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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (01/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 248

TEXTO PAGINA: 246

246 NORMAS LEGALES Jueves 1 de diciembre de 2022 El Peruano / Ordenanza que modifica el Reglamento Interno del Centro Municipal para el Deporte Adaptado y Rehabilitación - CEMUDER de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres ORDENANZA Nº 547-MDSMP San Martín de Porres, 15 de noviembre del 2022 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de noviembre del año 2022; Informe Nº 265-2022-GDH/MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Humano, Informe Nº 266-SGSS-GDH/MDSMP de la Sub Gerencia de Servicios Sociales, Informe Nº 78-OMAPED-SGSS-GDH/MDSMP de la O fi cina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad - OMAPED, Memorando Nº 501 y 511-2022-GDH/MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Humano, Informe Nº 252-2022-SGSS-GDH/MDSMP de la Sub Gerencia de Servicios Sociales, Informe Nº 52-2022-GDH/MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Humano Informe Nº 501-2022-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 3119-2022-GM/MDSMP de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 004-2022-CDHyPS/MDSMP de la Comisión Regidores de Desarrollo Humano y Programas Sociales; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, que sostiene que dicha autonomía municipal radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, asimismo el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas Reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 29973 - Ley General de la Persona con Discapacidad, señala: “La persona con discapacidad es aquella que tiene una o más defi ciencias físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de carácter permanente que, al interactuar con diversas barreras actitudinales y del entorno, no ejerza o pueda verse impedida en el ejercicio de sus derechos y su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que las demás”; Que, por otro lado, la citada Ley en el Capítulo IV determina la Salud y Rehabilitación, y el Capítulo V estípula la Educación y Deporte, como derechos fundamentales de las personas con discapacidad para lograr una verdadera inclusión social y mejorar su calidad de vida; Que, mediante Ordenanza Nº 256-MDSMP (Art. 10º) de fecha 15 de octubre del 2008, se conforma la O fi cina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad – OMAPED, dependiente de la Sub Gerencia de Servicios Sociales de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; Que, a su vez la Ordenanza Nº 366-MDSMP de fecha 16 de julio del 2014, modi fi ca el Art. 10º de la Ordenanza Nº 256-MDSMP, incorporando las funciones de la OMAPED al Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres; Que, mediante Ordenanza Nº 529-MDSMP publicado en el diario o fi cial El Peruano, el 14 de diciembre del 2021, se aprueba el Reglamento Interno del Centro Municipal para el Deporte Adaptado y Rehabilitación - CEMUDER, el cual tiene como fi nalidad contar con un instrumento normativo que establezca las acciones y servicios que brinda el Centro Municipal para el Deporte Adaptado y Rehabilitación - CEMUDER administrado por la O fi cina Municipal de Atención a la persona con Discapacidad - OMAPED, dependiente de la Sub Gerencia de Servicios Sociales; Que, mediante Expediente Nº 40241-2022 (O fi cio Nº 016-2022-ADISAMP), suscrito por la Asociación de Personas con Discapacidad San Martín de Porres -ADISAMP; expresa su preocupación a fi rmando que en la solicitud de la Aprobación Sanitaria “no mencionan para nada, que la piscina es adaptada y además que es parte importante del Centro Municipal para los deportes adaptados y rehabilitación – CEMUDER”; igualmente, mediante Expediente Nº 34107-2022 (O fi cio Nº 008-2022-ADISAMP) citan que “La Subgerente de Servicios Sociales se encargaría de tramitar el cambio de nombre”. Toda vez que, al ser un componente del proyecto “Construcción y Habilitación de Instalaciones Adaptadas para Personas con Discapacidad en el Parque Ecológico Municipal”, la piscina está orientada al uso de las personas con discapacidad y por lo tanto, la denominación debería tener relación a los fi nes de dicha infraestructura; Que, mediante Informe Nº 52-2022-GDH/MDSMP el Gerente de Desarrollo Humano, presenta el Proyecto de Ordenanza Municipal que modi fi ca el Reglamento Interno Reglamento Interno del Centro Municipal para el Deporte Adaptado y Rehabilitación – CEMUDER, cuya fi nalidad es precisar el nombre de la Piscina; Que, mediante Informe Nº 266-2022-SGSS-GDH/ MDSMP, la Sub Gerencia de Servicios Sociales, emite opinión favorable por la propuesta de Ordenanza que modi fi ca el Reglamento Interno del Centro Municipal para el Deporte Adaptado y Rehabilitación – CEMUDER, incorporando la Consulta Previa en el marco de cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 14º de la Ley 29973 - Ley General de la Persona con Discapacidad; Que, con el Informe Nº 78-OMAPED-SGSS-GDH/ MDSMP, la Coordinadora de la OMAPED, presenta el informe mediante el cual sustenta la necesidad de precisar el nombre de la piscina ubicada en el CEMUDER, argumentando que el nombre de la piscina debería tener relación con el origen del Proyecto de Inversión Pública de Construcción y Habilitación de Instalaciones Adaptadas para Personas con Discapacidad; Que, a través del Informe Nº 501-2022-GAJ/MDSMP, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para modi fi car el artículo 21º y el literal a) de la Ordenanza Municipal Nº 529-MDSMP que aprueba el Reglamento Interno del Centro Municipal para el Deporte Adaptado y Rehabilitación de las personas con Discapacidad, con la fi nalidad de satisfacer el requerimiento de la Asociación de Personas con Discapacidad, conforme se expresa en el Informe Nº 52-2022-GDH/MDSMP el Gerente de Desarrollo Humano, por lo que debe proseguirse con el trámite administrativo interno y elevarlo ante el Concejo Municipal; Que, estando a lo dispuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal y la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se acordó aprobar la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO MUNICIPAL PARA EL DEPORTE ADAPTADO Y REHABILITACIÓN – CEMUDER DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES Artículo Primero.- APROBAR la Modi fi cación de la denominación del artículo 21º y adicionar al literal a) la referencia de su ubicación en el Reglamento Interno del Centro Municipal para el Deporte Adaptado y Rehabilitación - CEMUDER de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, administrado por la O fi cina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad – OMAPED, dependiente de la Sub Gerencia de Servicios Sociales, de la Gerencia de Desarrollo Humano.