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25 NORMAS LEGALES Domingo 21 de agosto de 2022 El Peruano / Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El O fi cial Superior más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular del Ministerio de Defensa, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa 2096930-1 Autorizan viaje de personal naval a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0813-2022-DE Lima, 19 de agosto de 2022 VISTOS: El O fi cio Nº 4519/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 01898-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01320-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 10-3/Com9°DN-MB, el Comandante del Comando del 9° Distrito Naval de la Marina de Brasil cursa una invitación al Comandante General de Operaciones de la Amazonía de la Marina de Guerra del Perú, para que una unidad naval peruana y su tripulación participen en el des fi le militar, por la Conmemoración del 200° Aniversario de la Independencia de la República Federativa de Brasil, durante la realización de la Fase III de la Operación BRACOLPER NAVAL 2022, en el período del 5 al 8 de setiembre de 2022, en la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil; Que, con Acta de la Reunión de Planeamiento Inicial de la Operación BRACOLPER NAVAL 2022, realizada en la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil, se acordó que la Fase III del Ejercicio Operacional BRACOLPER NAVAL 2022 se efectuará en la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil, del 4 al 8 de setiembre de 2022, contando con la participación del B.A.P. “CLAVERO” (CF-15) y su dotación respectiva; Que, a través del Informe Legal Nº 011-2022, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Comandancia General de Operaciones de la Amazonía de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, de la dotación del B.A.P. “CLAVERO” (CF-15), con la fi nalidad de que participen en la Ejecución de la Fase III del Ejercicio Operacional BRACOLPER NAVAL 2022, en la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil, del 4 al 8 de setiembre de 2022; Que, con O fi cio Nº 1509/51, la Dirección General del Personal de la Marina de Guerra remite, a la Comandancia General de la citada Institución Armada, la documentación pertinente para la tramitación de la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval a bordo del B.A.P. “CLAVERO” (CF-15), para que participen en la referida actividad, en el lugar y fechas programadas;Que, la Exposición de Motivos anexada al O fi cio Nº 1509/51, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior , en comisión de servicio, del personal naval a bordo del B.A.P. “CLAVERO” (CF-15), para que participen en la Ejecución de la Fase III del Ejercicio Operacional BRACOLPER NAVAL 2022, por cuanto, permitirá a fi anzar los lazos de unión y fraternidad entre la República Federativa de Brasil y la República del Perú, necesarios para poder enfrentar problemas comunes en la Amazonía, contribuyendo a las acciones dispuestas en los aspectos institucionales de soberanía e integridad territorial y en apoyo a la política exterior. Asimismo, permitirá que el personal naval nombrado en comisión del servicio aproveche al máximo el desarrollo de la misma e incrementen sus conocimientos profesionales, cuyo conocimiento adquirido será transmitido al resto de Unidades Fluviales, logrando un efecto multiplicador, en provecho de las dotaciones de toda la Flotilla Fluvial de la Amazonía; Que, la Hoja de Gastos Nº 134-2022 suscrita por el Jefe de la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra y por el Director de Administración de Personal de dicha Institución Armada, los gastos por concepto asignación especial por estadía en puerto extranjero se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 12 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 136-2022, el Jefe de la O fi cina de Planes Programas y Presupuestos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; Que, la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000165, emitida por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, con O fi cio N° 4519/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, de personal naval a bordo del B.A.P. “CLAVERO” (CF-15), para que participen en la Ejecución de la Fase III del Ejercicio Operacional BRACOLPER NAVAL 2022, a realizarse en la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil, del 4 al 8 de setiembre de 2022, de acuerdo al itinerario previsto, debiendo zarpar el 24 de agosto de 2022 del Puerto del Iquitos, República del Perú; con escala en el Puerto de Santa Rosa en la República del Perú; con escalas en los Puertos de Fonte Boa, Tefé, Coari, Manacapurú y Manaos en la República Federativa de Brasil; retornando nuevamente por los citados puertos y arribando al Puerto de Iquitos, República del Perú, el 18 de setiembre de 2022, con permanencia en puerto extranjero por un periodo de cuatro (4) días; Que, a través del O fi cio N° 01898-2022-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 386-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicio en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;