Nº 000341-2022-PROMPERÚ/PE de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; y, CONSIDERANDO:Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción Comercial, se ha previsto la participación conjuntamente con empresas peruanas del sector textil confecciones en la Feria Internacional “Sourcing at Magic”, a realizarse en la ciudad de Las Vegas, Nevada, Estados Unidos de América, del 7 al 10 de agosto de 2022, con el objetivo de promover nuestra oferta exportable de prendas de vestir en las líneas de algodón, alpaca, bebés y niños; asimismo, los días 6 y 11 de agosto del mismo año, se ejecutarán acciones previas y posteriores necesarias para la óptima presentación que cautelen el cumplimiento de los objetivos plani fi cados; Que, es importante la participación de PROMPERÚ por ser una feria emblemática para el sector de la Industria de la Vestimenta y exclusivamente para empresas que producen bajo formato sourcing, en la que se exhibe la cadena de suministro de moda de forma integral, constituyendo una oportunidad de exposición de servicios de confección a nivel industrial, actividad que la industria peruana es reconocida por su abastecimiento de alta calidad a importantes marcas privadas, teniendo en cuenta que el mercado norteamericano es el principal destino para las exportaciones peruanas; Que, por tal razón, se considera conveniente autorizar el viaje en comisión de servicios al exterior de la señora Laura Cristina Herrera Vega, quien labora en el Departamento de la Industria de la Vestimenta y Decoración, de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, para que en representación de PROMPERÚ, realice acciones para la promoción de las exportaciones en la feria antes señalada; Que, la Ley Nº 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a los recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Las Vegas, Nevada, Estados Unidos de América, del 5 al 12 de agosto de 2022, de la señora Laura Cristina Herrera Vega, para que en representación de PROMPERÚ, lleve a cabo diversas acciones previas y durante el desarrollo de la feria mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción de las exportaciones. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y apellido sPasajes aéreos Clase Económica US$Zona Geográ ficaViáticos día US$Nro. díasTotal Viáticos US$ Laura Cristina Herrera Vega1 976,20América del Norte440,00 7 3 080,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará al Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2091316-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0966-2022-IN Lima, 1 de agosto de 2022VISTOS, el O fi cio Nº 1038-2022-COMASGEN-CO PNP/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe Nº 001346-2022/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 113-2014- JUS, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Wilber Enrique Villena Barrios, formulada por la Segunda Sala Penal Transitoria de Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio - Robo Agravado, en agravio de la Distribuidora San Fernando S.A., y dispuso su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso;