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66 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de enero de 2022 El Peruano / UIT = S/4.400 N.º DERECHO TRÁMITEN.º PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD DERECHO (I) COSTO ( C ) S/% COBERTURA (I / C) S/ 12.3.b Reimpresión de declaración jurada HR o PU o RD : b) Por hoja adicional. 0,30 0,35 86,64% 150 12.4 Constancia de No Adeudo Tributario (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales). 14,00 14,01 99,93% 151 UIT vigente en el año 2021 = S/ 4,400.00 Fuente: Expediente Ordenanza N.º 315-MDLElaboración: Servicio de Administración Tributaria de Lima Artículo 2. El presente Acuerdo rati fi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación, incluyendo el texto de la Ordenanza Nº 315-MDL, en el Diario O fi cial El Peruano. Adicionalmente, la Ordenanza y su Anexo que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el Portal Web del Diario O fi cial El Peruano, así como también, se difundirá en la Plataforma Digital Única para Orientación del Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 44.2 y 44.3 del Artículo 44 del TUO de la Ley Nº 27444. Cabe indicar que es responsabilidad de la Municipalidad Distrital adecuarse a los cambios normativos que se produzcan posteriormente. La aplicación de la Ordenanza materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica así como la aplicación estricta de las disposiciones contenidas en la Ordenanza ratifi cada y en la normativa vigente. Dicha responsabilidad implica adoptar las medidas necesarias a efectos que, en relación de los procedimientos administrativos que cuenten con pronunciamiento favorable, el derecho de trámite total del procedimiento no exceda en valor una (1) unidad impositiva tributaria, y en caso que excediera, previo a su cobro se solicite la autorización prevista en el Artículo 54 del TUO de la Ley Nº 27444, cuya fi scalización se encuentra a cargo de entidades competentes para ello. La publicación se deberá realizar, sin perjuicio que la Municipalidad deje sin efecto en forma expresa los derechos de trámite correspondientes a los procedimientos administrativos incluidos en la Ordenanza y Anexo TUPA, cuyos derechos de trámite no cuentan con pronunciamiento favorable, por lo que no se encuentran incluidos en el Anexo A del Informe Nº D000191-2021-SAT-ART de 15 de diciembre de 2021. Artículo 3. Encargar al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) que, posterior al cumplimiento del citado requisito de publicación, efectúe la publicación del presente Acuerdo a través de su página web (www.sat.gob.pe), así como del Informe del SAT. Artículo 4. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 2033367-1 Aprueban el Manual de Operaciones (MOP) del Fondo Metropolitano de Inversiones (INVERMET) DECRETO DE ALCALDÍA N° 02-2022 Lima, 21 de enero de 2022 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA VISTO:Los O fi cios N° D000273-2021-INVERMET-GG y N° D000345-2021-INVERMET-GG de la Gerencia General de INVERMET, el Informe N° 000107-2021-INVERMET-OPP, el Memorando N° 001633-2021-INVERMET-OPP y el Informe N° 000014-2021-INVERMET-OPP-RBC de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de INVERMET, los Informes N° 000016-2021-INVERMET-OAJ-CPA, N° 000036-2021-INVERMET-OAJ-CPA y los Memorandos N° 000381-2021-INVERMET-OAJ, N° 000550-2021-INVERMET-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de INVERMET, los Informes N° D000289-2021-MML-GP-SOM y N° D000386-2021-MML-GP-SOM de la Subgerencia de Organización y Modernización perteneciente a la Gerencia de Plani fi cación, los Memorandos N° D000752-2021-MML-GP y N° D000968-2021-MML-GP de la Gerencia de Plani fi cación y el Informe N° D000027-2022-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante Ley N° 27972), la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado (en adelante Lineamientos), que contienen principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, buscando que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; Que, el 06 de abril de 2021, se publicó el Decreto Supremo N° 064-2021-PCM, el cual modi fi ca e incorpora nuevas disposiciones a las ya establecidas en los Lineamientos aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; Que, el acotado Decreto Supremo N° 064-2021-PCM incorporó la Décimo Sexta Disposición Complementaria Final a los Lineamientos de Organización del Estado, que señala que aquellas entidades creadas antes de la entrada en vigencia de los referidos Lineamientos, cuya ley de creación les asignó personería jurídica, pero que no han sido cali fi cadas como pliegos presupuestales, tal como lo dispone el numeral 30.2 del Artículo 30, cali fi can desde el punto de vista organizacional, como órganos desconcentrados especiales y que su organización se formaliza en un Manual de Operaciones que aprueba la entidad en cuyo ámbito se encuentra; Que, el numeral 55.1 del Artículo 55 de los Lineamientos, establece que la propuesta del Manual de Operaciones (MOP), se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto