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14 NORMAS LEGALES Jueves 25 de agosto de 2022 El Peruano / Que, con O fi cio Nº 4395/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del Alférez de Fragata David Alexander LUGO ROJAS, para que participe en el “Curso de formación básica y avanzada para buques que operen en aguas polares”, a realizarse en la Escuela de Ciencias del Mar y en la EscuelaNacional de Náutica de la Armada Argentina, en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, a partir del 29 de agosto al 9 de setiembre de 2022, autorizando su salida del país el 28 de agosto y su retorno el 10 de setiembre de 2022; Que, a través del O fi cio N° 01844-2022-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 376-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 01348-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del Alférez de Fragata David Alexander LUGO ROJAS, para que participe en el “Curso de formación básica y avanzada para buques que operen en aguas polares”, a realizarse en la Escuela de Ciencias del Mar y en la Escuela Nacional de Náutica de la Armada Argentina, en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Secretaría General; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Alférez de Fragata David Alexander LUGO ROJAS, identi fi cado con CIP N° 01176572 y DNI N° 72495873, para que participe en el “Curso de formación básica y avanzada para buques que operen en aguas polares”, a realizarse en la Escuela de Ciencias del Mar y en la Escuela Nacional de Náutica de la Armada Argentina, ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 29 de agosto al 9 de setiembre de 2022; así como, autorizar su salida del país el 28 de agosto y su retorno el 10 de setiembre de 2022. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - Buenos Aires (República Argentina) - Lima: clase económicaUS$ 2,308.65 x 1 persona US$ 2,308.65 Viáticos: US$ 370.00 x 1 persona x 12 días x 70% US$ 3,108.00 ------------------ Total a pagar: US$ 5,416.65 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- El mencionado O fi cial revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el periodo que dure la misión de estudios en el exterior. Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa 2098741-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de diversos Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 191-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante los O fi cios N°s. 243-2022-GRL- GR, 821-2022-GOREMAD/GR, 700-2022-GRU-GR y 252 y 263-2022-GRSM/GR, los Gobiernos Regionales de Loreto, Madre de Dios, Ucayali y San Martín, respectivamente, solicitan una demanda adicional de recursos para fi nanciar las actividades relacionadas al Programa Presupuestal 0130 Competitividad y Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Forestales y de la Fauna Silvestre, con el fi n de cumplir las metas físicas propuestas y coadyuvar a la reactivación económica de las mencionadas Regiones; lo cual se sustenta en el Informe N° 024-2022-GRL-GRPPIP-OEP de la O fi cina Ejecutiva de Presupuesto de la Gerencia Regional de Plani fi cación, Presupuesto e Inversión Pública del Gobierno Regional de Loreto; el Informe N° 345-2022-GOREMAD-GRPPYAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Madre de Dios; el Informe N° 088-2022-GRU-GRPP, de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali; y, los Informes N°s. 240 y 246-2022-GRSM-GRPP-SGP de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de San Martín; asimismo, con los O fi cios N°s D000065 y D000083-2022-MIDAGRI- SERFOR-GG-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), remite los Informes Técnicos N°s. D000047-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP-OPR y D000052-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP-OPR; a través de los cuáles emite opinión respecto a dichas solicitudes de demanda adicional; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo