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121 NORMAS LEGALES Sábado 20 de agosto de 2022 El Peruano / GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco, destinada al cofinanciamiento de la ejecución de proyecto de mejoramiento del servicio educativo en institución educativa ACUERDO REGIONAL N° 000106-2022-GR-LL/CR Trujillo, 26 de julio de 2022 APROBAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SANTIAGO DE CHUCO, HASTA POR LA SUMA DE S/. 2,000,000.00 (DOS MILLONES CON 00/100 SOLES), DESTINADOS AL COFINANCIAMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO, CON CUI: 2283134 DENOMINADO “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LOS NIVELES INICIAL Y PRIMARIA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA N 80578 DEL CASERÍO HUARADAY, DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE CHUCO, PROVINCIA DE SANTIAGO DE CHUCO - LA LIBERTAD”. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Extraordinaria virtual de fecha 21 de julio del 2022 VISTO Y DEBATIDO el O fi cio N° 077-2022-GRLL-CR/COMPLAN, suscrito por el Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Santos Nicolás Vásquez Ibáñez, que contiene el Dictamen N° 056-2022-GRLL-CR/COMPLAN, recaído en el Proyecto de Acuerdo Regional relativo a APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco, hasta por la suma de S/. 2,000,000.00 (DOS MILLONES CON 00/100 SOLES), destinados al co fi nanciamiento de la ejecución del proyecto, con CUI: 2283134 DENOMINADO “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LOS NIVELES INICIAL Y PRIMARIA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA N 80578 DEL CASERÍO HUARADAY, DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE CHUCO, PROVINCIA DE SANTIAGO DE CHUCO - LA LIBERTAD”; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modi fi catorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, los literales a) y d) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modi fi car o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados fi nancieros y Presupuestarios; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”; Que, el literal l) del numeral 16.1 del Artículo 16° de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, respecto a las transferencias fi nancieras permitidas durante el Año Fiscal 2022 autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, y de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2022, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado; Que, complementariamente a lo referido en el párrafo precedente, el numeral 16.2 de la disposición antes indicada, precisa: “Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web”; Que el artículo 76° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; los cuales son destinados para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, mediante O fi cio N°0225-2022-GRLL-GGR, de fecha 16 de abril 2022, el Ing. Luis Rogger Ruiz Díaz, Gerente General Regional del GRLL, comunica al Sr. Juan Alberto Gabriel Alipio, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco, la Evaluación Final de los Recursos Concursables para el Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones Regional “REI-R” La Libertad 2022; ocupando la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco el segundo lugar en su categoría con 76 puntos; Que, con Informe N° 01-2022-SHYRA, de fecha 13 de mayo del presente año, la Arq. Sharon Yohanna Rodríguez Aliaga, Arquitecta de la SGDE, informa al Ing. Alejandro Eleazar Ortiz Galarreta Rubio, Sub Gerente de Estudios De fi nitivos, que el proyecto “MEJORAMIENTO DE SERVICIO EDUCATIVO DE LOS NIVELES INICIAL Y PRIMARIA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA N°80578 DEL CASERIO HUARADAY, DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE CHUCO, PROVINCIA DE SANTIAGO DE CHUCO- LA LIBERTAD”, CUI 2283134, cumple con los contenidos mínimos del ANEXO 3, Bases de Recursos Concursables de Reconocimiento a la Ejecución de Inversión- Regional “REI-R”; asimismo, recomienda se comunique al presidente de comité para continuar con el trámite correspondiente teniendo en cuenta Bases de Recursos Concursables de Reconocimiento a la Ejecución de Inversión - Regional “REI-R”; Que, mediante Informe N°00008-2022-GRLL-GGR- GRPAT-SGPMI, de fecha 08 de junio del presente año, la Econ. Patricia Carpio Joyas, Sub Gerente de Programación Multianual de Inversiones del GRLL, concluye que se ha veri fi cado que la inversión cumple satisfactoriamente con los 4 ítems para proceder con el trámite para las transferencias fi nancieras; Que, mediante Informe Nº 000178-2022-GRLL- GGR-GRP, de fecha 14 de junio del 2022, el Gerente Regional de Presupuesto, concluye entre otros, que existe la disponibilidad presupuestaria y fi nanciera por S/2’000,000.00 de soles en la fuente de fi nanciamiento de recursos determinados, tipo de recurso 27; Que, mediante Informe Nº 00092-2022-GRLL-GGR- GRPAT-SGP, de fecha 28 de junio del 2022, el Sub Gerente de Planeamiento emite su opinión técnica favorable para la suscripción y fi rma del Convenio de Cooperación Interinstitucional para Transferencia de Recursos Financieros entre El Gobierno Regional La Libertad y La Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco;