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241 NORMAS LEGALES Jueves 1 de diciembre de 2022 El Peruano / Asimismo, en su artículo 39º de la referida norma señala que: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”. Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, complementada por la Ley Nº 28807, en su artículo 1 señala: “La presente Ley regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado (...)”. Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, reglamento de la Ley Nº 27619, en su artículo 11 respecto a los viajes que no ocasionen gastos al Estado señala: “(…) No son de obligatoria publicación las autorizaciones a que se re fi ere el presente artículo”. Que, la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2022, en su artículo 11 establece: “(…) 11.1 Durante el Año Fiscal 2022, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”. Que, el numeral 13.22 del artículo 13º del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 016-2019-CR/GOB.REG.TACNA, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 15 de enero del 2020 señala: “(…) Son funciones del Consejo Regional: “Autorizar los viajes en comisión especial de servicio fuera del país al/ a la Gobernador/a Regional, Vicegobernador/a Regional, los/as Consejeros/as Regionales y Funcionarios/as del Gobierno Regional de Tacna, Direcciones Regionales, Unidades Ejecutoras, Unidades Operativas y demás entidades adscritas al Gobierno Regional de Tacna de conformidad con lo establecido en la Ley de la materia y en la respectiva Ley de Presupuesto para el Sector Público. (…)”. Asimismo, el artículo 31 se establece: “Las licencias por viaje en comisión o fi cial al/a la Gobernador/a Regional, Vicegobernador/a Regional y Consejeros/as Regionales fuera del país, deben ser autorizadas por el Pleno del Consejo Regional, de conformidad con lo establecido en la Ley de la materia y en la respectiva Ley del Presupuesto para el Sector Público. (…)”. Además, la cuarta disposición fi nal indica: “Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna se regirán supletoriamente por la Ley Nº 27444 (Ley de Procedimiento Administrativo General) en lo que fuera pertinente y otras normas legales compatibles con su naturaleza y fi nalidad”. Que, mediante O fi cio Nº 329-2022-ODMRE-TACNA, de fecha 17 de octubre del 2022, la Dirección de la O fi cina Desconcentrada en Tacna del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, hace de conocimiento que la XI Reunión del Comité de Integración y Desarrollo Fronterizo (CIDF) Perú-Chile, se realizará de manera presencial en la ciudad de Arica, los días 15 y 16 de noviembre del 2022, por lo que se extiende la invitación correspondiente. Que, mediante Memorándum Nº 719-2022-GGR/ GOB.REG.TACNA, de fecha 26 de octubre del 2022, emitido por la Gerencia General del Gobierno Regional de Tacna, solicita que se sirva emitir Opinión Legal, para que sea remitida al Consejo Regional de Tacna, para su autorización. Que, con Opinión Legal Nº 1324-2022-GRAJ/GOB. REG.TACNA, de fecha 27 de octubre de 2022, de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, señala: “(…) IV. CONCLUSIONES. Estando a lo expuesto en la presente Opinión Legal, esta Gerencia Regional OPINA: - A FAVOR de solicitar al Consejo Regional, la autorización de viaje en comisión especial de servicios para participar en la XI Reunión del Comité de Integración y Desarrollo Fronterizo (CIDF) Perú Chile, para los siguientes funcionarios del Gobierno Regional de Tacna: Gobernador Regional, ING. JUAN TONCONI QUISPE y Gerente General Regional ABOG. LUIS ALBERTO VALDIVIA SALAZAR. -A FAVOR de solicitar la exoneración del trámite correspondiente ante la Comisión Ordinaria respectiva y su atención en el Pleno del Consejo Regional de Tacna. - A FAVOR de solicitar se autorice el desplazamiento de los chóferes y uso de vehículos institucionales de cada dependencia para el traslado correspondiente de la comitiva y un Personal designado de la O fi cina de Imagen Institucional y Relaciones Públicas para dicho fi n. 4. RECOMENDACIÓN. Esta Gerencia Regional de Asesoría Jurídica RECOMIENDA remitir la presente Opinión Legal al Consejo Regional para su trámite de autorización respectivo. Que, la Comisión Ordinaria de Normas y Reglamentos Regionales, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 012-2022-CONyRR-CR, de fecha 04 de noviembre de 2022, sobre: “AUTORIZAR EL VIAJE EN COMISIÓN DE SERVICIO, LOS DIAS 15 Y 16 DE NOVIEMBRE DE 2022, A LA REPÚBLICA DE CHILE CON LOS FUNCIONARIOS: GOBERNADOR REGIONAL ING. JUAN TONCONI QUISPE Y GERENTE GENERAL REGIONAL ABOG. LUIS ALBERTO VALDIVIA SALAZAR, CON EL OBJETIVO DE ASISTIR A LA XI REUNIÓN DEL COMITÉ DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO FRONTERIZO (CIDF) PERU – CHILE”, dictamen con opinión favorable y aprobado por UNANIMIDAD para que sea puesto a consideración del Pleno del Consejo Regional. Que, en Sesión Extraordinaria del Pleno del Consejo Regional de Tacna, de fecha 11 de noviembre de 2022, se trató como punto de agenda el O fi cio Nº 047-2022-CONyRR/GOB.REG.TACNA, de fecha 07 de noviembre de 2022 emitido por el Ing. EDILBERTO ARTEMIO PARIHUANA MAMANI, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ORDINARIA DE NORMAS y REGLAMENTOS REGIONALES sobre: AUTORIZAR EL VIAJE EN COMISIÓN DE SERVICIO, LOS DÍAS 15 Y 16 DE NOVIEMBRE DE 2022, A LA REPÚBLICA DE CHILE CON LOS FUNCIONARIOS: GOBERNADOR REGIONAL ING. JUAN TONCONI QUISPE Y GERENTE GENERAL REGIONAL ABOG. LUIS ALBERTO VALDIVIA SALAZAR, CON EL OBJETIVO DE ASISTIR A LA XI REUNIÓN DEL COMITÉ DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO FRONTERIZO (CIDF) PERU – CHILE”, en este estado se procedió a dar lectura al o fi cio sobre la XI Reunión del Comité de Integración y Desarrollo Fronterizo para tratar temas de interés común de la zona fronteriza que vincula a la Región Tacna – Perú y la Región de Arica y Parinacota – Chile. Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, por mayoría en Sesión Extraordinaria de la presente fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, el Pleno del Consejo Regional; ACUERDA:Artículo Primero: AUTORIZAR el viaje en comisión de servicio, los días 15 y 16 de noviembre de 2022, a la República de Chile a los funcionarios: Gobernador Regional ING. JUAN TONCONI QUISPE y el Gerente General Regional ABOG. LUIS ALBERTO VALDIVIA SALAZAR, con el objetivo de asistir a la XI Reunión del Comité de Integración y Desarrollo Fronterizo (CIDF) Perú- Chile. Artículo Segundo: DISPONER que los comisionados presenten al Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna un informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos como producto del viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país. Artículo Tercero: ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Tacna disponga las acciones necesarias y complementarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo de Consejo Regional.