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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2022 (28/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 84

84 NORMAS LEGALES Viernes 28 de enero de 2022 El Peruano / 8. Un representante de la Dirección Regional de Transportes y Comulaciones de Tumbes 9. Un representante del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA 10. Un representante de la Gobernación (Prefectura)11. Un representante de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento SUNASS 12. Un representante de la Municipalidad Provincial de Tumbes 13. Un representante de la Municipalidad Provincial de Zarumilla 14. Un representante de la Municipalidad Provincial de Contralmirante Villar 15. Un representante del Área de Concertación Privada 16. Un representante del Área de Conservación Ambiental 17. Un representante de la Autoridad Marítima Nacional (Dirección General de Capitanía y Guardacostas – Capitanía de Puerto de Zorritos) 18. Un representante de la Administración Local del Agua – ALA Tumbes. 19. Un representante del Departamento de protección del Medio Ambiente de la PNP. 20. Un representante de la Asociación Langostinera Peruana – ALPE. 21. Un representante de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Tumbes. 22. Un representante de la Organización de Productores Agrarios de Tumbes. 23. Un representante de las Asociaciones de Pescadores Artesanales de Tumbes. 24. Un representante de las Asociaciones de Ganaderos de Tumbes. 25. Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente – Consejo Regional Tumbes. 26. Proyecto: Iniciativa Pesqueras Costeras – CFI.27. Consorcio Manglares Noroeste del Perú.28. Dirección Regional de Educación.29. Área de Conservación Privada Bosque Seco Amotape. 30. Área de Conservación Regional Angostura Faical – GRRNGMA-GORE TUMBES. 31. Colegio de Biólogos del Perú.32. Municipalidad Delegada de Puerto Pizarro.33. Santuario Nacional Manglares de Tumbes – SERNAMP. 34. Cámara Regional de Turismo – CARETUR Tumbes. 35. Universidad Nacional de Tumbes. Que, mediante el Decreto Regional Nº 00000003- 2020/GOB.REG.TUMBES-GR, de fecha 29 de setiembre del 2020, se aprobó el Reglamento Interno de Funcionamiento del Grupo Técnico Regional del Manejo Integrado de las Zonas Marino Costeras en el Ámbito Jurisdiccional de la Región Tumbes, el mismo que forma parte integrante de este acuerdo de Directorio; Que, mediante el Acuerdo de Consejo Regional Nº 034- 2021/GOB. REG. TUMBES-CR.CD, emitido en la Sesión Ordinaria Nº 006-2021, del día 11 de junio del 2021, se aprobó por unanimidad el Dictamen Nº 002-2021/GOB.REG.TUMBES - CR-CRNGMA “APROBAR EL PLAN DE MANEJO INTEGRADO DE LAS ZONAS MARINO COSTERAS DE LA REGIÓN TUMBES”, formulado por la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente, y se ordenó emitir la Ordenanza Regional correspondiente; formulándose para ello, el Proyecto de Ordenanza Regional Nº 004-2021/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, el mismo que fue tramitado al Gobernador Regional, para las acciones correspondientes; Que, mediante el O fi cio Nº 257-2021/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR, del 28 de junio del 2021, el Gobernador Regional de Tumbes formula observaciones a la Ordenanza Regional Nº 004-2021/GOB. REG. TUMBES-CR-CD y al expediente que lo sustenta, siendo esta tal y como sigue: 1. A folios 362 al folio 389 los cuales no han sido suscritos por el responsable de su formulación, los mismos que se encuentran duplicados con los folios 302 al 361.2. La parte resolutiva de la Ordenanza Regional (Artículo Primero) se debe considerar el contenido del Plan de Manejo Integrado de las zonas Marino Costeros de la Región Tumbes, el mismo que no ha sido considerado tampoco en el Dictamen Nº 02-2021/GOB. REG. TUMBES-CR-CRNGMA. Que, mediante el Informe Nº 013-2021/GOB. REG. TUMBES-GGR-GRRNGMA-SGRN-LCL, del 26 de julio del 2021, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, se formula el levantamiento de las observaciones efectuadas a la Ordenanza Regional Nº 004-2021/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, precisándose lo siguiente: 1. El número de folios ha variado al suprimir los documentos que se encuentran duplicados, por lo tanto, queda en un número total de 386 folios y los folios 306-335 ya han sido suscritos por el responsable de su formulación. 2. Que el Artículo Primero de la Ordenanza Regional, debe establecer lo siguiente: “Aprobar el Plan de Manejo Integrado de las Zonas Marino Costeras de la Región Tumbes, el mismo que comprende de un marco normativo vigente, la ruta metodológica, el análisis de la unidad de manejo y la propuesta de cambio, en el cual se de fi ne el cambio deseado, se analizan los problemas, se elabora la ruta de cambio y la matriz de plani fi cación, identi fi cándose 18 problemas y priorizándose 09 problemas a través del análisis estructural, donde se considera generar verdaderos mecanismos de articulación en los puntos claves. Esta aprobación se da por los fundamentos expresados en la parte considerativa, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional”; Que, con el Informe Nº 092-2021/GOB. REG. TUMBES-GGR-GRRNGMA-SGRN-SG, del 27 de julio del 2021, el Sub Gerente de Recursos Naturales alcanza al Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente el Informe Nº 013-2021/GOB. REG. TUMBES-GGR-GRRNGMA-SGRN-LCL, con el que se hace el levantamiento de las observaciones; Que, en ese orden la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente formuló el Dictamen Nº 003-2021/GOB. REG. TUMBES- CR - CRNGMA “APROBAR EL PLAN DE MANEJO INTEGRADO DE LAS ZONAS MARINO COSTERAS DE LA REGIÓN TUMBES”, Dictamen formulado atendiendo observaciones a la Ordenanza Regional Nª 004-2021/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, presentadas en el trámite para su publicación; Que, mediante el Acuerdo de Consejo Regional Nº 044- 2021/GOB. REG. TUMBES-CR.CD, emitido en la Sesión Ordinaria Nº 009-2021, del día 02 de setiembre del 2021, se aprobó por unanimidad el Dictamen Nº 003-2021/GOB.REG.TUMBES - CR-CRNGMA, “APROBAR EL PLAN DE MANEJO INTEGRADO DE LAS ZONAS MARINO COSTERAS DE LA REGIÓN TUMBES”, Dictamen formulado atendiendo observaciones a la Ordenanza Regional Nª 004-2021/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, presentadas en el trámite para su publicación, elaborado por la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente; se dejó sin efecto el Acuerdo de Consejo Regional Nº 034-2021/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, emitido en la Sesión Ordinaria Nº 006-2021, del día 11 de junio del 2021, y se ordenó además reformular el Proyecto de Ordenanza Regional Nº 004-2021/GOB.REG.TUMBES-CR-CD adecuándolo al contenido del Dictamen Nº 003-2021/GOB. REG. TUMBES-CR-CRNGMA; De conformidad, con la Constitución Política del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Art. 37º inciso a) de la Ley Nº 27867 el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes en uso de sus facultades y atribuciones; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE MANEJO INTEGRADO DE LAS ZONAS MARINO COSTERAS DE