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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (01/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Martes 1 de febrero de 2022 El Peruano / de Energía y Minas actualiza al menos una vez al año el Inventario de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos; Que, el numeral 12.5. del artículo 12 del del Decreto Supremo N° 033-2020-EM, señala que el Ministerio de Energía y Minas, a través de Resolución Ministerial, aprueba la actualización del inventario de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos, la cual es publicada en el portal institucional y en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 536-2014- MEM/DM se aprobó el inventario inicial de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos con un total de ciento cincuenta y seis (156) pasivos ambientales, el cual tomó como base los informes de identi fi cación de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos remitidos por el OEFA al Ministerio de Energía y Minas hasta el 4 de setiembre de 2014; Que, mediante Resolución Ministerial N° 013-2016- MEM/DM se aprobó la primera actualización del inventario con un total de mil setecientos setenta (1770) pasivos ambientales, la cual tomó como base los informes de identi fi cación de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos remitidos por el OEFA al Ministerio de Energía y Minas hasta el 17 de junio de 2015; Que, mediante Resolución Ministerial N° 273-2017- MEM/DM se aprobó la segunda actualización del inventario con un total de tres mil cuatrocientos cincuenta y siete (3457) pasivos ambientales, la cual tomó como base los informes de identi fi cación de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos remitidos por el OEFA al Ministerio de Energía y Minas hasta el 2 de diciembre de 2016; Que, mediante Resolución Ministerial N° 027-2019-MINEM/DM se aprobó la tercera actualización del inventario con un total de tres mil trescientos ochenta y nueve (3389) pasivos ambientales, la cual tomó como base los informes de identi fi cación de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos remitidos por el OEFA al Ministerio de Energía y Minas hasta el 30 de noviembre de 2019; Que, mediante Resolución Ministerial N° 048-2021-MINEM/DM se aprobó la cuarta actualización del inventario con un total de tres mil doscientos veintiún (3231) pasivos ambientales, la cual tomó como base los informes de identi fi cación de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos remitidos por el OEFA al Ministerio de Energía y Minas hasta el 02 de noviembre de 2020; Que, de conformidad con lo establecido en el literal k) del artículo 87-D del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y, sus modi fi catorias, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas tiene dentro de sus funciones clasi fi car, elaborar, actualizar y registrar el inventario de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos y determinar responsabilidad por dichos pasivos, de acuerdo con la normativa de la materia; Que, mediante el Informe Nº 219-2021-MINEM- DGAAH/DGAH, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos sustenta la propuesta de la quinta actualización del inventario de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos, la cual contiene un total de tres mil ciento setenta (3170) Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, la Ley Nº 29134, Ley que regula los Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos; el Decreto Supremo Nº 033-2020-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29134, Ley que regula los Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Apruébase la Quinta Actualización del Inventario de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos, que contiene un total de tres mil ciento setenta (3170) Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos, conforme al detalle contenido en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Noti fi car la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Asuntos Ambientales del Hidrocarburos para que el marco de sus competencias realice las acciones correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ TORO Ministro de Energía y Minas 2035203-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Designan jefa de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Centros Juveniles RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 022-2022-JUS/PRONACEJ Lima, 31 de enero de 2022VISTOS: El Informe Nº 57-2022-JUS/PRONACEJ- UGRH de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y el Informe Legal Nº 38-2022-JUS/PRONACEJ-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2019- JUS, publicado el 1 de febrero de 2019 en el Diario O fi cial “El Peruano” , se creó el Programa Nacional de Centros Juveniles (PRONACEJ), en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 119- 2019-JUS, publicada el 1 de abril de 2019 en el Diario Ofi cial “El Peruano” , se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora “Centros Juveniles” en el Pliego 006: “Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 247- 2021-JUS, publicada el 10 de diciembre de 2021 en el Diario O fi cial “El Peruano”, se aprobó el nuevo Manual de Operaciones (MOP) del PRONACEJ y se derogaron las Resoluciones Ministeriales Nº s 120-2019-JUS y 301- 2019-JUS; Que, el artículo 7 del MOP establece que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del PRONACEJ; por lo que, es responsable de plani fi car, dirigir, coordinar y supervisar las acciones técnico - administrativas y operativas del Programa, cautelando el cumplimiento de las políticas, lineamientos y planes orientados al funcionamiento óptimo del Sistema de Reinserción Social del Adolescente en Con fl icto con la Ley Penal; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del PRONACEJ, aprobado por Resolución Ministerial Nº 281-2019-JUS, el cargo estructural de “jefe/a de la Unidad de Administración” tiene la clasi fi cación de Empleado de Con fi anza (EC); Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 18-2022-JUS/PRONACEJ, de fecha 20 de enero de 2022, se encargó temporalmente al señor Martín Alexander Soriano Ávalos las funciones del cargo de con fi anza de jefe de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Centros Juveniles, en adición a sus funciones de jefe de la Subunidad de Contabilidad y Finanzas, a partir del 22 de enero de 2022 hasta la designación del titular del cargo de con fi anza; Que, atendiendo a que se encuentra vacante el cargo público de con fi anza de jefe/a de la Unidad de