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12 NORMAS LEGALES Lunes 5 de diciembre de 2022 El Peruano / conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR al magistrado IVAN ALFREDO CABRERA GIURISICH, Juez Titular del Décimo Juzgado Constitucional, como Juez Superior Provisional de la Primera Sala Constitucional, a partir del día 5 de diciembre del presente año y mientras dure la suspensión de la magistrada La Rosa Guillen; quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Primera Sala Constitucional:Sr. Andrés Fortunato Tapia Gonzales (T) Presidente Sr. David Suarez Burgos (P)Sr. Iván Alfredo Cabrera Giurisch (P) Artículo Segundo.- DESIGNAR al magistrado JUAN FIDEL TORRES TASSO, Juez Titular del Noveno Juzgado Constitucional, como Juez Superior Provisional de la Segunda Sala Constitucional, a partir del 5 de diciembre del presente año y mientras dure las vacaciones del magistrado Choque Saavedra; quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Segunda Sala Constitucional: Sr. Roberto Vílchez Dávila (T) Presidente Sr. Eduardo Armando Romero Roca (T)Sr. Juan Fidel Torres Tasso (P) Artículo Tercero.- DESIGNAR al magistrado MAX IGNACIO CIRILO DIESTRA, Juez Titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tránsito y Seguridad Vial, como Juez Superior Provisional de la Sexta Sala Penal Liquidadora, a partir del 5 de diciembre del presente año y mientras dure la licencia por motivo de salud de la magistrada Poma Valdivieso; quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Sexta Sala Penal Liquidadora: Sra. María Teresa Ynoñan Villanueva (P) Presidente Sra. Kelly Rosario Ramos Hernández (P)Sr. Max Ignacio Cirilo Diestra (P) Artículo Cuarto.- ACEPTAR la declinación del abogado ALEX EDWIN CARBAJAL ALFERES al cargo de Juez Supernumerario del Décimo Octavo Juzgado de Investigación preparatoria a partir del 5 de diciembre del 2022. Artículo Quinto.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la abogada PATRICIA MATILDE HERNANDEZ MEDINA al cargo de Jueza Supernumeraria del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre y Magdalena a partir del 5 de diciembre del presente año, debiendo retornar a su plaza de origen. Artículo Sexto.- DESIGNAR como Jueces/zas Supernumerarios, a partir del 5 de diciembre del presente año, en los siguientes órganos jurisdiccionales: - A la abogada ROSARIO RICARDINA LLANOS CAMPOS, como Jueza Supernumeraria del Décimo Juzgado Constitucional a partir del 5 de diciembre del 2022 y mientras dure la promoción del magistrado Cabrera Giurisich. - Al abogado CAMERO SALVADOR CALDERON MUÑOZ, como Juez Supernumerario del Décimo Octavo Juzgado de Investigación preparatoria a partir del 5 de diciembre del 2022. - A la abogada JUDITH VILLAVICENCIO OLARTE, como Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tránsito y Seguridad Vial a partir del 5 de diciembre del 2022 y mientras dure la promoción del magistrado Cirilo Diestra. - A la abogada GIOVANA ARACELI SALAZAR YLLESCAS, como Jueza Supernumeraria del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre y Magdalena a partir del 5 de diciembre del 2022.Artículo Séptimo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Coordinación de Recursos Humanos, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital y del Magistrado para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSE WILFREDO DIAZ VALLEJOS PresidenteCorte Superior de Justicia de Lima 2131809-1 ORGANISMOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Confirman la Resolución N° 00131-2022- JEE-LUCA/JNE RESOLUCIÓN Nº 01292-2022-JNE Expediente Nº ERM.2022020613 SANTA LUCÍA - LUCANAS - AYACUCHOJEE LUCANAS (ERM.2022018520)ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022APELACIÓN Lima, dieciocho de julio de dos mil veintidósVISTO: en audiencia pública virtual del 8 de julio de 2022, debatido y votado en la fecha, el recurso de apelación presentado por don Juan Silva Huertas, personero legal titular de la organización política Juntos por el Perú (en adelante, señor recurrente), en contra de la Resolución Nº 00131-2022-JEE-LUCA/JNE, del 28 de junio de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lucanas (en adelante, JEE), que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Santa Lucía, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). Oído: el informe oral.PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. El 28 de junio de 2022, mediante la resolución del visto, el JEE declaró improcedente por extemporánea, la solicitud de inscripción de lista de candidatos de la organización política Juntos por el Perú (en adelante, OP). La decisión se fundamentó, principalmente, al veri fi car, del cargo de recepción de la presentación electrónica, que la solicitud de inscripción se ingresó a través de la Mesa de Partes del Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes (SIJE), el 18 de junio de 2022 a las 06:14:13 horas, esto es, fuera del plazo legal establecido en el cronograma electoral 1, y con posterioridad al plazo de ampliación otorgado mediante el Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, JNE), del 14 de junio del presente año. SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS 2.1. El 4 de julio de 2022, el señor recurrente interpuso recurso de apelación en contra de la Resolución Nº 00131-2022-JEE-LUCA/JNE, argumentando, esencialmente, lo siguiente: a) El ingreso de la Declaración Jurada de Hoja de Vida y otros documentos obligatorios en el sistema Declara culminó el 11 de junio de 2022. b) Conforme se aprecia del cargo de recepción electrónica de la solicitud, esta tuvo como inicio de