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138 NORMAS LEGALES Sábado 20 de agosto de 2022 El Peruano / Cálculo de Viáticos ÍtemNivel de FuncionarioZona Geográ ficaEscala de Viáticos U$ ($) x díaPeriodo - Días Total U$($) por cada unoTipo de Cambio al Día de hoy Según la SBSTotal en S/. por cada uno Del: 21.08.22 Al: 27.08.22 1 Alcalde Europa $ 540.00 7 $ 3, 780.00 3.865 S/. 14, 609.70 2 Regidor Europa $ 540.00 7 $ 3, 780.00 3.865 S/. 14, 609.70 3 Funcionario Europa $ 540.00 7 $ 3, 780.00 3.865 S/. 14, 609.70 TOTAL GENERAL $ 11, 340.00 S/. 43, 829.10 Funcionario/Servidor Público Pasajes Aéreos Viáticos por 7 díasTotal Luis Alberto Gutiérrez Salvatierra AlcaldeS/.9, 301.19 S/. 14, 609.70 S/. 23,910.89 Jorge Luis Rivera Inuma RegidorS/.9, 301.19 S/. 14, 609.70 S/. 23,910.89 Jorge Luis Bracamonte Salas Jefe de la O ficina Comunicaciones e Imagen Institucional.S/.9, 301.19 S/. 14, 609.70 S/. 23,910.89 Total S/. 71,732.67 Artículo Segundo.- Encargar al Teniente Alcalde señor Carlos Gustavo Eduardo Ballón Lavagna el Despacho de Alcaldía desde el 21 al 27 de agosto de 2022. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaria General, la publicación del texto del presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones la publicación en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS ALBERTO GUTIÉRREZ SA LVATIERRA Alcalde 2097672-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Dejan sin efecto Acuerdo de Concejo N° 008-2020/CMDPN que suspendió en sus funciones al Alcalde del Distrito de Punta Negra ACUERDO DE CONCEJO Nº 037-2022/MDPN Punta Negra, 16 de agosto de 2022LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUNTA NEGRAVISTOS:En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, EXPEDIENTE N° 4976-2022, informe N° 264-2022-GAJ/MDPM; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo estipulado en el articulo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la ley N° 30305, las Municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Por su parte, el articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades (LOM) establece que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el articulo 41°, de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que: “Los acuerdos son decisiones que toman el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, el inciso 10 del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que corresponde al Concejo Municipal declarar la vacancia o suspensión de los cargos del Alcalde y Regidor. Que, el inciso 3 del articulo 25° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, indica que el ejercicio del cargo de alcalde o regidor se suspende por acuerdo de concejo por el tiempo que dure el mandato de detención, concluido este el alcalde o regidor reasume sus funciones en forma autónoma e inmediata, sin requerir pronunciamiento alguno del concejo municipal. Que, el artículo de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que en la Sesión extraordinaria solo se tratan los asuntos pre fi jados en la agenda; asimismo, que en situaciones de emergencia declaradas conforme a ley, el concejo municipal podrá dispensar del trámite de convocatoria a sesión extraordinaria, siempre que se encuentren presentes su fi cientes regidores como para hacer quórum, según la presente ley. Que, mediante EXPEDIENTE N° 4976-2022 de fecha 11 de agosto del 2022, el señor JOSÉ RUBÉN DELGADO HEREDIA, comunica que reasumirá el cargo como alcalde electo de la municipalidad de punta negra conforme en aplicación del numeral N° 03 del articulo 25° de la LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, señalando que no existe mandato de detención, sino que se encuentra en libertad. Que, mediante INFORME LEGAL N° 264-2022-GAJ/ MDPN de fecha 15 de agosto del 2022, el Gerente de Asesoría Jurídica opina que con la fi nalidad de lograr una transición idóneo, en el cargo de Alcalde del distrito de Punta Negra, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones a Asimismo, por Informe Nº02235-2022-SGASG-GAF/ MLV la Subgerencia de Abastecimiento y Servicios Generales comunica la contratación de los pasajes del señor alcalde, un regidor y un funcionario, por el importe de S/. 27, 903.59, Veintisiete mil novecientos tres con 59/100 soles); según el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 9º y 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el voto por unanimidad de los regidores asistentes a la sesión ordinaria virtual de Concejo del 10 de agosto de 2022. SE ACUERDA:Artículo Primero.- Autorizar la participación y en consecuencia el viaje del señor alcalde Luis Alberto Gutiérrez Salvatierra, del regidor Jorge Luis Rivera Inuma y del funcionario Jorge Luis Bracamonte Salas, Jefe de la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, al 6º Foro Global – Ciudades Sostenibles, que organiza la Organización Mundial de Ciudades Sostenibles en Paris – Francia, del 21 al 27 de agosto de 2022, con cargo al presupuesto institucional, conforme al siguiente cuadro: