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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2022 (13/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Jueves 13 de enero de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TOCACHE Ordenanza Nº 024-2021-MPT .- Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Provincial de Tocache 103PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Res. Nº 0001-2022-CD-OSITRAN.- Proyecto de Reglamento de Información Confidencial del OSITRAN y su Exposición de Motivos 104 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Crean el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Grupo de Trabajo para el desarrollo de las provincias de Lucanas, Parinacochas y Páucar del Sara Sara, del departamento de Ayacucho” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 010-2022-PCM Lima, 12 de enero de 2022VISTOS:El Memorando N° D000010-2022-PCM-DVGT del Viceministerio de Gobernanza Territorial; la Nota de Elevación N° 000001-2022-PCM-SGSD, el Informe N° D000014-2021-PCM-SSGD-KCR y el Memorando N° D000035-2022-PCM-SGSD de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo; y, el Memorando Nº 000062-2022-PCM-OGPP e Informe Nº 000004-2022-PCM-OGPP-CYG de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y; CONSIDERANDO:Que, conforme al artículo 44 de la Constitución Política del Perú, es deber primordial del Estado, promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, la institucionalización del diálogo y la concertación constituyen la Cuarta Política de Estado del Acuerdo Nacional; Que, el artículo 17 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo; coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos; pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual depende; Que, el artículo 93 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM, establece que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo del Viceministerio de Gobernanza Territorial, es responsable de conducir los procesos de diálogo, mediación, negociación, entre otros mecanismos, con los diversos actores sociales, representantes de instituciones privadas y funcionarios públicos para contribuir a la solución de con fl ictos sociales, con la fi nalidad de consolidar una cultura de paz, respeto a las obligaciones internacionales y nacionales en derechos humanos y demás valores para la sostenibilidad y la defensa del Estado de Derecho; Que, en la zona sur del departamento de Ayacucho se encuentran las unidades mineras: Apumayo, de la empresa del mismo nombre, en la provincia de Lucanas; Breapampa, de la empresa South América Mining Invesment S.A.C. en la provincia de Parinacochas; y, Pallancata e Inmaculada, de la compañía Minera Ares, en las provincias de Páucar del Sara Sara y Parinacochas, respectivamente; en torno a las cuales se registra un con fl icto social en el que diversas autoridades locales y organizaciones sociales de la zona demandan a los sectores del Poder Ejecutivo información, evaluación y fi scalización de los Planes de Cierre de dichas unidades mineras; Que, ante los diversos episodios de con fl ictividad social ocurridos en noviembre de 2019, diciembre de 2020 y octubre de 2021, el Poder Ejecutivo ha promovido constantemente el diálogo con las autoridades locales y las organizaciones sociales de las provincias de Lucanas, Parinacochas y Páucar del Sara Sara, a través de diversos espacios de diálogo para la atención de las demandas de la población; es así que, el 19 de noviembre de 2021, en el distrito de Coracora, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho, la Presidenta del Consejo de Ministros, con la participación de los Viceministros de Minas, Gestión Ambiental, Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, del Jefe de la Autoridad Nacional del Agua, del Gobernador Regional de Ayacucho, de los alcaldes provinciales y distritales, de las autoridades comunales y de las organizaciones sociales de las provincias antes indicadas, acordaron la creación de un Grupo de Trabajo, liderado por la Presidencia del Consejo de Ministros, con la fi nalidad de promover el desarrollo social y ambiental de la zona de in fl uencia de las unidades mineras Apumayo, Breapampa, Pallancata e Inmaculada, de las provincias de Lucanas, Parinacochas y Páucar del Sara Sara, del departamento de Ayacucho; Que, bajo este contexto, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros advierte la necesidad de desarrollar una estrategia para la adecuada gestión de la problemática social y ambiental de dicho ámbito territorial, por lo que considera necesario e importante conformar un Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Grupo de Trabajo para el desarrollo de las provincias de Lucanas, Parinacochas y Páucar del Sara Sara, del departamento de Ayacucho”, el mismo que cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; Con el visado del Viceministerio de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación de Grupo de Trabajo Créase el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal