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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (01/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 248

TEXTO PAGINA: 247

247 NORMAS LEGALES Jueves 1 de diciembre de 2022 El Peruano / Es decir, la nueva redacción del Artículo 21º con adición del literal que señale su ubicación, será expresado de esta manera: Artículo 21.- PISCINA RECREATIVA ADAPTADA PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD a) De la Ubicación y de los Usuarios:La piscina se encuentra ubicada en el Centro Municipal para el Deporte Adaptado y Rehabilitación – CEMUDER, con dirección en ubicado en el Jr. German Stiglich cuadra 22, a espaldas del Parque Ecológico Municipal Ex Mayta Capac, del Distrito de San Martín de Porres. Se entiende por usuarios de la piscina adaptada, toda persona debidamente identi fi cada que hace uso de las instalaciones, participando en programas deportivos, recreativos y artísticos promovidos por la MDSMP, teniendo como encargado de la administración de la referida piscina al coordinador del OMAPED Los siguientes literales del presente artículo, conservan su misma redacción. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Servicios Sociales la realización de los trámites correspondientes ante la Dirección de Redes Integradas de Salud de Lima Norte (DIRIS L.N), con el objeto de que quede establecido la denominación de la piscina en la documentación de autorización sanitaria correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Presupuesto y Plani fi cación y Gerencia de Administración y Finanzas se brinde el soporte presupuestario y administrativo que permita cumplir el encargo descrito en el artículo precedente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad - OMAPED, a la Sub Gerencia de Servicios Sociales y a la Gerencia de Desarrollo Humano, la implementación y difusión de la Modi fi cación del Reglamento Interno del Centro Municipal para el Deporte Adaptado y Rehabilitación que es administrado por la O fi cina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad – OMAPED de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria General y a la Sub Gerencia de Logística y Gestión Patrimonial, la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”; a la Gerencia de Comunicación, Imagen y Cooperación Técnica la divulgación y difusión; asimismo a la Secretaría General, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres (www.mdsmp.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JULIO ABRAHAM CHAVEZ CHIONG Alcalde 2130809-1 Modifican el artículo 14° del Reglamento del proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito de San Martín de Porres, aprobado por la Ordenanza N° 399/MDSMP DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2022/MDSMP San Martín de Porres, 22 de noviembre de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRESVISTO: El Memorándum Nº 544-2022-GPP/MDSMP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe Nº 508-2022-GAJ/MDSMP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Memorándum Nº 3181-2022-GM/MDSMP, de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, de fi ne al proceso de Presupuesto Participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, e fi ciente, e fi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil; Que, mediante Ordenanza Nº 399/MDSMP, del 26 de febrero de 2016, se aprobó el reglamento del proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito de San Martín de Porres; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 003-2022/ MDSMP, se adecua el artículo 14º del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fi scal 2023, estableciendo como fecha máxima para que la sociedad civil haga efectivo el aporte de su co fi nanciamiento el 31 de octubre de 2022; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 007-2022/ MDSMP, se adecua el artículo 14º del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fi scal 2023, concediéndose como fecha máxima para que la sociedad civil haga efectivo el aporte de su co fi nanciamiento el 30 de noviembre de 2022; Que, el artículo 3º de la Ordenanza Nº 399/MDSMP, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas reglamentarias para la aplicación de la presente Ordenanza, así como la modi fi cación de las fechas correspondiente al Cronograma del Proceso y la fecha de co fi nanciamiento; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorándum Nº 544-2022-GPP/MDSMP, presenta la propuesta de modi fi cación del tercer párrafo del artículo 14º del Reglamento aprobado por la Ordenanza Nº 399/MDSMP, concediéndose hasta el 15 de enero del año 2023, como fecha máxima para que la Sociedad Civil haga efectivo el aporte de su co fi nanciamiento; Estando a lo expuesto con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según el Informe Nº 508-2022-GAJ/MDSMP, y disposición de la Gerencia Municipal según Memorándum Nº 3181-2022-GM/MDSMP y lo dispuesto en los artículos 20º inciso 6), 39º y 42º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el tercer párrafo del artículo 14º del Reglamento aprobado por la Ordenanza Nº 399/MDSMP, concediéndose hasta el 15 de enero del año 2023 como fecha máxima para que los Agentes Participantes hagan efectivo el aporte de su co fi nanciamiento. Artículo Segundo.- ENCARGAR a las áreas de esta Corporación Municipal el estricto cumplimiento al presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- DISPONER a la Secretaria General y a la Sub Gerencia de Logística y Gestión Patrimonial, la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”; a la Gerencia de Comunicación, Imagen y Cooperación Técnica la divulgación y difusión; asimismo a la Secretaria General, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres (www.mdsmp.gob.pe). Artículo Cuarto.- DEROGAR toda norma que se oponga a la presente disposición municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JULIO ABRAHAM CHAVEZ CHIONG Alcalde 2130630-1