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20 NORMAS LEGALES Sábado 12 de febrero de 2022 El Peruano / Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; SE RESUELVE:Artículo 1. Objeto Aprobar los índices de distribución de los recursos que se recauden durante el Año Fiscal 2022 correspondientes al 2% de la Participación en Rentas de Aduanas (PRA), a ser aplicados a los Gobiernos Locales y a la Provincia Constitucional del Callao, conforme a los Anexos N° 1 y N° 2 que forman parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2. Publicación La Resolución Ministerial y sus Anexos se publican en la sede digital (www.gob.pe/mef) del Ministerio de Economía y Finanzas, en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas 2038829-1 INTERIOR Aceptan renuncia de Viceministro de Seguridad Pública RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 027-2022-IN Lima, 11 de febrero de 2022CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 026-2022-IN, se designa al señor ERIC FRANKLIN PAZ MELENDEZ en el cargo público de con fianza de Viceministro del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública del Ministerio del Interior; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar la misma; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor ERIC FRANKLIN PAZ MELÉNDEZ al cargo público de confianza de Viceministro del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública del Ministerio del Interior, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ALFONSO CHÁVARRY ESTRADA Ministro del Interior 2038849-12JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Designan Viceministro de Justicia RESOLUCIÓN SUPREMA N° 032-2022-JUS Lima, 11 de febrero de 2022CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, resulta necesario designar al profesional que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al abogado Juan Manuel Carrasco Millones, en el cargo de Viceministro de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANGEL FERNANDO YLDEFONSO NARRO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2038849-7 Conceden la gracia presidencial de indulto por razones humanitarias a interno sentenciado recluido en el Establecimiento Penitenciario de Lurigancho RESOLUCIÓN SUPREMA N° 033-2022-JUS Lima, 11 de febrero de 2022 VISTO, el Informe del Expediente N° 12884-2020-JUS/ CGP-PE, del 28 de enero de 2022, con recomendación favorable de la Comisión de Gracias Presidenciales; CONSIDERANDO:Que, el señor RUIZ ROJAS, JOSE ANGEL es un interno recluido en el Establecimiento Penitenciario de Lurigancho; Que, los incisos 8 y 21 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú facultan al Presidente de la República a dictar resoluciones, conceder indultos, conmutar penas y ejercer el derecho de gracia; Que, el indulto es la potestad del Presidente de la República para adoptar la renuncia al ejercicio del poder punitivo del Estado respecto de los condenados, pudiendo otorgarse por razones humanitarias; Que, conforme al artículo 44 de la Constitución Política del Perú, son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;