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233 NORMAS LEGALES Jueves 1 de diciembre de 2022 El Peruano / párrafo precedente tiene disponibilidad presupuestal para el presente año. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluida la designación de la abogada María Adela Cuba Muñiz, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativa) de Arequipa, Distrito Fiscal de Arequipa, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Arequipa, así como la adecuación de la misma; y, su destaque para que preste apoyo al Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Arequipa, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1208-2019-MP-FN, 971-2020-MP-FN y 1566-2022-MP-FN, de fechas 30 de mayo de 2019, 04 de septiembre de 2020 y 25 de julio de 2022, respectivamente. Artículo Segundo .- Nombrar a la abogada María Adela Cuba Muñiz, como Fiscal Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Arequipa, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Arequipa, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2022, conforme a lo establecido en la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 080-2021-MP-FN-JFS, de fecha 14 de diciembre de 2021; así como en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación (e) 2130774-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Disponen la contratación de postulantes ganadores de plazas correspondientes a los cargos de Secretaria II de la Secretaría General y Analista III de la Subgerencia de Logística de la Gerencia de Administración RESOLUCIÓN N° 000126-2022-SG/ONPE Lima, 30 de noviembre de 2022 VISTOS: El Informe Nº 000147-2022-GRH/ONPE de la Gerencia de Recursos Humanos; el Informe Nº 001496-2022-SGRH-GRH/ONPE de la Sub Gerencia de Recursos Humanos de la Gerencia de Recursos Humanos; el Memorando Nº 003451-2022-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; así como, el Informe Nº 07124-2022-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: El artículo 7 del Reglamento Interno de Trabajo de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 172-2014-J/ONPE y sus modi fi catorias, establece que: “ El acceso al empleo en la ONPE se realizará de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE, Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público y normativa complementaria, mediante concurso público abierto, por grupo ocupacional, en base a los méritos y capacidades, en un régimen de igualdad de oportunidades. Los postulantes deberán cumplir con los per fi les y requisitos que la ONPE les solicite ”; Con la Resolución Jefatural Nº 000125-2020-JN/ ONPE, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional de la ONPE). Posteriormente, mediante la Resolución Nº 00049-2021-SG/ONPE, se aprobó el reordenamiento de cargos del CAP Provisional de la ONPE citado y, con las Resoluciones Gerenciales n. os 000103-2022-GRH/ONPE y 000172-2022-GRH/ONPE se actualizó el CAP Provisional de la entidad; En ese marco normativo, mediante el Informe de vistos, la Gerencia de Recursos Humanos, referenciando el Informe emitido por la Sub Gerencia de Recursos Humanos de vistos, comunica los resultados fi nales del Concurso Público de Méritos CAP de la ONPE Convocatoria Pública CCPM Nº 001-2022-Primera Convocatoria, precisando lo siguiente: i) la señora MILY ROCÍO TORIBIO GUEVARA, ha sido seleccionada como postulante ganadora de la Plaza Nº 014, del CAP Provisional de la ONPE, correspondiente al cargo de Secretaria II de la Secretaría General y, ii) el señor RODRIGO RAZIEL AZERRAD CAQUI ha sido seleccionado como postulante ganador de la Plaza Nº 088, del CAP Provisional de la ONPE, correspondiente al cargo de Analista III de la Subgerencia de Logística de la Gerencia de Administración. En tal sentido, recomienda la emisión del acto resolutivo que disponga la contratación de los postulantes antes citados,