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6 NORMAS LEGALES Sábado 15 de enero de 2022 El Peruano / Artículo 4. Financiamiento La implementación de las acciones previstas en el presente Decreto Supremo se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente. Artículo 5. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de enero del año dos mil veintidos. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILÍN Presidenta del Consejo de Ministros JUAN MANUEL CARRASCO MILLONES Ministro de Defensa AVELINO TRIFÓN GUILLÉN JÁUREGUI Ministro del Interior ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2030951-1 AMBIENTE Designan Secretaria General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 014-2022-MINAM Lima, 14 de enero de 2022CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Secretario/a General del Ministerio del Ambiente; Que, se ha visto por conveniente designar a la funcionaria que desempeñará dicho puesto; Con el visado de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial Nº 167-2021-MINAM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Patricia Hilda Elizabeth Figueroa Valderrama, en el puesto de Secretaria General del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUBÉN JOSÉ RAMÍREZ MATEO Ministro del Ambiente 2030916-1 Modifican la R.M. N° 003-2022-MINAM, mediante la cual se delegaron facultades y atribuciones en diversas unidades de organización de la entidad, para el Año Fiscal 2022 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 015-2022-MINAM Lima, 14 de enero de 2022VISTOS: el Memorando Nº 00038-2022-MINAM/SG/ OGA, de la O fi cina General de Administración; el Informe Nº 00022-2022-MINAM/SG/OGA/OA, de la O fi cina de Abastecimiento; el Memorando Nº 00036-2022-MINAM/SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 003-2022-MINAM, el Titular del Ministerio del Ambiente delega facultades y atribuciones en diversas unidades de organización de la entidad, para el Año Fiscal 2022; Que, el numeral 24.2 del artículo 24 de la Directiva 0005-2021-EF/54.01, “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0014-2021-EF/54.01, señala, en lo concerniente a Productos obtenidos en la Fase de Consolidación y Aprobación, que el Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) es aprobado por el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA); Que, a su vez, el numeral 27.3 del artículo 27 de la citada Directiva establece que las modi fi caciones al CMN son presentadas al Área involucrada en la gestión de la Cadena de Abastecimiento Público (CAP) quien gestiona su aprobación ante el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad, realizándose esta aprobación el último día hábil de la semana; asimismo, el numeral 27.4 del mencionado artículo señala que en caso la modi fi cación requiera ser aprobada en un plazo distinto al indicado previamente, el Área usuaria sustenta ello ante el Área involucrada en la gestión de la CAP, quien gestiona su aprobación, como máximo al día siguiente hábil de su presentación, ante el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad; Que, sobre la base del mencionado marco normativo, mediante el Memorando Nº 00038-2022-MINAM/SG/OGA y el Informe Nº 00022-2022-MINAM/SG/OGA/OA, la Ofi cina General de Administración solicita la modi fi cación de la Resolución Ministerial Nº 003-2022-MINAM, a fi n de delegar en la Secretaría General la facultad prevista en numeral 24.2 del artículo 24 de la Directiva 0005-2021-EF/54.01, y en la O fi cina General de Administración la facultad prevista en los numerales 27.3 y 27.4 del artículo 27 de la citada Directiva; Que, teniendo en consideración las normas citadas en los considerandos precedentes y con el propósito de lograr una mayor fl uidez en la marcha administrativa del Ministerio del Ambiente, resulta conveniente delegar las facultades conforme a lo solicitado por la O fi cina General de Administración, durante el Año Fiscal 2022; Que, asimismo, corresponde modi fi car el literal d) del numeral 3.2 del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 003-2022-MINAM, con el propósito de precisar la base normativa actualizada señalada en dicho acápite; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Administración, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Resolución Ministerial Nº 167-2021-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Directiva 0005-2021-EF/54.01, “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0014-2021-EF/54.01;