Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (25/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Jueves 25 de agosto de 2022 El Peruano / Compensación Extraordinaria por servicio en el extranjero: € 4,210.42 x 4 Meses (set.-dic.) x 1 persona € 16,841.68 --------------- Total a pagar: US$ 2,915.00 Total pagar: € 21,052.10 Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa–Marina de Guerra del Perú, del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducida por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada, de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 6.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 7.- El O fi cial Subalterno autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El mencionado O fi cial Subalterno revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el período que dure la misión de estudios en el exterior. Artículo 9.- El citado O fi cial Subalterno está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa 2098712-1 Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Argentina, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0836-2022-DE Lima, 23 de agosto de 2022 VISTOS: El O fi cio Nº 4395/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 01844-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01348-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, con AGPE Nº 65/21, el Agregado Naval a la Embajada Argentina en Perú hace de conocimiento de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú la invitación de la Armada Argentina, para que un O fi cial participe en el “Curso de formación básica y avanzada para buques que operen en aguas polares”, a realizarse en la Escuela de Ciencias del Mar y en la Escuela Nacional de Náutica de la Armada Argentina, en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, a partir del 29 de agosto al 9 de setiembre de 2022; Que, a través del Informe Legal Nº 038-2022/AS-DGE, la Jefatura Accidental de la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Alférez de Fragata David Alexander LUGO ROJAS, para que participe en el “Curso de formación básica y avanzada para buques que operen en aguas polares”, a realizarse en la Escuela de Ciencias del Mar y en la Escuela Nacional de Náutica de la Armada Argentina, en el lugar y fechas programadas; Que, con O fi cio Nº 1166/52, la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra remite a la Comandancia General de la citada Institución Armada la documentación pertinente para la tramitación de la autorización del viaje, en misión de estudios, del mencionado personal naval; Que, la Exposición de Motivos anexada al expediente, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citaod personal naval, en misión de estudios, para participar en el “Curso de formación básica y avanzada para buques que operen en aguas polares”, por cuanto, le permitirá adquirir conocimientos y transmitir experiencias sobre los aspectos del medio ambiente antártico que afectan la navegación, la seguridad náutica y la protección del medio ambiente marino; asimismo, precisa que los gastos por concepto de almuerzo durante la actividad académica será cubierto por la Escuela de Ciencias del Mar de la Armada Argentina, de acuerdo a la Descripción Sintética, adjunta al O fi cio AGPE Nº 65/21 del Agregado Naval a la Embajada Argentina en Perú; por lo que, debe otorgarse viáticos diarios hasta un setenta por ciento (70%) del que corresponde a la zona geográ fi ca, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Que, la Hoja de Gastos Nº 126-2022 suscrita por el Jefe de la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y el Director General de Educación de dicha Institución Armada, señala que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos hasta por un setenta por ciento (70%), se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad a lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Extranjero del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 129-2022, el Jefe de la O fi cina de Planes Programas y Presupuestos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, misión de estudios; asimismo, las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000251 y Nº 0000000417, emitidas por el Director de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, garantizan el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;