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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2022 (08/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Sábado 8 de enero de 2022 El Peruano / Segundo.- DESIGNAR a partir de la fecha, a la Abog. Diana Suhei Viscaino Meza, como FUNCIONARIA RESPONSABLE DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica, cargo que deberá desempeñar bajo responsabilidad, debiendo tener en cuenta los lineamientos que establece la Ley para el presente caso. Tercero.- DISPONER que los funcionarios y servidores de esta comuna municipal, proporcionen la información y documentación que solicite la responsable de acceso a la información, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos sobre la materia, bajo responsabilidad. Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente acto administrativo en el Diario Ofi cial El Peruano. Quinto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica la difusión de la presente resolución en la página web de la municipalidad www.munichosica.gob.pe. y en el Portal de Transparencia Estándar -PTE. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ Alcalde 2028213-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Modifican el Texto Único de Servicios No Exclusivos -TUSNE de la Municipalidad Distrital de Surquillo DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2022-MDS Surquillo, 4 de enero de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: VISTO; el Informe Nº 002-2022-GAJ-MDS de fecha 04 de enero de 2022 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 231-2021-GPPCI-MDS de fecha 29 de diciembre de 2021 emitido por la Gerencia Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional; el Informe Nº 237-2021-GDSEJ-MDS de fecha 29 de diciembre de 2021 emitido por la Gerencia de Desarrollo Social, Educación y Juventudes, respecto a la propuesta de actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Surquillo; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Surquillo, es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el numeral 43.4 del artículo 43º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal; Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 013-2021- MDS, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Surquillo; Que, de conformidad con el Informe Nº 231-2021-GPPCI-MDS de 29 de diciembre de 2021, la Gerencia Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional precisa que resulta procedente modi fi car el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Surquillo, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 013-2021-MDS; Que, mediante el Informe Nº 002-2022-GAJ-MDS de fecha 04 de enero de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica opinó que resulta legalmente viable modi fi car el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Surquillo, debiéndose aprobar vía decreto de alcaldía según lo establecido en los artículos 20º inciso 6, 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; En uso de las facultades conferidas por los artículos 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Surquillo, respecto a los servicios no exclusivos a cargo de la Gerencia de Desarrollo Social, Educación y Juventudes, según el detalle contenido en el anexo adjunto que forma parte integrante del presente decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, disponer las acciones necesarias para el cumplimiento del presente decreto, así como, la respectiva integración del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Surquillo. Artículo Tercero.- ENCARGAR el estricto cumplimiento del presente decreto a las áreas orgánicas competentes de acuerdo a sus funciones. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente decreto en el Diario O fi cial “El Peruano” y el íntegro del anexo antes referido en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Surquillo (www.munisurquillo.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase. GIANCARLO GUIDO CASASSA SÁNCHEZ Alcalde 2028792-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Ordenanza que inhabilita temporalmente el funcionamiento de las zonas de playas los días sábados y domingos, en tanto la Provincia Constitucional del Callao se encuentre en el nivel de alerta alto ORDENANZA Nº 001-2022-MDLP/AL La Punta, 7 de enero de 2022.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE LA PUNTA POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito de La Punta es Sesión Extraordinaria de fecha 07 de enero de 2022 con el voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y; VISTO: El Informe Nº Informe Nº 002-2022-MDLP/GSCDCPM emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal; el O fi cio Nº 004-2022-MDLP/AL emitido por el despacho de Alcaldía de la Municipalidad Distrital de La Punta; el O fi cio Nº 005-2022-MDLP/AL