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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 204

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Viernes 23 de diciembre de 2022 El Peruano / Que, el artículo 33 de la citada Ley establece que la zonifi cación forestal es aprobada mediante resolución ministerial del MINAM a propuesta del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), en coordinación con la autoridad regional forestal y de fauna silvestre; Que, de acuerdo con el artículo 28 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, la zoni fi cación forestal se sustenta en el expediente técnico elaborado por el Gobierno Regional respectivo, en coordinación con el SERFOR y el MINAM, para lo cual se tiene como referencia la información incluida en el registro de Zoni fi cación Ecológica y Económica (ZEE), previsto en el Reglamento de la Zoni fi cación Ecológica y Económica, aprobado mediante Decreto Supremo N° 087-2004-PCM, y la generada por los instrumentos técnicos que sustentan el ordenamiento territorial que reporta el MINAM; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 168-2016-SERFOR-DE se aprueba la Guía Metodológica de Zoni fi cación Forestal con el objetivo de orientar el desarrollo de los procesos de zoni fi cación forestal a nivel nacional, estableciendo el marco metodológico para la delimitación de las tierras forestales y asignación de las categorías de zoni fi cación forestal, generando un proceso dinámico, fl exible, concertado, bajo los principios aplicables a la gestión forestal, establecidos en la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, así como en la Ley N° 29763; Que, de acuerdo con el numeral 2.4 de la citada Guía, la aprobación de la zoni fi cación forestal puede ser total, que consiste en la aprobación de todas las categorías identi fi cadas en el ámbito de estudio, o modular, que consiste en la aprobación de varias categorías mediante módulos, en una determinada secuencia; Que, mediante Resolución Ministerial N° 447-2018-MINAM, se aprueba la Directiva N° 06-2018-MINAM/DM, denominada “Procedimiento para la aprobación de la zoni fi cación forestal”, el cual tiene por objeto establecer el procedimiento a seguir para la aprobación de la Zoni fi cación Forestal, con la fi nalidad de lograr una gestión e fi ciente de la evaluación del expediente técnico remitido por el SERFOR; Que, el literal h) del artículo 76 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MINAM, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM, señala que la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales tiene la función de aprobar los expedientes técnicos de Zoni fi cación Forestal, elaborados por el Gobierno Regional respectivo; Que, la realización de la zoni fi cación forestal es coherente con la Política Nacional del Ambiente al 2030, aprobada mediante Decreto Supremo N° 023-2021-MINAM, la cual considera el fortalecimiento de la Gobernanza Ambiental con enfoque territorial, como soporte para la conservación, uso y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biológica; así como con la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobada mediante Decreto Supremo N° 009-2013-MINAGRI, la cual considera como uno de sus lineamientos de política la consolidación de la zoni fi cación y el ordenamiento forestal, articulados a la zoni fi cación económica ecológica y el ordenamiento territorial, entre otros; Que, en este contexto, mediante Ordenanza Regional N° 071-2017-GRHCO, se declara de Interés Regional la Zoni fi cación y Ordenamiento Forestal del Departamento de Huánuco; se conforma el Equipo Técnico responsable para facilitar el desarrollo de la Zoni fi cación Forestal, el cual brindará soporte y asesoramiento al Comité Técnico y encarga a la Gerencia General Regional y la Gerencia Regional de Desarrollo Económico la conformación del citado comité, el mismo que fue o fi cializado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 430-2018-GRH/GR; Que, mediante O fi cios N° 598-2022-GRH-GR y N° 791-2022-GRH-GR, el Gobierno Regional de Huánuco remite al SERFOR, el expediente técnico del Módulo I de la Zoni fi cación Forestal del departamento de Huánuco, que tiene como resultado dos categorías: (i) Zona de Protección y Conservación Ecológica (ZPCE), la misma que está conformada por las “Áreas Naturales Protegidas” que en total abarca 240,934.42 ha., y de Ecosistemas Priorizados para la Conservación de la Biodiversidad (EPCB) que representan 362,883.06 ha.; y, (ii) Zona de Tratamiento Especial (ZTE) constituida por las Reservas de Tierras para Pueblos Indígenas en aislamiento o contacto inicial con 44,453.12 ha., las cuales representan una super fi cie total de 648,270.59 ha. correspondiente al 17.16% del área total del ámbito de la Zoni fi cación Forestal del departamento de Huánuco (3,777,903.13 ha.); Que, con O fi cio N° D000433-2022-MIDAGRI- SERFOR-DE, el SERFOR remite al MINAM el INF TEC N° D000326-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO, a través del cual emite opinión técnica favorable al expediente técnico del Módulo I de la Zoni fi cación Forestal del departamento de Huánuco; Que, mediante O fi cio N° 00640-2022-MIDAGRI- SERFOR-DE, el SERFOR remite al MINAM el INF TEC N° D000452-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO, el cual contiene información complementaria sobre el citado expediente técnico, en atención a la observación presentada por la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales, mediante O fi cio N° 147-2022-MINAM/ VMDERN/DGOTGIRN, que adjunta el Informe N° 00283-2022-MINAM/VMDERN/DGOTGIRN/DIOTGIRN; Que, mediante Informe N° 00384-2022-MINAM/ VMDERN/DGOTGIRN la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales hace suyo el Informe N° 00388-2022-MINAM/VMDERN/DGOTGIRN/DIOTGIRN, a través del cual la Dirección de Instrumentos para el Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales señala que el expediente técnico del Primer Módulo de la Zoni fi cación Forestal del departamento de Huánuco ha sido revisado según lo establecido en la Directiva N° 06-2018-MINAM/DM; y, concluye que se ha cumplido con presentar todos los medios de verifi cación y la documentación necesaria, encontrándose sin observaciones, por lo que emite su conformidad y recomienda continuar con el trámite respectivo; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaría General, de la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, que aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal; la Resolución Ministerial N° 447-2018-MINAM, que aprueba la Directiva N° 06-2018-MINAM/DM denominada “Procedimiento para la aprobación de la zoni fi cación forestal”; y, la Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Primer Módulo de la Zoni fi cación Forestal del departamento de Huánuco, que comprende la Zona de Protección y Conservación Ecológica, la misma que está compuesta por 240,934.42 ha. de Áreas Naturales Protegidas (ANP) y 362,883.06 ha. de Ecosistemas Priorizados para la Conservación de la Biodiversidad (EPCB); y de Zonas de Tratamiento Especial (ZTE) conformadas por las Reservas de Tierras para Pueblos Indígenas en aislamiento o contacto inicial con 44,453.12 ha, de acuerdo con el expediente técnico que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBINA RUIZ RÍOS Ministra del Ambiente 2137041-2