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98 NORMAS LEGALES Viernes 28 de enero de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Ordenanza que prohíbe el ejercicio de la prostitución en todas sus formas en el distrito de Pucusana ORDENANZA MUNICIPAL Nº 310-2022/MDP Pucusana, 21 de enero de 2022LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE PUCUSANA; VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo Virtual de la fecha, el Expediente Administrativo Nº 5445-2021 de fecha 28 de octubre de 2021 presentando por los Pobladores del Distrito de Pucusana, Memorando Nº 904A-2021-GM/MDP de fecha 03 de noviembre de 2021 de la Gerencia Municipal, Proveído Nº 043-2021-GSCFyC/MDP de fecha 12 de noviembre de 2021 de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control, Informe Nº 382-A-2021-SGFyC-GSCFyC/MDP de fecha 18 de noviembre de 2021 de la Sub Gerencia de Fiscalización y Control, Informe Nº 090-A-2021-GSCFyC/MDP de fecha 01 de diciembre de 2021 de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control, Memorando Nº 1011-2021-GM/MDP de fecha 13 de diciembre de 2021 de la Gerencia Municipal, Memorándum Nº 193-2021-GAJ-MDP de fecha 16 de diciembre de 2021 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 046-2021-GPP-MDP de fecha 28 de diciembre de 2021 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe Legal Nº 002-2022-GAJ-MDP de fecha 07 de enero de 2022 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 020-2022-GM/MDP de fecha 11 de enero de 2022 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú señala en su artículo 194º que las Municipalidades son órgano de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo previsto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contempla que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, referente a la de finición de las Ordenanzas, establece lo siguiente: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa (…)”. Que, el artículo 46º de la Ley antes acotada, establece que las Ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de las disposiciones municipales, determinando la escala de multas en función de gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias, según la facultad concedida en virtud del artículo 247º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 299-2021/ MDP publicado en el Diario O ficial El Peruano con fecha 29 de setiembre de 2021, se aprobó el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUISA) de la Municipalidad Distrital de Pucusana. Que, mediante Expediente Administrativo Nº 5445- 2021 de fecha 28 de octubre de 2021, los Pobladores del Distrito de Pucusana solicitan a través de un memorial la elaboración de una “Ordenanza que prohíba toda modalidad de prostitución”, incluyendo la multa y las sanciones penales para los establecimientos que funcionen como prostíbulos itinerantes, toda vez que, se ha presentado un desborde de la prostitución en el Distrito de Pucusana. Que, mediante Memorando Nº 904A-2021-GM/ MDP de fecha 03 de noviembre de 2021, la Gerencia Municipal solicita a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control la elaboración de un “Proyecto de Ordenanza Municipal que prohíba toda modalidad de prostitución”, incluyendo la multa y las sanciones penales para los establecimientos que funcionen como prostíbulos itinerantes en el distrito de Pucusana. Que, mediante Proveído Nº 043-2021-GSCFyC/ MDP de fecha 12 de noviembre de 2021, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control solicita a la Sub Gerencia de Fiscalización y Control elaborar un “Proyecto de Ordenanza Municipal que prohíba el ejercicio de la prostitución en todas sus formas en el distrito de Pucusana”. Que, mediante Informe Nº 382-A-2021-SGFyC- GSCFyC/MDP de fecha 18 de noviembre de 2021, la Sub Gerencia de Fiscalización y Control remite a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control el Proyecto de la “Ordenanza Municipal que Prohíbe el Ejercicio de la Prostitución en todas sus formas en la Jurisdicción de Pucusana”. Que, mediante Informe Nº 090-A-2021-GSCFyC/ MDP de fecha 01 de diciembre de 2021, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control solicita a la Gerencia Municipal la aprobación de la “Ordenanza que Prohíbe el Ejercicio de la Prostitución en todas sus formas en el Distrito de Pucusana”. Que, mediante Memorando Nº 1011-2021-GM/MDP de fecha 13 de diciembre de 2021, la Gerencia Municipal solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica la emisión de opinión legal sobre la procedencia de aprobar la “Ordenanza que Prohíbe el Ejercicio de la Prostitución en todas sus formas en el Distrito de Pucusana”. Que, mediante Memorándum Nº 193-2021-GAJ-MDP de fecha 16 de diciembre de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica previamente a emitir opinión legal, solicita a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la emisión de opinión técnica respecto a la viabilidad de aprobar la “Ordenanza que Prohíbe el Ejercicio de la Prostitución en todas sus formas en el Distrito de Pucusana”. Que, mediante Informe Nº 046-2021-GPP-MDP de fecha 28 de diciembre de 2021, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica declarando viable la aprobación de la “Ordenanza que Prohíbe el Ejercicio de la Prostitución en todas sus formas en el Distrito de Pucusana”, sosteniendo como principal argumento lo siguiente: “(…) de conformidad a la normativa vigente aplicable en la materia, considerando la Estructura del documento propuesto, cumple con los lineamientos por lo que en ese sentido otorgamos opinión técnica favorable al presente proyecto”. Que, mediante Informe Legal Nº 002-2022-GAJ-MDP de fecha 07 de enero de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal declarando favorable la aprobación de la “Ordenanza que Prohíbe el Ejercicio de la Prostitución en todas sus formas en el Distrito de Pucusana”, toda vez que, se enmarca en lo previsto por la normatividad de la materia. Que, mediante Memorando Nº 020-2022-GM/MDP de fecha 11 de enero de 2022, la Gerencia Municipal solicita que se agende en Sesión de Concejo la aprobación de la “Ordenanza que Prohíbe el Ejercicio de la Prostitución en todas sus formas en el Distrito de Pucusana”, toda vez que cuenta con los Informes Técnicos y Legal sustentatorios de las áreas competentes. Que, estando a los fundamentos expuestos en los informes técnicos y legal antes mencionados y a las disposiciones legales citadas, se recomienda la