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68 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de enero de 2022 El Peruano / MOP remitido por la OPP se encuentra conforme a la normativa legal vigente y, en consecuencia, se emite el presente informe de validación de las mismas, conforme a lo previsto en el numeral 55.1 del Artículo 55 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, iii) Resulta viable continuar con el trámite para la aprobación del proyecto de MOP ante el Comité Directivo de INVERMET, el cual ya se encuentra alineado con lo dispuesto en la Décima Sexta Disposición Complementaria Final de los Lineamientos de Organización del Estado. Con la aprobación del MOP propuesto por la OPP, se deberá derogar el actual ROF aprobado por Resolución N° 009-2011-CD; Que, la Gerencia de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Memorandos N° D000752-2021-MML-GP de 1 de octubre de 2021 y N° D000968-2021-MML-GP de 22 de diciembre de 2021, remite los Informes N° D000289-2021-MML-GP-SOM de 28 de setiembre de 2021 y N° D000386-2021-MML-GP-SOM de 17 de diciembre de 2021, de la Subgerencia de Organización y Modernización, por el cual señala, entre otros: i) Conforme a las características del INVERMET y lo dispuesto en la normativa vigente en materia organizacional, norma de creación y su Reglamento, aprobado mediante Ordenanza N° 2315, este cali fi ca como un órgano desconcentrado especial, cali fi cación que no afecta sus funciones ni autonomía que su norma de creación le reconoce, conforme lo señala la Décimo Sexta Disposición Complementarias Final de los Lineamientos de Organización del Estado; ii) El Fondo Metropolitano de Inversiones - INVERMET, debido a los cambios normativos, modi fi ca su propuesta inicial de Reglamento de Organización y Funciones - ROF por un Manual de Operaciones - MOP, que fue remitido a la Gerencia de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima; iii) La propuesta de Manual de Operaciones cumple con las disposiciones establecidas por los Lineamientos de Organización del Estado y los Lineamientos N° 02-2020- SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de Operaciones – MOP; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Informe N° D000027-2022-MML-GAJ de 13 de enero de 2022, concluye que: i) INVERMET es un organismo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que al no contar con pliego presupuestal independiente, se convierte organizacionalmente en un órgano desconcentrado especial, conforme a lo establecido en la Décimo Sexta Disposición Complementaria Final de los Lineamientos de Organización del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, ii) El Manual de Operaciones propuesto por INVERMET cuenta con el debido Informe Técnico emitido por la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto que sustenta la estructura y los mecanismos de control y coordinación; así como el Informe emitido por la O fi cina de Asesoría Legal de INVERMET, por el cual valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP, iii) Estando a lo expuesto, somos de la opinión que resulta legalmente viable se apruebe el Manual de Operaciones de INVERMET a través de un Decreto de Alcaldía, conforme a lo propuesto por la Gerencia de Plani fi cación, a través de la Subgerencia de Organización y Modernización; Estando a lo expuesto en los considerandos y de conformidad con los Artículos 39 y 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo 1. Aprobar el Manual de Operaciones (MOP) del Fondo Metropolitano de Inversiones (INVERMET) constituido por tres (3) Títulos, seis (6) Capítulos, cincuenta y seis (56) Artículos y dos (2) Anexos, que forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 2. Disponer que los literales a), e), f), g), i) y j) del Artículo 15 y los literales a), c), f), g), h), i) y w) del Artículo 19 del Manual de Operaciones (MOP) del INVERMET aprobado en el Artículo precedente, entrarán en vigencia una vez que sea aprobada la actualización del Reglamento de INVERMET en los artículos y literales correspondientes. Artículo 3. Dejar sin efecto toda disposición contraria a las disposiciones contenidas en el Manual de Operaciones (MOP) aprobado en el Artículo 1 del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 4. Encargar a la Secretaría General del Concejo que en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, remita el presente Decreto de Alcaldía, así como los informes de sustento al siguiente correo electrónico: organizacióndelestado@pcm.gob.pe. Artículo 5. Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), así como en el Portal Institucional del INVERMET (www.invermet.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario o fi cial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 2033274-1 Aprueban la “Directiva que establece los lineamientos para la realización de operaciones y servicios mediante la Agencia Virtual del SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima” SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA – SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 001-004-00004743 Lima, 18 de enero de 2022.CONSIDERANDO:Que, mediante Edicto N.º 225, se creó el Servicio de Administración Tributaria - SAT, como organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y fi nanciera; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y 13 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del SAT, aprobado mediante la Ordenanza N.° 1698, modi fi cada por la Ordenanza N.° 1881, la Jefatura de la institución tiene como principal objetivo dirigir, controlar y supervisar el correcto funcionamiento de la entidad; así como aprobar las directivas y circulares destinadas a poner en conocimiento de los contribuyentes o responsables el adecuado cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Que, a través de la Resolución Jefatural N.º 001- 004-00004447 publicada el 30 de junio del 2020, se aprobó la Directiva N.º 001-006-00000029, “Directiva que establece los lineamientos para el registro y uso de la Agencia Virtual del SAT”, con el objeto de promover la presentación de declaraciones juradas del Impuesto al Patrimonio Vehicular e Impuesto Predial, la actualización de datos y domicilio fi scal para efectos tributarios, la liquidación de pago del Impuesto de Alcabala; así como la presentación de escritos, documentos o solicitudes que se dirijan al SAT, mediante canales o plataformas digitales; Que, por Decreto Supremo N.° 008-2020-SA, se declara la emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control para evitar la propagación del