Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (12/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Sábado 12 de febrero de 2022 El Peruano / los padrones de los programas sociales, así como, de los subsidios monetarios, entre otros, seguirán siendo bene fi ciarias de cualquier programa estatal de apoyo económico, incentivos, alimentario y sanitario, recibiendo las prestaciones que les corresponda. 8.4 Dispóngase que, los trabajadores del sector salud deberán contar con vacunación completa y dosis de refuerzo para cumplir labores de manera presencial en su centro de trabajo, debido al alto riesgo de contagio y propagación de las variantes de la COVID-19. 8.5 Los peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes de 12 años a más cuyo destino fi nal sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben acreditar el haber completado, en el Perú y/o el extranjero, su esquema de vacunación contra la COVID-19; en su defecto, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar en su punto de origen. Los menores de doce años sólo requieren estar asintomáticos para abordar. Aquellas personas que muestren síntomas al arribar a territorio nacional ingresan a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia. La Autoridad Sanitaria Nacional se encuentra facultada para la toma de pruebas moleculares (PCR) a los pasajeros que arriben al país, estableciendo las medidas sanitarias complementarias para los casos positivos entre los procedentes de países con casos de infección comunitaria por las variantes de preocupación de la COVID-19, o que hayan realizado escala en estos lugares. 8.6 Dispóngase que, para el uso de playas, ríos, lagos o lagunas, así como de piscinas públicas y privadas donde se realizan actividades formativas o terapéuticas, ubicadas en las provincias que se encuentran en los niveles de alerta moderado, alto y muy alto, se debe presentar el carné físico o virtual que acredite haber completado, en el Perú y/o el extranjero, su esquema de vacunación contra la COVID-19, y la dosis de refuerzo para mayores de 40 años que se encuentren habilitados para recibirla según protocolo vigente, así como respetar las normas emitidas por la Autoridad Sanitaria Nacional. Los Gobiernos Locales en coordinación con los Gobiernos Regionales y sus respectivas Direcciones Regionales de Salud pueden incluso cerrar las playas, ríos, lagos o lagunas, así como las piscinas públicas y privadas donde se realizan actividades formativas o terapéuticas, en caso de incumplir las normas correspondientes.” Artículo 2.- Modi fi cación del artículo 14 del Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 005-2022-PCM, el Decreto Supremo N° 010-2022-PCM y el Decreto Supremo N° 011-2022-PCM Modifícase el artículo 14 del Decreto Supremo N° 184- 2020-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 005- 2022-PCM, el Decreto Supremo N° 010-2022-PCM y el Decreto Supremo N° 011-2022-PCM, con el siguiente texto: “Artículo 14.- De las restricciones focalizadas14.1 Hasta el 27 de febrero de 2022, en las provincias que se encuentran en el nivel de alerta extremo, no se hará uso de las zonas de descanso de arena o piedras inmediatamente colindantes con el mar, de la zona de mar, ni de la ribera de ríos, lagos o lagunas, con las excepciones previstas en el artículo 13 del presente Decreto Supremo, según corresponda. Se permite la realización de deportes acuáticos sin contacto y con distanciamiento físico o corporal. 14.2 Según el Nivel de Alerta por Provincia, hasta el 27 de febrero de 2022, las siguientes actividades económicas; así como, los templos y lugares de culto, tendrán el siguiente aforo (en todos los casos con protocolos y previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias): a) Nivel de alerta moderado:- Actividades en espacios cerrados: Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 80%Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 80% Restaurantes y a fi nes, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80% Restaurantes y a fi nes, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 100% Casinos y tragamonedas: 60%Cines y artes escénicas: 80%Bancos y otras entidades fi nancieras: 80% Templos y lugares de culto: 80%Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80% Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 80% Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 80% Eventos empresariales y profesionales: 80%Peluquería y Barberia: 80%Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 80%Coliseos:60%Gimnasios: 60% - Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias): Artes escénicas Enseñanza culturalRestaurantes y a fi nes en zonas al aire libre Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos Baños termales al aire libre.Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre Eventos empresariales y profesionales al aire libreMercados itinerantesEstadios deportivos (esquema de vacunación completa más dosis de refuerzo): 80% b) Nivel de alerta alto: - Actividades en espacios cerrados: Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:60% Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60% Restaurantes y a fi nes, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60% Restaurantes y a fi nes, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80% Casinos y tragamonedas: 40%Cines y artes escénicas: 60%Bancos y otras entidades fi nancieras: 60% Templos y lugares de culto: 60%Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80% Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60% Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60% Eventos empresariales y profesionales: 60%Peluquería y Barberia: 60%Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%Coliseos:60%Gimnasios: 60% - Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias): Artes escénicas Enseñanza culturalRestaurantes y a fi nes en zonas al aire libre