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5 NORMAS LEGALES Sábado 12 de febrero de 2022 El Peruano / LEY Nº 31414 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley de Reforma Constitucional siguiente: LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE REFUERZA LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN Artículo único. Modi fi cación del artículo 21 de la Constitución Política del Perú Modifícase el artículo 21 de la Constitución Política del Perú en los términos siguientes: “Artículo 21. - Los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográ fi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado. En el caso de los bienes culturales no descubiertos ubicados en el subsuelo y en zonas subacuáticas del territorio nacional, la propiedad de estos es del Estado, la que es inalienable e imprescriptible. Todos los bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación ya sean de carácter público o privado, se encuentran subordinados al interés general. El Estado fomenta conforme a ley, la participación privada en la conservación, restauración, exhibición y difusión del mismo, así como la restitución al país cuando hubiere sido ilegalmente trasladado fuera del territorio nacional”. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los cuatro días del mes de febrero de dos mil veintidós. MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO Presidenta del Congreso de la República LADY MERCEDES CAMONES SORIANO Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de febrero del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2038849-3 RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 31415 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRABAJO Artículo único. Objeto de la Resolución Legislativa Apruébase el Convenio sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo que fue adoptado el 21 de junio de 2019 por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los cuatro días del mes de febrero de dos mil veintidós. MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO Presidenta del Congreso de la República LADY MERCEDES CAMONES SORIANO Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICALima, 11 de febrero de 2022.Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2038849-4 RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 31416 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL TRATADO SOBRE EL TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS ENTRE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Artículo único. Aprobación del Tratado Apruébase el Tratado sobre el Traslado de Personas Condenadas entre la República del Perú y la República de Colombia, suscrito el 27 de febrero de 2018 en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los cuatro días del mes de febrero de dos mil veintidós. MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO Presidenta del Congreso de la República LADY MERCEDES CAMONES SORIANO Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Lima, 11 de febrero de 2022.Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2038849-5