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85 NORMAS LEGALES Viernes 28 de enero de 2022 El Peruano / LA REGIÓN TUMBES, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Ordenanza Regional y forma parte integrante de la misma, el cual está comprendido de un Marco Legal, Tres (03) fases en la Ruta Metodológica, su Análisis de la Situación Problemática (Cuatro (04) Ítem) y su Propuesta de Cambio (Tres (03) Ítem). Artículo Segundo.- DISPONER que el PLAN DE MANEJO INTEGRADO DE LAS ZONAS MARINO COSTERAS DE LA REGIÓN TUMBES, es un instrumento técnico y orientador, que tiene como objetivo lograr un verdadero nivel de articulación efectiva entre los tres niveles de gobierno para mejorar la calidad de vida de la población y sus medios de vida, a través de la recuperación y mantenimiento de los bienes y servicios ecosistémicos de las zonas marino costeras. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la dirección, coordinación, seguimiento y evaluación de la implementación del PLAN DE MANEJO INTEGRADO DE LAS ZONAS MARINO COSTERAS DE LA REGIÓN TUMBES, en coordinación con el Ministerio del Ambiente. La evaluación del Plan se realizará cada año, siendo responsabilidad de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Ambiente determinar el nivel de avance de su implementación y/o la necesidad de actualización del instrumento, en coordinación con el Grupo Técnico de Manejo Integrado de la Zona Marino Costera, el Ministerio del Ambiente, y las demás entidades competentes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano; la misma que una vez entrada en vigencia dispondrá su inclusión en el portal Web del Gobierno Regional de Tumbes. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Comuníquese al señor presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación. En Tumbes a los 02 días del mes de setiembre del año dos mil veintiuno. ANTONIO MANUEL ESPINOZA SORIANO Consejero Regional POR TANTORegístrese, publíquese y cúmplase.WILMER F. DIOS BENITES Gobernador Regional de Tumbes 2033790-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican ciento treinta y nueve (139) derechos de trámite correspondientes a ciento treinta y siete (137) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, aprobados en la Ordenanza N° 385/MLV por la Municipalidad Distrital de La Victoria ACUERDO DE CONCEJO N° 497 Lima, 29 de diciembre de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Extraordinaria de la fecha; VISTO:El O fi cio N° D000303-2021-SAT-JEF de 16 de diciembre de 2021 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), que remite el expediente de rati fi cación digital de la Ordenanza N° 385/ MLV, que aprueba los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de La Victoria, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 40 de la Ley N° 27972, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza N° 2386-2021, que sustituye la Ordenanza N° 2085, que aprueba el Procedimiento de Rati fi cación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital de La Victoria aprobó la Ordenanza N° 385/MLV, objeto de la rati fi cación, remitiendo la misma acompañada del expediente de rati fi cación digitalizado, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), con carácter de Declaración Jurada, sujetos a revisión por las entidades competentes, y el SAT en uso de sus competencias; Que, a través del Informe N° D000192-2021-SAT- ART de 15 de diciembre de 2021, el Área Funcional de Ratifi caciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) emite pronunciamiento favorable respecto de ciento treinta y nueve (139) derechos de trámite correspondientes a ciento treinta y siete (137) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, cuyos costos únicamente han sido enviados y sustentados, listados en el Anexo A del presente Informe, aprobados en la Ordenanza N° 385/MLV por la Municipalidad Distrital de La Victoria; luego de haberse veri fi cado que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con la normativa vigente en cuanto responde al costo que incurre la Municipalidad en la prestación del servicio; Que, el mencionado Informe se sustenta en los requisitos exigidos y las normas aplicables contenidas en la Ordenanza N° 2386-2021 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modi fi catorias, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, el Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo N° 776, Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, entre otros dispositivos legales, debiéndose efectuar la publicación del texto de la ordenanza distrital y el acuerdo ratifi catorio que contiene los derechos de trámite de los procedimientos y servicios prestados en exclusividad, materia de la rati fi cación, en el Diario O fi cial El Peruano. Adicionalmente, la Ordenanza y su Anexo que contiene los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el Portal Web del Diario O fi cial El Peruano, así como se difundirá en la Plataforma Digital Única para Orientación