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14 NORMAS LEGALES Lunes 5 de diciembre de 2022 El Peruano / titular de la organización política Juntos por el Perú; y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución Nº 00131-2022-JEE-LUCA/JNE, del 28 de junio de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lucanas, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Santa Lucía, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Aprobado por Resolución Nº 0932-2021-JNE, publicado el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano. 2 Aprobado con la Resolución Nº 0943-2021-JNE, publicada el 18 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 3 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano. 4 Ver Manual de Usuario de la Mesa de Partes Electrónica del SIJE, ubicado en el enlace <https://mpesije.jne.gob.pe/assets/doc/Manual_General.pdf> 2131731-1 Restablecen a ciudadana su condición de afiliada a organización política Movimiento Regional Contigo Callao RESOLUCIÓN Nº 0882-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022008781 CALLAO-CALLAODNROPAPELACIÓN Lima, siete de junio de dos mil veintidósVISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por doña Katia Lisseth Santamaría Infantes (en adelante, señora recurrente) en contra del acto de inscripción de su renuncia como afi liada a la organización política Movimiento Regional Contigo Callao que aparece en el Sistema del Registro de Organizaciones Políticas (SROP), efectuada por la Dirección Nacional de Organizaciones Políticas (en adelante, DNROP). Oído: el informe oral. PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. Mediante el escrito presentado virtualmente el 15 de marzo de 2022 (Expediente Administrativo Nº 0006596-2022), registrado a nombre de la señora recurrente, se solicitó ante la DNROP su renuncia de a fi liación política a la organización política movimiento regional Contigo Callao. 1.2. Posteriormente, en atención a ello, la DNROP procedió con la anotación de su renuncia, que aparece en el sistema de Consulta Detallada de A fi liación e Historial de Candidaturas del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), ubicada en el portal electrónico institucional <www.jne.gob.pe>, en el enlace SROP 1. SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS2.1. El 12 de mayo de 2022, la señora recurrente presentó recurso de apelación en contra de la mencionada inscripción de renuncia, solicitando que se declare nula y se le restituya como a fi liada a la organización política mencionada, esencialmente, por los siguientes argumentos: a) El 1 de octubre de 2021, se a fi lió a la organización política Movimiento Regional Contigo Callao. Posteriormente, de manera sorpresiva, tomó conocimiento de que se registró su renuncia en mérito a un trámite realizado el 15 de marzo de 2022. b) Re fi ere que la renuncia que se ha presentado por la mesa de partes virtual del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, MPV del JNE) es fraudulenta, habiendo sido suplantada con la intención de impedir que pueda ser candidata en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. c) El ROP ha sido sorprendido por personas inescrupulosas, causando agravio, pues se ha tramitado su renuncia al partido político Movimiento Regional Contigo Callao con documentos fraudulentos. d) Ante la renuncia fraudulenta, se ha procedido a realizar la denuncia correspondiente ante la Comisaría de Mi Perú el 11 de mayo de 2022, de la cual anexa copia. e) La señora recurrente ha lanzado su precandidatura a la alcaldía distrital de Mi Perú, inscribiendo su candidatura para las elecciones internas del movimiento regional Contigo Callao el 3 de abril último, como consta en el sistema Declara Internas del Jurado Nacional de Elecciones. Dichos actos preparatorios acreditan la activa participación en el partido político Movimiento Regional Contigo Callao, desvirtuando cualquier acto de renuncia de la señora recurrente. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 17 del artículo 2 determina:Artículo 2.- Derechos fundamentales de la persona Toda persona tiene derecho:[...] 17. A participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación. Los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de elección, de remoción o revocación de autoridades, de iniciativa legislativa y de referéndum. 1.2. El artículo 35 establece:Los ciudadanos pueden ejercer sus derechos individualmente o a través de organizaciones políticas como partidos, movimientos o alianzas, conforme a ley. Tales organizaciones concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular. Su inscripción en el registro correspondiente les concede personalidad jurídica. […] En la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, LOP) 1.3. Los artículos 18 y 18-A señalan: Artículo 18°.- A fi liación a la organización política Todos los ciudadanos con derecho al sufragio pueden afi liarse libre y voluntariamente a una organización política. […]