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31 NORMAS LEGALES Martes 1 de febrero de 2022 El Peruano / del acto resolutivo por parte de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Cuarto. Que, si bien el Manual de Operaciones del Programa “Mejoramiento de los servicios de justicia no penales a través de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE)”, en su numeral 3.2.3 Organización de las Unidades Ejecutoras del Programa, señala que la aprobación y/o modi fi cación del Manual de Operaciones para el caso del Poder Judicial, se realiza a través del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; conforme a lo antes indicado, dicha facultad ha sido delegada en su Presidencia, con cargo a dar cuenta al citado Órgano de Gobierno. Por estos fundamentos, la Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades delegadas mediante el Acuerdo Nº 275-2020; y con cargo a dar cuenta al Pleno de este Órgano de Gobierno, RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la modi fi cación del Manual de Operaciones del Programa “Mejoramiento de los servicios de justicia no penales a través de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE)”; que en documento adjunto forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Junta Nacional de Justicia, Comisión Nacional de Gestión e Innovación Tecnológica del Poder Judicial, Academia de la Magistratura; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta del Consejo Ejecutivo 2035126-1 Aceptan renuncia de Juez de Paz Letrado titular de Padre de Abad, Distrito Judicial de Ucayali Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000008-2022-P-CE-PJ Lima, 31 de enero del 2022VISTA: La solicitud presentada por el señor César Cirilo Regalado Torres, Juez de Paz Letrado titular de Padre de Abad, Distrito Judicial de Ucayali; con fi rma legalizada ante Notaria Pública de Lima. CONSIDERANDO: Primero. Que el señor César Cirilo Regalado Torres formula renuncia al cargo de Juez de Paz Letrado titular de Padre de Abad, Distrito Judicial de Ucayali, por razones familiares, a partir del 1 de febrero del presente año. El mencionado magistrado fue nombrado mediante Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 731-2005-CNM, de fecha 5 de abril de 2005. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 3), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, por otro lado, la aceptación de la renuncia formulada por el recurrente no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Juez de este Poder del Estado. En consecuencia, la Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa Nº 066-2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011. RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar, a partir del 1 de febrero de 2022, la renuncia formulada por el señor César Cirilo Regalado Torres al cargo de Juez de Paz Letrado titular de Padre de Abad, Distrito Judicial de Ucayali. Artículo Segundo.- Establecer que la renuncia del señor César Cirilo Regalado Torres, en ningún modo signi fi ca exonerarlo de cualquier responsabilidad que se determine en ámbito disciplinario o penal, que sea materia de investigación en el Poder Judicial o en otro órgano del Estado. Artículo Tercero.- Comunicar a la Junta Nacional de Justicia que se ha producido una plaza vacante de Juez de Paz Letrado de Padre de Abad, Distrito Judicial de Ucayali, para las acciones respectivas. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Corte Superior de Justicia de Ucayali, Gerencia General del Poder Judicial; y al mencionado juez , para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELVIA BARRIOS ALVARADO PresidentaConsejo Ejecutivo 2035126-2 Aprueban informe respecto al “Estado Situacional de Seguridad ante Incidentes, Accidentes y Desastres Naturales que pudieran afectar los Archivos Judiciales de las diferentes Cortes Superiores de Justicia del país”, y disponen diversas medidas administrativas Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000012-2022-CE-PJ Lima, 28 de enero del 2022VISTO:El O fi cio Nº 000030-2021-P-CONAPJ-CE-PJ cursado por el señor Gustavo Álvarez Trujillo, Consejero Responsable de la Comisión Nacional de Archivos del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, la Resolución Administrativa Nº 219-2017-CE-PJ creó la Comisión Nacional de Archivos del Poder Judicial como ente rector en materia archivística y su principal función es contribuir a un trabajo integral, sistémico y ordenado de los Archivos de la institución, a nivel central y nacional; en aspectos técnicos normativos, personal, capacitación, infraestructura, equipo, mobiliario, tecnología de la información, entre otros, considerando que cada año se remiten a los Archivos miles de expedientes; y, por tanto, anualmente presentan mayores exigencias de locales, equipamiento y personal, entre otras necesidades, que impide efectuar una debida custodia y mantenimiento. Segundo. Que, por Resolución Administrativa Nº 076-2019-CE-PJ se aprobaron las condiciones mínimas de equipamiento, señalización y mantenimiento