TEXTO PAGINA: 96
96 NORMAS LEGALES Viernes 28 de enero de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley Nº30305, Ley de Reforma Constitucional de los artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los Gobiernos Locales, establece que las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que según lo dispuesto por el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo al numeral 43.4 del artículo 43º del Decreto Supremo Nº004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº332-2016- ALC/ML de fecha 20 de diciembre del 2016, se aprueba el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE – de la Municipalidad Distrital de Lurín; Que, es necesario crear y/o actualizar el tarifario de costos de servicios no exclusivos que presta la Municipalidad Distrital de Lurín, adecuándolo a las necesidades de los usuarios y aplicando los principios de celeridad, e fi cacia y simplicidad; principios que son de aplicación de cualquier entidad que buscan alcanzar adecuados estándares de calidad en los servicios que ofrece; Que, el Texto Único de Servicios No Exclusivos, es el documento que complementa al TUPA, brindando la posibilidad a las instituciones públicas de brindar a los administrados servicios que puedan ser entregados por otras instituciones públicos o particulares, siempre que no pertenezcan a sus funciones exclusivas o privadas; para satisfacer una demanda; Que, la Subgerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial mediante Informe Nº076-2021-SGTTSV-GF/MDL de fecha 26 de noviembre de 2021, considera que es viable el proyecto de actualizar e incorporar Servicios No Exclusivos al TUSNE, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº332-2016-ALC/ML con el fi n de satisfacer a la población, con los diversos servicios no exclusivos que brindará la subgerencia mencionada, haciéndose necesaria su aprobación a fi n de contar con un instrumento actualizado que facilite la difusión al público de los mismos; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Memorándum Nº004-2022-GAJ/ML de fecha 06 de enero de 2022, emite opinión favorable respecto a la propuesta formulada sobre aprobar el proyecto Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE; por lo que indica que la Subgerencia de Transito, Transporte y Seguridad Vial, se encargará de realizar los servicios correspondientes, los cuales constan de cinco (05) Servicios No Exclusivos; Que, atendiendo a los considerandos expuestos, y con las facultades conferidas en virtud de lo dispuesto en el inciso 6) del artículo 20º, el artículo 39º y articulo 43ºde la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- INCORPORAR, al Texto Único de Servicios no Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de Lurín, aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 332-2016-ALC/ML de fecha 20 de diciembre de 2016, cinco (05) servicios no Exclusivos a cargo de la Subgerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, de acuerdo al anexo 01 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General y Gerencia de Administración y Finanzas, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución, en el portal Institucional de la Municipalidad. Artículo Cuarto.- DISPONER, que la presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial el Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.FRANCISCO AMADOR JULCA MIDEYROS Alcalde TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS (TUSNE) GERENCIA DE FISCALIZACIÓN NºDENOMINACION DEL SERVICIOREQUISITOSDERECHO DE PAGO S/.DEPENDENCIA QUE INICIA EL TRAMITEDEPENDENCIA QUE APRUEBA EL TRAMITE GERENCIA DE FISCALIZACIÓN SUBGERENCIA DE TRANSITO, TRANSPORTE Y SEGURIDAD VIAL TNE 02-01GUARDIANÍA DE VEHÍCULO RETENIDO Y/O INTERNADOTrámite: Subgerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad VialSubgerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial1) Copia del Acta de Internamiento del vehiculo (producido por la SGTTSV) 2) Recibo de Pago por Servicio Por: 1) Servicio de Guardiania de vehiculo a) Vehiculo menor (por dia) S/. 15,00 b) Vehiculo mediano (por dia) S/. 21,12 c) Vehiculo mayor (por dia) S/. 63,80 d) Vehiculo de carga pesada (por dia) S/. 83,60 Nota: - La entrega se realizará a la fecha de pago de la Sanción Administrativa y el derecho de guardiania