TEXTO PAGINA: 95
95 NORMAS LEGALES Viernes 28 de enero de 2022 El Peruano / mediante ordenanzas crean, modi fi can, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley y se supedita, la puesta en vigencia de la norma a su rati fi cación por la Municipalidad provincial de su circunscripción; Que, conforme al artículo 13° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N°156-2004-EF y normas modi fi catorias, las municipalidades están facultadas para establecer un monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial equivalente al 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 enero del año en que corresponda el impuesto, motivo por el cual es necesario establecer el monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial; Que, así mismo el artículo 15° del citado dispositivo legal regula la forma de pago del Impuesto Predial, estableciendo que los pagos pueden efectuarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año, o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día hábil del mes de febrero y las siguientes los últimos días hábiles de los meses de mayo, agosto y noviembre, reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del Índice de Precios al Por Mayor (IPM), que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); Que, siendo los arbitrios municipales de periodicidad mensual, es pertinente establecer las fechas para su cancelación, en concordancia con la Norma XII del T.U.O del Código Tributario, aprobado por D.S N°133-2013-EF y normas modi fi catorias; Que, con la Ordenanza Municipal N°428-2021/ML se establece el régimen tributario de los arbitrios municipales de limpieza pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), parques, jardines y serenazgo en la jurisdicción del distrito de Lurín para el ejercicio 2022, Ordenanza que establece que la periodicidad del vencimiento de los arbitrios de recolección de residuos sólidos, barrido de calles y vías públicas, mantenimiento de parques y jardines públicos y serenazgo son de periodicidad mensual, siendo el día de su vencimiento el último día hábil de cada mes del 2022, excepto el vencimiento del mes de enero, cuyo vencimiento es el último día hábil del mes de febrero; Que, corresponde establecer el Cronograma de Vencimiento de Pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2022, a fi n de que sea o fi cial y comunicado a los contribuyentes de la Municipalidad de Lurín, a través de las Cuponeras próximas a emitirse, así como en el portal web y en todo medio que corresponda; En uso de las facultades que con fi ere el numeral 3) del artículo 9º, artículo 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el Voto Unánime de los Señores Regidores; con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal en ejercicio de sus facultades, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO DE PAGOS DEL IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES E IMPORTE MÍNIMO DE PAGO DE IMPUESTO PREDIAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2022 Artículo Primero. - Establecer como fecha de vencimiento para el pago del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2022 en el Distrito de Lurín los siguientes: Impuesto Predial:• Cuota Anual (Pago al Contado): 28 de febrero 2022.• Cuotas Trimestrales:1. Primer Vencimiento: 28 de febrero 2022. 2. Segundo Vencimiento: 31 de mayo 2022.3. Tercer Vencimiento: 31 de agosto 2022.4. Cuarto Vencimiento: 30 de noviembre 2022. Artículo Segundo. - Fijar el monto equivalente al 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1º de enero del 2022, el monto mínimo a pagar por el concepto del Impuesto Predial para el año 2022. Artículo Tercero. - Establecer como fecha de vencimiento para el pago de los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2022, de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques, Jardines y Serenazgo en el distrito de Lurín los siguientes: • Primer y Segundo Vencimiento: 28 de febrero 2022. • Tercer Vencimiento: 31 de marzo 2022.• Cuarto Vencimiento: 29 de abril 2022.• Quinto Vencimiento: 31 de mayo 2022.• Sexto Vencimiento: 30 de junio 2022.• Séptimo Vencimiento: 27 de julio 2022.• Octavo Vencimiento: 31 de agosto 2022.• Noveno Vencimiento: 30 de septiembre 2022.• Décimo Vencimiento: 31 de octubre 2022.• Décimo Primer Vencimiento: 30 de noviembre 2022.• Décimo Segundo Vencimiento: 30 de diciembre 2022. Artículo Cuarto. ENCARGAR a la Secretaría General y a la Gerencia de Administración y Finanzas, la publicación de la Ordenanza en el diario O fi cial “El Peruano Artículo Quinto. - La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. DISPOSICIONES FINALES Única. - FACÚLTESE al señor Alcalde, a fi n de que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones que fueran necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza Municipal, así como prorrogar su vigencia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase,FRANCISCO AMADOR JULCA MIDEYROS Alcalde 2034348-1 Incorporan cinco servicios no Exclusivos a cargo de la Subgerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial al Texto Único de Servicios no Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Lurín RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 013-2022-ALC-MDL Lurín, 13 de enero de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN VISTO: El Memorándum Nº2078-2021-GPP/ML de fecha 22 de noviembre de 2021 emitido por la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe Nº076-2021- SGTTSV-GF/MDL de fecha 26 de noviembre de 2021 emitido por la Subgerencia de Transito, Transporte y Seguridad Vial; el Memorándum Nº1271-2021-GF/ML de fecha 29 de noviembre de 2021 emitido por la Gerencia de Fiscalización, el Informe Nº175-2021-SGPM-GPP/ML de fecha 21 de diciembre de 2021 de la Subgerencia de Planeamiento y Modernización, el Memorándum Nº2130-2021-GPP/MDL de fecha 22 de diciembre de 2021 de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Memorándum Nº004-2022-GAJ/ML de fecha 06 de enero de 2022 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº001-2022-GPP/ML de fecha 10 de enero de 2022 de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Memorándum Nº029- 2022-GM/ML de fecha 12 de enero de 2022 de Gerencia Municipal; y,