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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2022 (13/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Jueves 13 de enero de 2022 El Peruano / a lo establecido en el numeral 24.1 del artículo 24 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución Nº 0306-2020-JNE, para las elecciones regionales y municipales 2022, convocadas a través de Decreto Supremo N° 001-2022-PCM. Artículo 9.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se re fi ere la presente Resolución Ministerial, con fi ere la capacidad decisoria y/o resolutiva sobre los asuntos materia de delegación, sin que esta exima de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 10.- Los funcionarios y servidores responsables a quienes se les delega facultades mediante la presente Resolución Ministerial, deberán informar trimestralmente al Despacho Ministerial, respecto de las actuaciones derivadas de la delegación otorgada. Artículo 11.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a las Comandancias Generales de las Instituciones Armadas, así como a los Despachos Viceministeriales, Secretaría General y a los Directores Generales a quienes se les delega las facultades, para su conocimiento, cumplimiento y difusión. Artículo 12.- La presente Resolución Ministerial tiene vigencia durante el Año Fiscal 2022. Artículo 13.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MANUEL CARRASCO MILLONES Ministro de Defensa 2030075-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Asesor de Alta Dirección - Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0002-2022-MIDAGRI Lima, 12 de enero de 2022VISTOS:El Memorando N° 0038-2022-MIDAGRI-SG/OGGRH y el Memorando N° 0042-2022-MIDAGRI-SG/OGGRH, de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, que adjunta el Informe N° 0007-2022-MIDAGRI-SG/OGGRH-ODTH, complementado con el Informe N° 0008-2022-MIDAGRI-SG/OGGRH-ODTH, de la O fi cina de Desarrollo del Talento Humano; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor de Alta Dirección - Secretaría General del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; siendo necesario designar al profesional que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones del Secretario General, de la Directora General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI;SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Rubén Huamán Huamán, en el cargo de Asesor de Alta Dirección - Secretaría General del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese.VÍCTOR RAÚL MAITA FRISANCHO Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2030092-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Delegan diversas facultades y atribuciones en funcionarios del FONCODES RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 000006-2022-FONCODES/DE Lima, 12 de enero de 2022VISTO:El Informe N° 000004-2022-MIDIS-FONCODES/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (en lo sucesivo MIDIS), determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, disponiendo en su Tercera Disposición Complementaria Final, la adscripción a dicho Ministerio, entre otros Programas, al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (en lo sucesivo Foncodes); Que, mediante Resolución Ministerial N° 228-2017-MIDIS, se aprobó el Manual de Operaciones del Foncodes, el cual constituye el documento técnico normativo de gestión institucional y que establece que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa; Que, asimismo, el literal t) del artículo 9 del Manual de Operaciones del Foncodes, dispone que la Dirección Ejecutiva puede delegar funciones no privativas al cargo, cuando lo considere conveniente, otorgando los poderes necesarios dentro de los límites legales; Que, por su parte, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; establece que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente. Procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad. Asimismo, precisa en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado, y podrá ser responsable con éste por culpa en la vigilancia; Que, el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el presente Decreto Legislativo, las Leyes Anuales del Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. El Titular es el responsable solidario con el delegado; Que, mediante la Ley N° 31365 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se establecen las normas para la gestión presupuestaria y ejecución del gasto público que deben observar los organismos del Sector Público durante el ejercicio 2022; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto