Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (20/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 123

123 NORMAS LEGALES Sábado 20 de agosto de 2022 El Peruano / APROBAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SITABAMBA, HASTA POR LA SUMA DE S/. 1, 200,000.00 (UN MILLON DOSCIENTOS MIL CON 00/100 SOLES), DESTINADOS A LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO, CON CÓDIGO ÚNICO DE N° 2449383 DENOMINADO “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA DE LA I.E. N° 80593 EN LA LOCALIDAD DE HUAYOBAL DEL DISTRITO DE SITABAMBA - PROVINCIA DE SANTIAGO DE CHUCO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Extraordinaria virtual de fecha 21 de julio del 2022 VISTO Y DEBATIDO el O fi cio N° 079-2022-GRLL-CR/COMPLAN, suscrito por el Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Santos Nicolás Vásquez Ibáñez, que contiene el Dictamen N° 058-2022-GRLL-CR/COMPLAN, recaído en el Proyecto de Acuerdo Regional relativo a APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Sitabamba, hasta por la suma de S/. 1, 200,000.00 (UN MILLON DOSCIENTOS MIL CON 00/100 SOLES), destinados a la ejecución del proyecto, con código único de N° 2449383 DENOMINADO “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA DE LA I.E. N° 80593 EN LA LOCALIDAD DE HUAYOBAL DEL DISTRITO DE SITABAMBA - PROVINCIA DE SANTIAGO DE CHUCO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modi fi catorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, los literales a) y d) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modi fi car o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados fi nancieros y Presupuestarios; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”; Que, el literal l) del numeral 16.1 del Artículo 16° de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, respecto a las transferencias fi nancieras permitidas durante el Año Fiscal 2022 autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, y de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2022, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado; Que, complementariamente a lo referido en el párrafo precedente, el numeral 16.2 de la disposición antes indicada, precisa: “Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web”; Que el artículo 76° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; los cuales son destinados para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, mediante O fi cio N°133-2022-MDS/A, de fecha 24 de mayo del presente año, el Sr. Adolfo Alejandro Layza Valverde, alcalde de la Municipalidad Distrital de Sitabamba, hace llegar al despacho del Gerente General Regional del GRLL el levantamiento de observaciones del expediente técnico “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA EN LA I.E. N° 80593 EN LA LOCALIDAD HUAYOBAL, DISTRITO SITABAMBA – SANTIAGO DE CHUCO – LA LIBERTAD – I ETAPA” CUI 2449383; Que, mediante Informe N°016-2022-SHYRA, de fecha 07 de junio del presente año, la Arq. Sharon Yohanna Rodríguez Aliaga, Arquitecta de la SGDE, informa al Ing. Alejandro Eleazar Ortiz Galarreta Rubio, Sub Gerente de Estudios De fi nitivos, que el proyecto “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA DE LA I.E. N° 80593 EN LA LOCALIDAD DE HUAYOBAL DEL DISTRITO DE SITABAMBA - PROVINCIA DE SANTIAGO DE CHUCO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” CUI 2449383, CUMPLE con los contenidos mínimos del ANEXO 3, Bases de Recursos Concursables de Reconocimiento a la Ejecución de Inversión- Regional “REI-R”; asimismo, recomienda se comunique al presidente de comité para continuar con el trámite correspondiente teniendo en cuenta Bases de Recursos Concursables de Reconocimiento a la Ejecución de Inversión - Regional “REI-R”; Que, mediante O fi cio N°001622-2022-GGR-GRI, de fecha 08 de junio del presente año, el Gerente Regional de Infraestructura, traslada a Gerencia General Regional, el Informe de la referencia emitido por la Subgerencia de Estudios De fi nitivos, informando que el proyecto: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA DE LA I.E. N° 80593 EN LA LOCALIDAD DE HUAYOBAL DEL DISTRITO DE SITABAMBA - PROVINCIA DE SANTIAGO DE CHUCO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” CUI 2449383, CUMPLE con los contenidos mínimos del Anexo 3 Bases de recursos concursables de reconocimiento a la ejecución de inversión - Regional REI-R; Que, mediante Informe N°00011-2022-GRLL-GGR- GRPAT-SGPMI, de fecha 09 de junio del presente año, la Econ. Patricia Carpio Joyas, Sub Gerente de Programación Multianual de Inversiones del GRLL, concluye que se ha veri fi cado que la inversión cumple satisfactoriamente con los 4 ítems para proceder con el trámite para las transferencias fi nancieras; Que, mediante Informe Nº 000183-2022-GRLL-GGR- GRP, de fecha 15 de junio del 2022, el Gerente Regional de Presupuesto, concluye entre otros, que existe la disponibilidad presupuestaria y fi nanciera por S/. 1, 200,000.00, en la fuente de fi nanciamiento de recursos determinados, tipo de recurso 27; Que, mediante Informe Nº 00096-2022-GRLL- GGR-GRPAT-SGP, de fecha 28 de junio del 2022, el Sub Gerente de Planeamiento emite su opinión técnica favorable para la suscripción y fi rma del Convenio de Cooperación Interinstitucional para Transferencia de Recursos Financieros entre El Gobierno Regional La Libertad y La Municipalidad Distrital de Santiago de Sitabamba; Que, mediante O fi cio N° 00067-2022-GRLL-GGR- GRPAT, de fecha 28 de junio de 2022, el Gerente Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial La Libertad remite, aprueba y hace suyo el Informe N° 96-2022-GRLL-GGR-GRPAT-SGP; Que, con Informe Legal N° 070-2022-GRLL-GGR- GRAJ de fecha 29 de junio del 2022, el Abog. Nelson